Connect with us

Lima Norte

mecanismo APP permite tratar el 90 % de aguas residuales de Lima – Señal Alternativa

Webmaster

Published

on


Potenciales inversores conocieron proyecto PTAR Puerto Maldonado a través de webinario organizado por ProInversión

La aplicación del mecanismo de Asociaciones Público-Privadas (APP) permitió incrementar el tratamiento de aguas residuales de Lima del 22 % a más del 90 %, destacó el director ejecutivo de ProInversión, José Salardi.

En ese sentido refirió que las APP contribuyen a cerrar las brechas en infraestructura en el sector saneamiento, como es el caso exitoso de su implementación en la ciudad capital, cumpliendo los estándares ambientales, y reduciendo sustancialmente la contaminación ambiental.

Asimismo, Salardi indicó que ProInversión tiene en cartera 13 proyectos en APP de agua y saneamiento, que requieren de una inversión aproximada de 1,500 millones de dólares; la cartera incluye proyectos de plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR), proyectos de agua potable y plantas desaladoras.

Así lo manifestó durante el webinario del proyecto PTAR Puerto Maldonado, organizado por ProInversión y el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS), que convocó a inversionistas, consultores, representantes de banca, estudios de abogados y constructoras.

“ProInversión y el MVCS trabajamos, a través del mecanismo APP, para contribuir a cerrar la brecha del sector saneamiento que asciende a 9,500 millones de dólares, afectando a 3.4 millones de personas”, precisó José Salardi, en sus palabras de bienvenida al webinario.

Por su parte, la ministra del MVCS, Hania Pérez de Cuéllar, mencionó que el acceso al agua y a saneamiento constituye un derecho humano fundamental, no obstante, actualmente millones de peruanos no acceden a estos servicios, lo que afecta su calidad de vida.

Asimismo, indicó que, para mejorar esta situación, su sector trabaja en destrabar siete megaproyectos, siendo una de ellas PTAR Puerto Maldonado.

“Trabajamos de manera articulada con ProInversión, no solo para destrabar los siete proyectos, sino también para iniciar nuevos proyectos mediante el mecanismo público-privado”, resaltó.

“No tengo dudas de que la sinergia entre el sector privado y el público es fundamental para reducir las brechas y alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible que nos hemos planteado al 2030”, agregó la titular de Vivienda.

Proyecto PTAR Maldonado

El proyecto PTAR Puerto Maldonado, que se ejecutará mediante el mecanismo APP, comprende la instalación de conexiones domiciliarias y redes secundarias en zonas de la ciudad que no cuentan con el servicio de alcantarillado sanitario; incluye la construcción de redes primarias (matrices) de alcantarillado, cámaras de bombeo (con sus respectivas líneas de impulsión) y la planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR).

La inversión estimada en obras asciende a 88 millones de dólares (incluido IGV), y el plazo de la concesión es de 22 años.

Según las bases del concurso del proyecto, los postores interesados podrán comentar y remitir sus sugerencias hasta el 30 de enero, para lo cual previamente deberán registrarse como participantes. Los inversionistas podrán presentar sus documentos para precalificar como postor hasta el 10 de marzo del 2023.

Fuente: Andina



Source link

Continue Reading
Comments

Lima Norte

Justicia tributaria – Señal Alternativa

Webmaster

Published

on


“La Sunat necesita reglas claras para cumplir su labor y, a su vez, los contribuyentes garantías para ejercer sus derechos ante la justicia tributaria”.

Como cualquier agencia tributaria, la Sunat no es infalible y puede equivocarse. Para eso está la justicia tributaria; para corregir cualquier error o abuso que cometa el fisco en el ejercicio de sus funciones. Ahora bien, esta justicia la podemos encontrar en dos niveles: (i) ante el Tribunal Fiscal (tribunal administrativo independiente) y (ii) ante el Poder Judicial (que en última instancia controla las decisiones del Tribunal Fiscal).

A través de la justicia tributaria se controla la “exigencia tributaria injusta” (Beltrán), mediante lo que se conoce como control suficiente de los actos de la administración tributaria.

Ahora bien, como ya es conocido, el Ejecutivo ha solicitado al Congreso un conjunto de facultades para legislar; entre ellas, la modificación del Código Tributario, a fin de “agilizar el cobro de las deudas tributarias y evitar actuaciones procedimentales ineficientes” que faciliten la función recaudadora de la Sunat.

Una delegación de facultades en materia tributaria no implica un “cheque en blanco”. El Congreso debe observar reglas básicas cuando se delegan facultades sobre esas materias: (I) Debe delimitar de modo claro y expreso el alcance de la delegación, (II) la delegación debe ser restringida y (III) la interpretación de la delegación es restrictiva: no se puede presumir lo que no está expresamente delegado.

Teniendo en cuenta ello, el Congreso, al conceder esas facultades para reformar la justicia tributaria, debe establecer un límite claro. Pero ¿cuál sería? Que no se afecten los derechos de los contribuyentes. Porque, al legislar sobre estas materias, no se pueden sacrificar los derechos elementales de quienes tributan. Uno de esos derechos inderogables es el “derecho al debido procedimiento y proceso tributario”. Es decir, que el contribuyente tenga acceso a una justicia tributaria independiente e imparcial.

