Nacional
Pronunciamiento de los/las 35 presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Perú, sobre los procedimiento de ratificación iniciados por la Junta Nacional de Justicia

Ante el inicio de los procedimientos individuales de ratificación por parte de la Junta Nacional de Justicia – CONVOCATORIA N° 001-2021-RATIFICACIÓN/JNJ y el pronunciamiento de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fecha 7 de enero del 2022:
Los/las Presidentes/as de las 35 Cortes Superiores de Justicia del Perú, en sesión extraordinaria de fecha 10 de enero del 2022; acordamos asumir una postura institucional unánime de respaldo al comunicado de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, respecto del pedido imperativo de que se suspenda el procedimiento de ratificación nacional, se adapten sus disposiciones a lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y se produzcan los cambios normativos, a todo nivel, incluso constitucional y legal orgánico, a cargo del Congreso. A fin de evitar que el Estado Peruano incurra en responsabilidad internacional por el incumplimiento de sus obligaciones convencionales; esto es, concretamente respecto al deber de adecuación de su ordenamiento jurídico conforme a los estándares delimitados en la sentencia del caso Cuya Lavy Vs. Perú del 28 de setiembre del 2021 notificado el 10 de diciembre último al Estado Peruano, los cuales vinculan a todos los poderes públicos e instituciones del Estado.
En efecto, en la referida sentencia, el Tribunal interamericano ha identificado una serie de vulneraciones de derechos emanadas del proceso de ratificación nacional. En ese sentido, ha señalado que, como parte de la garantía convencional de la independencia en el ejercicio de sus funciones, los/as jueces/as y las/os fiscales gozan de las garantías a un adecuado proceso de nombramiento y a ser protegidos contra presiones externas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha enfatizado que la garantía de estabilidad e inamovilidad en el cargo, para los/as jueces/as y los/as fiscales, implica:
a. Que la separación de sus cargos deba obedecer exclusivamente a causales previa y objetivamente determinadas, ya sea por medio de un proceso que cumpla con las garantías judiciales o porque han cumplido el término de su mandato; y,
b. Solo pueden ser destituidos/as por faltas de disciplina graves o incompetencia.
Por otro lado, el Tribunal interamericano, sostiene que “a juicio de la Corte, a un proceso de evaluación o ratificación, en tanto involucra la posibilidad de destitución de los funcionarios evaluados en casos de incompetencia o bajo rendimiento, le son aplicables las garantías del debido proceso propias de los procesos disciplinarios, aunque su alcance pueda ser de diferente contenido o intensidad”. Una vez determinado que el proceso de evaluación seguido a las víctimas es materialmente sancionatorio le son aplicables las garantías del debido proceso propias de los procesos disciplinarios. En ese sentido, le son aplicables las garantías del debido proceso propias de los procesos disciplinarios, como el deber de motivación; la garantía de la doble instancia; el derecho a conocer previa y detalladamente la acusación formulada y de tener el tiempo y los medios adecuados para la defensa; y, el derecho de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. En esa línea, se reiteró que las personas evaluadas deben tener conocimiento, de forma precisa, de los criterios objetivos de evaluación utilizados por la autoridad competente para determinar su permanencia en el cargo; a fin de ejercer cabalmente su derecho a la defensa.
En la sentencia del caso Cuya Lavy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado al Estado Peruano, en un plazo razonable, adoptar las medidas legislativas o de otro carácter para adecuar su ordenamiento jurídico interno a lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en lo relativo a la reincorporación de los magistrados no ratificados al Poder Judicial o al Ministerio Público y a la posibilidad de recurrir las decisiones mediante las cuales se determine la no ratificación de un magistrado.
Además, ha dispuesto que mientras estas reformas no se produzcan, las autoridades estatales están en la obligación de ejercer ex oficio un control de convencionalidad entre las normas internas y la Convención Americana, en el marco de sus respectivas competencias y de las regulaciones procesales correspondientes.
No podemos soslayar el hecho de que la República del Perú ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos en fecha 09 de setiembre de 1980; y que con fecha 21 de enero de 1981 el Gobierno del Perú declaró reconocer como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial, la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención. En consecuencia, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son vinculantes para el Estado Peruano y todas las personas e instituciones sujetas a su jurisdicción.
Debemos resaltar, que no nos oponemos a cualquier control por más riguroso que sea, más consideramos que así como a cualquier servidor público este debe regularse de acuerdo al debido proceso y dentro del marco legal, constitucional y convencional, respectivos.
10 de enero de 2022.
Nanci Consuelo Sánchez Hidalgo
Corte Superior de Justicia de Amazonas
Armando Marcial Canchari Ordóñez
Corte Superior de Justicia de Áncash
Haydee Vargas Oviedo
Corte Superior de Justicia de Apurímac
Luis Miguel Samaniego Cornelio
Corte Superior de Justicia de Junín
Javier E. Fernández Dávila Mercado
Corte Superior de Justicia de Arequipa
Giammpol Eliseo Taboada Pilco
Corte Superior de Justicia de La Libertad
Miguel Jhonny Huamaní Chávez
Corte Superior de Justicia de Ayacucho
Juan Riquelme Guillermo Piscoya
Corte Superior de Justicia de Lambayeque
Elard Fernando Zavalaga Vargas
Corte Superior de Justicia de Cajamarca
José Wilfredo Díaz Vallejos
Corte Superior de Justicia de Lima
Flor Aurora Guerrero Roldán
Corte Superior de Justicia del Callao
Carmen María López Vásquez
Corte Superior de Justicia de Lima Norte
Elmer Soel Rebaza Parco
Corte Superior de Justicia de Cañete
Emperatriz Tello Timoteo
Corte Superior de Justicia de Lima Sur
Yenny Margot Delgado Aybar
Corte Superior de Justicia de Cusco
Máximo Dionicio Osorio Arce
Corte Superior de Justicia de Lima Este
Carlos Alberto Maya Espinoza
Corte Superior de Justicia Del Santa
Carlos Alberto Del Piélago Cárdenas
Corte Superior de Justicia de Loreto
Máximo Belisario Torres Cruz
Corte Superior de Justicia de Huancavelica
Marino Gabriel Cusimayta Barreto
Corte Superior de Justicia de Madre de Dios
Elmer Richard Ninaquispe Chávez
Corte Superior de Justicia de Huánuco
Max Wilfredo Salas Bustinza
Corte Superior de Justicia de Moquegua
Osmán Ernesto Sandoval Quesada
Corte Superior de Justicia de Huaura
Antonio Paúcar Lino
Corte Superior de Justicia de Pasco
Rafael Fernando Salazar Peñaloza
Corte Superior de Justicia de Ica
Pedro Limache Ninaja
Corte Superior de Justicia de Tacna
Tulio Eduardo Villacorta Calderón
Corte Superior de Justicia de Piura
José Luis Troya Acha
Corte Superior de Justicia de Tumbes
Pánfilo Monzón Mamani
Corte Superior de Justicia de Puno
Américo Urcino Torres Lozano
Corte Superior de Justicia de Ucayali
Heriberto Gálvez Herrera
Corte Superior de Justicia de San Martín
Flaviano Ciro Llanos Laurente
Corte Superior de Justicia de Ventanilla y Puente Piedra
Ana María López Arroyo
Corte Superior de Justicia de Selva Central
Octavio César Sahuanay Calsín
Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
Jaime Antonio Lora Peralta
Corte Superior de Justicia de Sullana
CONGRESO
Ministra de la Mujer confía en voto de confianza: “Este es un gabinete que promueve el diálogo con resultados”

