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Lima Norte

Derecho a la vivienda digna – Señal Alternativa

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“La vivienda de interés social […] es una obligación del Estado y el principal vehículo de las familias de menores recursos para alcanzar el derecho a la vida digna”.

El Tribunal Constitucional (TC) ha dictado un fallo que debería generar un giro importante en las políticas de desarrollo urbano y promoción de la vivienda de interés social (VIS) en el Perú. La sentencia 302/2023 declara fundada la demanda de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y la distrital de Barranco contra el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), en cuanto a que las competencias en materia de planificación urbana, que incluyen determinar la zonificación y la altura de la edificación, son exclusivas de los gobiernos provinciales.

Con ello, ya no se podrá utilizar para esos parámetros el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación (Decreto Supremo 010-2018-Vivienda), cuya implementación ha generado una importante preocupación en algunos distritos limeños. Como bien señala la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, la zonificación se determina con base en la capacidad de soporte del suelo; es decir, la posibilidad de poder atender la demanda de servicios básicos (agua, desagüe, etc.), equipamientos (parques, colegios, etc.) y accesibilidad (vías y transporte público). Por ello, está íntimamente ligada a la densidad, como bien lo ha señalado el TC.

Algunos han interpretado el fallo como una derrota del MVCS y un peligroso empoderamiento de las municipalidades distritales, pero considero que es todo lo contrario. En primer lugar, se ratifica la rectoría del ministerio en materia de VIS, atribuyéndole la capacidad de proponer parámetros especiales y determinar algunos de ellos, como el área libre mínima y el número de estacionamientos. Asimismo, se aclara que las distritales no tienen ninguna competencia para determinar o modificar la zonificación y los parámetros urbanos, ni para reglamentar la VIS, dado que son competencias provinciales.

Por otro lado, el TC es claro en cuanto indica que la autonomía no debe ser confundida con autarquía, por lo que conmina a las municipalidades provinciales a determinar en qué tipos de zonificación podrá desarrollarse la VIS. Según mi interpretación, cuando el TC habla de “zonas”, se refiere a tipos de zonificación (párrafos 115 a 120, 139 y 141) y no a sectores de la ciudad. En ese sentido, la ordenanza 2361-2021 de la MML debería ser rápidamente reemplazada por una que determine las zonificaciones compatibles con VIS, dado que excluye del área de tratamiento normativo III (ATN III) –conformada por distritos como San Isidro, Miraflores, San Borja y Surco– su construcción sin ninguna justificación.

Paradójicamente, dentro de esta zona podemos encontrar los tipos de zonificación que mayor densidad soportan, como residencial de densidad alta y muy alta, y comercio metropolitano, asociadas a importantes avenidas como la Javier Prado y la vía Expresa. Como bien ha señalado el TC, excluir a la VIS de ciertos sectores de la ciudad afectaría derechos constitucionales como la igualdad, el libre desarrollo y bienestar.

La sentencia del TC demanda una rápida acción del MVCS, en su calidad de ente rector y promotor de la VIS, ordenando y aclarando los conceptos y liderando las acciones que se deben emprender para garantizar su adecuado desarrollo en todo el país. Para ello, se debería convocar a los alcaldes provinciales de las principales ciudades para asistirlos en la actualización de sus instrumentos de planificación, y apoyarlos con el financiamiento de las obras necesarias para poder densificar adecuadamente el suelo. En el caso de Lima, el Plan Metropolitano al 2040 ha determinado las zonas donde se pueden desarrollar planes específicos de transformación de uso y densificación, principalmente orientados a promover nuevos equipamientos y VIS. Asimismo, la gestión anterior dejó los planes de desarrollo urbano (PDU) para las cinco áreas interdistritales listos para ser revisados y aprobados, y esta es una muy buena oportunidad para incorporar la VIS en la reglamentación.

Finalmente, se debe comunicar claramente que la vivienda de interés social no es un producto optativo, sino una obligación del Estado y el principal vehículo de las familias de menores recursos para alcanzar el derecho a la vida digna, por lo que todas las entidades públicas deben redoblar sus esfuerzos para garantizar su adecuado desarrollo.

Fuente: El Comercio – Aldo Facho Dede / Arquitecto y Urbanista



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CONGRESO

Ministra de la Mujer confía en voto de confianza: “Este es un gabinete que promueve el diálogo con resultados”

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La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Fanny Montellanos, expresó su plena confianza en que el Congreso de la República otorgará el voto de confianza al gabinete liderado por Eduardo Arana.

Sus declaraciones se dieron tras presidir el taller “Adaptación de Intervenciones basadas en evidencia”, organizado por el MIMP, como parte del fortalecimiento institucional del sector.“Estamos seguros de que nos van a dar el voto de confianza. Este es un gabinete que promueve el diálogo con resultados. Es un gabinete muy cohesionado, que busca la unidad y también la articulación”, afirmó la ministra Montellanos, tras referirse a las reuniones sostenidas por la presidenta Dina Boluarte y el jefe del Consejo de Ministros con diversas bancadas parlamentarias.

Durante el evento, la titular del MIMP remarcó que su gestión se rige por dos ejes transversales fundamentales: la articulación y el uso de evidencia para el diseño de políticas públicas. “Contamos con un convenio que nos permite aterrizar nuestras políticas y buscar no solamente más ciencia, sino más evidencia para transformar historias y vidas.

Ese es nuestro principal objetivo”, enfatizó.El taller, que forma parte de la implementación de la metodología IPV – Marco ADAPT+, busca fortalecer capacidades técnicas dentro del ministerio, promoviendo la adaptación de intervenciones basadas en evidencia científica.

Montellanos hizo un llamado al personal del MIMP a participar activamente en estos espacios de capacitación, que consolidan el enfoque técnico del sector.

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Lima Norte

Plenario Regional de Lima Metropolitana del Parlamento Mujer. – Señal Alternativa

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Liderazgo femenino en la agenda política.

Con el firme compromiso de seguir promoviendo la participación activa de la mujer en la vida política y democrática del país, la Oficina de Participación Ciudadana del Congreso de la República, bajo la dirección de la Dra. Milagros Salazar, organiza el Plenario Regional de Lima Metropolitana del Parlamento Mujer 2025, que se llevará a cabo los días 24 y 25 de abril en el Auditorio José Faustino Sánchez Carrión del Palacio Legislativo.

Durante dos jornadas, decenas de mujeres representantes de diversos distritos de Lima asumirán simbólicamente el rol de congresistas, debatiendo, proponiendo y aprobando iniciativas legislativas en un ejercicio democrático que fortalece su liderazgo y su presencia en el espacio público.

Esta experiencia única no solo visibiliza el potencial transformador de las mujeres, sino que también reafirma el compromiso del Congreso con la construcción de una ciudadanía activa, inclusiva y comprometida con el futuro del país.

“Con este programa, el Congreso abre sus puertas a las voces femeninas que, desde sus comunidades, lideran cambios reales y proponen soluciones concretas”, destacó la Oficina de Participación Ciudadana.

El evento incluirá espacios de formación, diálogo directo y reflexión colectiva, con el objetivo de inspirar a más mujeres a involucrarse activamente en los asuntos públicos.






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