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¿a quiénes le corresponde y cuándo puedes cobrarlo? – LA NOTICIA RENOVADA

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¡Atención padres de familia! El Poder Ejecutivo estableció este mes las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad de 400 soles, que se pagará, por única vez, en la planilla de pagos de enero del 2023 del sector público.

Mediante Decreto Supremo Nº 002-2023-EF, publicado el 19 de este mes en el diario oficial El Peruano, también se dispuso que para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el pago del Bono por Escolaridad se paga, por única vez, en la planilla de pagos de junio del 2023.

¿A quiénes les corresponde?

En el marco de lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Bono por Escolaridad se otorga a los siguientes funcionarios y trabajadores públicos:

– Nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512.

– Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.

– Personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.

– Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.

– Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

– Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

– Servidores penitenciarios, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.

– Trabajadores del sector público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.

Cabe indicar que las disposiciones del presente decreto supremo no son de alcance a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) o la modalidad de Locación de Servicios.

Requisitos

El decreto supremo también indica que el personal beneficiado con el Bono por Escolaridad deberá cumplir las siguientes condiciones:

– Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo los subsidios referidos en la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

– Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente.

– Si no cuenta con el referido tiempo, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

Según la norma, el personal activo y pensionista del Estado percibe el Bono por Escolaridad en una sola entidad pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona el mayor monto de ingresos.

El Bono por Escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones.

Asimismo, el Bono por Escolaridad no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión.

El Ministerio de Economía y Finanzas, en caso fuera necesario, queda autorizado a dictar las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de la presente norma. (Andina).



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Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa

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Durante proceso electoral 2026.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.

En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.

Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.

De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.

En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.

Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.

Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.

Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.

Fuente: Andina



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Fiesta de la Porciúncula congrega a miles de fieles en convento Los Descalzos. – Señal Alternativa

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Devotos reviven tradición franciscana con misa y reparto de la sopa milagrosa del perdón.

Miles de fieles acudieron al convento Los Descalzos, en el tradicional distrito del Rímac, para participar en la Fiesta de la Porciúncula, también conocida como El Perdón de Asís, una celebración religiosa que cada 2 de agosto reúne devotos en torno a la espiritualidad franciscana.

Desde muy temprano, voluntarios y colaboradores comenzaron la preparación del emblemático puchero en grandes ollas, con ingredientes donados por la comunidad. El alimento, que es distribuido gratuitamente, es considerado por los asistentes una “sopa milagrosa”, capaz de brindar salud espiritual y física, especialmente entre los adultos mayores, que forman el grupo mayoritario en este evento.

La jornada se inició con la misa central en el templo del convento, presidida por los padres franciscanos, quienes también ofrecieron la tradicional bendición de los alimentos. Posteriormente, cientos de personas formaron largas filas para recibir una porción de esta comida, que simboliza la caridad, el perdón y el espíritu de comunidad.

El tradicional “puchero franciscano” es una sopa elaborada a base de zapallo, cebolla, zanahoria, papas, choclo, col, fideos y yuca. Además, incluye carne de pollo, res y cerdo.

Historia

La Fiesta de la Porciúncula conmemora la indulgencia plenaria que san Francisco de Asís obtuvo del papa Honorio III en 1216 para quienes visitaran la pequeña capilla de la Porciúncula, en Asís (Italia), o cualquier templo franciscano del mundo cada 2 de agosto, cumpliendo ciertos requisitos de confesión, comunión y oración.

En Lima, esta tradición ha encontrado un arraigo especial en el convento Los Descalzos, un recinto histórico fundado en el siglo XVI, que cada año recibe a miles de creyentes en busca de perdón, consuelo y fe.

Cabe destacar que el Ministerio de Cultura declaró a la Fiesta de la Porciúncula Patrimonio Cultural de la Nación, el 2019. La decisión obedece a que esta festividad religiosa es una expresión de los valores de comunión y solidaridad entre sus diversos participantes, siguiendo los principios que animaron al fundador de la orden franciscana; y por ser una tradición vinculada desde sus inicios a la historia y cultura de uno de los distritos más antiguos de la ciudad capital.

Fuente: Andina



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