La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Fanny Montellanos, expresó su plena confianza en que el Congreso de la República otorgará el voto de confianza al gabinete liderado por Eduardo Arana.
Sus declaraciones se dieron tras presidir el taller “Adaptación de Intervenciones basadas en evidencia”, organizado por el MIMP, como parte del fortalecimiento institucional del sector.“Estamos seguros de que nos van a dar el voto de confianza. Este es un gabinete que promueve el diálogo con resultados. Es un gabinete muy cohesionado, que busca la unidad y también la articulación”, afirmó la ministra Montellanos, tras referirse a las reuniones sostenidas por la presidenta Dina Boluarte y el jefe del Consejo de Ministros con diversas bancadas parlamentarias.
Durante el evento, la titular del MIMP remarcó que su gestión se rige por dos ejes transversales fundamentales: la articulación y el uso de evidencia para el diseño de políticas públicas. “Contamos con un convenio que nos permite aterrizar nuestras políticas y buscar no solamente más ciencia, sino más evidencia para transformar historias y vidas.
Ese es nuestro principal objetivo”, enfatizó.El taller, que forma parte de la implementación de la metodología IPV – Marco ADAPT+, busca fortalecer capacidades técnicas dentro del ministerio, promoviendo la adaptación de intervenciones basadas en evidencia científica.
Montellanos hizo un llamado al personal del MIMP a participar activamente en estos espacios de capacitación, que consolidan el enfoque técnico del sector.
Actualidad
San Antonio de Cañete se alista para su gran fiesta patronal con tradición, sabor y cultura viva

En una emotiva ceremonia realizada en el Museo Nacional Afroperuano del Congreso de la República, el alcalde distrital de San Antonio de Cañete, Juan Edgar Malásquez Jara, anunció el programa oficial de actividades por el 119º aniversario patronal de San Antonio, festividad que se llevará a cabo del 31 de mayo al 14 de junio.
Durante su intervención, el alcalde Malásquez, destacó el valor histórico, religioso y cultural de esta festividad, que representa la mayor celebración del distrito y precede incluso a su creación política como distrito. Además, subrayó el papel articulador del gobierno local en la promoción del turismo, las tradiciones y la fe del pueblo sanantoniano. El programa de actividades incluye misas diarias, procesiones, ferias gastronómicas, presentaciones de danzas típicas, actividades culturales, así como el vigésimo Concurso Nacional de Marinera Norteña el 8 de junio y el tradicional concurso de faroles escolares el 9 de junio. Todo esto en un entorno de profunda espiritualidad y confraternidad comunitaria.

La festividad contará también con la participación de distritos vecinos, cuyos alcaldes llegarán acompañados de las imágenes de sus santos patrones, reforzando la hermandad entre los pueblos del valle.
En tal sentido, se resaltó la riqueza gastronómica de San Antonio, donde la tradición y el sabor se funden en platos emblemáticos como el picante sanantoniano, la sopa bruta con carapulca, el arroz con pato y postres típicos como la chapana. Todo ello acompañado por bebidas tradicionales como la chicha de maní y la refrescante mochila de jora, elaboradas por cocineras y cocineros que mantienen viva la herencia culinaria del distrito. “San Antonio abre sus puertas y extiende una cálida invitación al público a ser parte de esta celebración que honra la historia, exalta la cultura y deleita los sentidos con lo mejor de su identidad, enfatizó la autoridad edil.

Por otro lado, al ser consultado sobre la reubicación de centro penitenciario juvenil ‘Maranguita’, el burgomaestre reiteró su firme oposición a dicho traslado a San Antonio, argumentando el impacto negativo que ello tendría sobre el desarrollo turístico, la seguridad y la identidad del distrito.
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