Ahora bien, de todas las facultades solicitadas para “agilizar los procedimientos tributarios”, el Congreso solo ha autorizado una de ellas, con el siguiente alcance: “modificar el artículo 98 del Código Tributario referido a la composición del Tribunal Fiscal”.

Hay que tener en cuenta que el Tribunal Fiscal forma parte del primer nivel de la justicia tributaria, a través de un control suficiente que debe realizar sobre los derechos que invoca el contribuyente respecto de la imputación de la deuda tributaria que haya realizado la Sunat.

El vigente artículo 98 del Código Tributario establece que los vocales del Tribunal Fiscal ejercen el cargo a tiempo completo y a dedicación exclusiva, estando prohibidos de practicar su profesión o realizar actividades comerciales, salvo el ejercicio de la docencia universitaria. Además, deben tener reconocida solvencia moral y especialidad en materia tributaria o aduanera. Estos requisitos son fundamentales para garantizar el derecho del contribuyente a impugnar y cuestionar ante un tribunal independiente e imparcial las decisiones de la Sunat referidas a derechos y obligaciones tributarias o aduaneras.

Sin embargo, pese a que el Congreso no ha establecido un límite o estándar básico para el ejercicio de la regulación referida a la composición del Tribunal Fiscal, el Ejecutivo debería asegurar a los vocales del tribunal la estabilidad en el cargo, que perciban una remuneración justa y acorde con la compleja función que ejercen, respetando la especialidad tributaria o aduanera, para que los asuntos que le sean sometidos sean resueltos en estricta aplicación del derecho tributario y sin ningún tipo de presión externa o interna. Permitiendo, a su vez, que el contribuyente ejerza plenamente su derecho a la defensa. Este derecho implica, necesariamente, que el Tribunal Fiscal otorgue al contribuyente un procedimiento con todas las garantías que incluyen: el derecho a ser oído, a presentar pruebas y las alegaciones que considere necesarias.

La Sunat necesita reglas claras para cumplir su labor y, a su vez, los contribuyentes garantías para ejercer sus derechos ante la justicia tributaria.

Fuente: El Comercio – Adrián Simons Pino abogado experto en litigio tributario y profesor universitario.



Source link

Continue Reading

Lima Norte

Por los caminos del Señor

Webmaster

Published

on


Hola… No podríamos iniciar esta conversación sin enviar un fuertísimo abrazo y con la misma intensidad una bendición a todos los padres en este domingo, en el cual desde lo más profundo de nuestros corazones surge para el abrazo y para la bendición un potentísimo “GRACIAS”.

La vida, y cuento un poquito mi experiencia personal, me ha llevado en estos casi 70 años a pasar por experiencias maravillosas, por lugares increíbles y lo más importante el poder conocer a personas que me han enriquecido infinitamente. Sin embargo, hay dos personas en mi vida irrepetibles e irremplazables, una es mi madre y la otra es mi padre. Esta no es una teoría para las multitudes, es simplemente mi experiencia, que al menos en los últimos 45 años como sacerdote agustino, me ha llevado a constatar que un numerosísimo grupo de experiencias de personas califican la relación con sus padres como una relación insustituible e irrepetible.

Es nuestro papá quien nos regaló la vida, así de simple y así de maravilloso. Alguna vez mi padre me lo dijo, ambos desde hace casi 60 años vivimos la experiencia de la lejanía física, desde los 10 años en mi caso en un seminario, continuando con los estudios teológicos universitarios y los últimos 45 años él en España y yo en Perú. Sin embargo, una vez me dio una lección de vida: “Mira hijo, cuando extiendas tu brazo y antes de llegar a tu mano, en la muñeca verás tus venas y en ellas la sangre que fluye, tu madre y yo te hemos dado esa sangre, te hemos dado la vida”. Ellos, y solo ellos, son quienes nos han dado la vida. Es verdad que desde la experiencia de fe la vida la da y la quita Dios, pero esta viene a través de ellos y solo de ellos dos.

En el mes de junio, vale decir este mes, celebramos la fiesta del Sagrado Corazón de Jesús, y comenzó con este texto de la Biblia, en el cual Jesús en la Cruz antes de morir y en sus últimas palabras dijo: “Todo está cumplido” y entregó su Espíritu. Un soldado viendo que Jesús había muerto, con una lanza le abrió el costado y de ahí salió sangre y agua, y dice el Evangelista Juan: Yo estaba ahí y doy testimonio de ello.

Para un judío la sangre es la vida y para mí también. Reitero mi felicitación por el Día del Padre a todos los papás, abuelos y bisabuelos.

“En tu trabajo eres uno más, en tu hogar eres único”

Gracias por llegar hasta aquí. Hasta la próxima semana. ¡Que Dios nos bendiga!

Fuente: Expreso – Padre Pablo Larrán García



Source link

Continue Reading

Trending

Copyright © 2014 - 2023 Limaaldia.pe Es operado por CC Multimedios. | Todos los titulares mostrados en esta página son leídos desde los RSS de los respectivos medios. Limaaldia.pe no tiene responsabilidad por el contenido de dichos titulares, solo se limita a mostrarlos. Si su medio no desea que sus RSS sean publicados en este portal, escríbanos a [email protected]