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La conspiración contra Alan – Señal Alternativa

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El Tribunal Constitucional ha promulgado la sentencia 973/2021, de invalorable importancia para el derecho humanitario, estableciendo que “las personas detenidas y sobre las cuales no se haya desvanecido la presunción de inocencia deben ser tratadas y consideradas como tales, en tanto no exista un pronunciamiento definitivo por parte de las autoridades jurisdiccionales que reviertan esta situación” y que, por ello, “la Policía Nacional del Perú y las autoridades competentes deben abstenerse de presentar en ruedas de prensa” a esas personas hasta que hayan sido condenadas.

Esta resolución debe poner punto final a la cadena de atropellos, al deplorable espectáculo que hemos presenciado en los últimos tiempos.

Atropellos perversos contra ciudadanos exhibidos como fieras al interior, a la entrada o salida de los juzgados, ante el indolente silencio del Poder Judicial.

En ese contexto fueron inolvidables las escenas de la señora Keiko Fujimori enmarrocada, vistiendo una humillante casaca con la palabra “detenida”, saliendo aparatosamente, acompañada de efectivos policiales, hacia una furgoneta que la trasladó al penal, mientras afanosos fotógrafos peleaban para tomar la mejor vista del triste momento.

Lo mismo ocurrió con el ex presidente Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia, a quienes gracias a Dios no pusieron los ignominiosos chalecos, pero si fueron presentados con esposas, al igual que al constructor Graña Miró Quesada, que además tuvo que soportar pifias e insultos al salir de la diligencia.

Esas prácticas insanas no sólo violan la Constitución y leyes de la República sino principios consagrados en la Corte Interamericana y el Tribunal Europeo, que se han pronunciado contra las morbosas exhibiciones de ciudadanos procesados, no sentenciados, que pueden resultar inocentes al culminar el proceso, pero que han sufrido un daño irreparable a su honor e imagen pública.

Particular importancia tiene el fundamento del voto del tribuno constitucional Sardón de Taboada, que sostuvo que “la práctica de exhibir públicamente a personas investigadas o procesadas con esposas en las muñecas afecta la presunción de inocencia y convierte la administración de justicia en un espectáculo circense abominable”.

“Quienes incurren en ella –continúa el magistrado Sardón– deben ser castigados ejemplarmente, así cuenten con el aplauso fácil de la prensa o las redes sociales”.

Dicha práctica –sostiene– puede presionar a las personas a adoptar medidas extremas, como ocurrió con él, dos veces expresidente constitucional de la República Alan García Pérez.

La madrugada del 17 de abril de 2019, el representante del Ministerio Público tocó la puerta de su domicilio acompañado no sólo por agentes policiales sino también por reporteros del principal canal de televisión y de la principal radio del país.

Antes de ser vejado públicamente, el expresidente prefirió suicidarse. Sólo han transcurrido dos años: el juez debe determinar cómo los medios –e incluso las redes sociales– sabían que se efectuaría esa detención, siendo la prisión preventiva una disposición de carácter estrictamente reservado; debe determinar si entonces se buscaba la justicia y no el escarnio público”.

A lo dicho por el juez constitucional, podríamos agregar que nadie ha explicado por qué la detención dispuesta contra el ex mandatario no estuvo a cargo de la Policía Judicial, organismo competente de acuerdo a ley, sino de la DIVIAC, considerada “policía política” del régimen de Vizcarra; por qué se filtraron fotos de su dormitorio; por qué continuó la diligencia varias horas después de su fallecimiento o por qué las cintas de grabación al interior de su domicilio no tienen sonido en varios momentos. O, aún más, por qué el juez cambió la orden de comparecencia por detención cuando no existía ninguna razón para hacerlo, menos cuando el presidente García concurrió 39 veces a las citaciones y, en consecuencia, no existía peligro de fuga.

No tengo la menor duda que Alan García fue objeto de una conspiración criminal, como será demostrado en su oportunidad.

Fuente: Diario Expreso Escribe: Luis Gonzales Posada – exministro de RR.EE.



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Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa

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Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.

Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.

El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.

En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %

El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.

En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.

Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución

Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:

La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.



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Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa

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Durante proceso electoral 2026.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.

En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.

Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.

De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.

En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.

Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.

Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.

Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.

Fuente: Andina



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