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Lima Norte

Derecho a no ser incomunicado – Señal Alternativa

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Nuestra carta fundamental consagra el derecho de toda persona a la libertad y seguridad personales; en consecuencia, nadie puede ser incomunicado sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito, y en la forma y por el tiempo previstos por la ley; la autoridad está obligada bajo responsabilidad a señalar, sin dilación y por escrito, el lugar donde se halla la persona detenida. Se trata, básicamente, del derecho o la prohibición de no ser incomunicado.

Toda persona, a pesar de su detención, tiene el derecho a comunicarse con sus familiares, amigos o abogados; al respecto, no existe una norma que establezca cuánto tiempo o cuántas veces pueda reunirse con ellos; dependerá de que durante la visita se mantenga la calma, no se genere desorden y que no se estén llevando a cabo diligencias que requieren su presencia. El texto constitucional establece la reserva legal; en ese sentido, el Código Procesal Penal establece que se permite la incomunicación en caso de los delitos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas, o por un delito sancionado con pena superior a los seis años, previa autorización del juez y por un plazo no mayor a los diez días o el plazo que dure la detención, lo que ocurra primero.

Se debe precisar que, incluso con la orden judicial de incomunicación, no se puede restringir el derecho a la defensa; quiere decir que, la incomunicación no impide las conferencias en privado entre el abogado defensor y el detenido, las que no requieren autorización previa ni podrán ser prohibidas.

El derecho bajo glosa no constituye un derecho absoluto, es susceptible de ser limitado; la salvedad procede, excepcionalmente, en los casos indispensables y siempre que con ello se persiga el esclarecimiento de un delito, considerado como muy grave; por su parte, nuestro Tribunal Constitucional ha establecido que cuando la Constitución alude a la existencia de un “caso indispensable”, con ello exige la presencia de una razón objetiva y razonable; no obstante, sea cual fuere esa base objetiva y razonable, tal incomunicación no puede practicarse para otros fines que no sean el esclarecimiento de un delito, en la forma y plazo que la ley establezca; en el mismo sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresa que la incomunicación es una medida de carácter excepcional que tiene como propósito impedir que se entorpezca la investigación de los hechos.

Por otro lado, se debe tener en cuenta que si bien la Carta fundamental no indica expresamente quién es la autoridad competente para decretar la incomunicación, el Tribunal Constitucional ha establecido que ella debe efectuarse necesariamente por el juez penal, por tratarse de una medida limitativa de un derecho fundamental.

El derecho a no ser incomunicado constituye una garantía de la que goza el consagrado bien jurídico libertad personal, el mismo que cuenta con una gran protección especial, conforme hemos ido viendo en el ejercicio exegético del inciso 24 del artículo 2º de nuestra ley fundamental; siendo unos de los bienes jurídicos más preciados, su relación e interdependencia con otros derechos fundamentales es aún mayor; por ejemplo: sin libertad, una persona no podría ejercer sus derechos políticos, como elegir y ser elegido; una persona privada de su libertad no podrá ejercer su derecho a la propiedad, comprar o vender un bien mueble o inmueble.

Sin duda, la libertad personal como derecho fundamental exige, en mayor medida, un tratamiento especial; sin embargo, en la realidad, la libertad de las personas siempre se encuentra en discusión y a merced de la actividad procesal; resulta muy necesario el conocimiento -a profundidad- de los derechos y libertades fundamentales.

Escribe: Willy Ramírez Chávarry – Abogado y periodista



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CONGRESO

Ministra de la Mujer confía en voto de confianza: “Este es un gabinete que promueve el diálogo con resultados”

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La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Fanny Montellanos, expresó su plena confianza en que el Congreso de la República otorgará el voto de confianza al gabinete liderado por Eduardo Arana.

Sus declaraciones se dieron tras presidir el taller “Adaptación de Intervenciones basadas en evidencia”, organizado por el MIMP, como parte del fortalecimiento institucional del sector.“Estamos seguros de que nos van a dar el voto de confianza. Este es un gabinete que promueve el diálogo con resultados. Es un gabinete muy cohesionado, que busca la unidad y también la articulación”, afirmó la ministra Montellanos, tras referirse a las reuniones sostenidas por la presidenta Dina Boluarte y el jefe del Consejo de Ministros con diversas bancadas parlamentarias.

Durante el evento, la titular del MIMP remarcó que su gestión se rige por dos ejes transversales fundamentales: la articulación y el uso de evidencia para el diseño de políticas públicas. “Contamos con un convenio que nos permite aterrizar nuestras políticas y buscar no solamente más ciencia, sino más evidencia para transformar historias y vidas.

Ese es nuestro principal objetivo”, enfatizó.El taller, que forma parte de la implementación de la metodología IPV – Marco ADAPT+, busca fortalecer capacidades técnicas dentro del ministerio, promoviendo la adaptación de intervenciones basadas en evidencia científica.

Montellanos hizo un llamado al personal del MIMP a participar activamente en estos espacios de capacitación, que consolidan el enfoque técnico del sector.

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Lima Norte

Plenario Regional de Lima Metropolitana del Parlamento Mujer. – Señal Alternativa

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Liderazgo femenino en la agenda política.

Con el firme compromiso de seguir promoviendo la participación activa de la mujer en la vida política y democrática del país, la Oficina de Participación Ciudadana del Congreso de la República, bajo la dirección de la Dra. Milagros Salazar, organiza el Plenario Regional de Lima Metropolitana del Parlamento Mujer 2025, que se llevará a cabo los días 24 y 25 de abril en el Auditorio José Faustino Sánchez Carrión del Palacio Legislativo.

Durante dos jornadas, decenas de mujeres representantes de diversos distritos de Lima asumirán simbólicamente el rol de congresistas, debatiendo, proponiendo y aprobando iniciativas legislativas en un ejercicio democrático que fortalece su liderazgo y su presencia en el espacio público.

Esta experiencia única no solo visibiliza el potencial transformador de las mujeres, sino que también reafirma el compromiso del Congreso con la construcción de una ciudadanía activa, inclusiva y comprometida con el futuro del país.

“Con este programa, el Congreso abre sus puertas a las voces femeninas que, desde sus comunidades, lideran cambios reales y proponen soluciones concretas”, destacó la Oficina de Participación Ciudadana.

El evento incluirá espacios de formación, diálogo directo y reflexión colectiva, con el objetivo de inspirar a más mujeres a involucrarse activamente en los asuntos públicos.






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