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Se aprueban pautas para regularizar aportes de empleados según AFP
Tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para regularizar aportes a través de acuerdos con cada AFP
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha aprobado el proceso para que los empleadores del sector privado se acojan al Régimen de Reprogramación de Aportes Previsionales del Sistema Privado de Pensiones (SPP), permitiéndoles ponerse al día con los aportes de sus trabajadores.
En conformidad con la Ley N.°31690 y el Decreto Supremo N.°145-2023-EF que establecen el Repro AFP-Privado para entidades privadas, la SBS, a través de la Resolución N.°03034-2023, ha ratificado las pautas y el procedimiento operativo para que los empleadores del sector privado se acojan a dicho régimen.
De esta manera, podrán regularizar los pagos pendientes por aportes previsionales acumulados hasta el 31 de diciembre de 2022 en beneficio de los afiliados al SPP.
Conforme a la normativa publicada en el Diario Oficial de hoy, los empleadores tienen la opción de acogerse al Repro AFP-Privado hasta el 31 de diciembre de 2023 mediante acuerdos formalizados con cada AFP.
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Rentabilidad en vez de intereses moratorios
Al optar por este régimen, la deuda se actualizará considerando la rentabilidad, en lugar de aplicar intereses moratorios. Esto facilitará la recuperación de los aportes no abonados en tiempo y forma por los empleadores, y su correspondiente acreditación en las cuentas de los afiliados.
Adicionalmente, los empleadores tendrán la opción de efectuar pagos anticipados de cuotas, lo que implicará una deducción de los intereses no acumulados hasta el mes de su cancelación.
Por otro lado, la normativa establece un orden de prioridad basado en la situación previsional de cada trabajador, otorgando preferencia a los aportes que aseguren la cobertura del seguro previsional y la percepción de los beneficios de jubilación.
Reactivación de la cobertura del seguro
Optar por este régimen posibilita la reactivación de la cobertura del seguro para casos previamente postergados.
Finalmente, es esencial destacar que las AFP están obligadas a proporcionar orientación y asesoría referente a este sistema. Tienen la autorización para instruir a los empleadores sobre el manejo del portal de AFPnet, lo que engloba la entrega de detalles sobre la deuda previsional, el procedimiento para determinarla y la adhesión a este régimen, entre otros temas.
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COSCO IRÁ AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PARA EVITAR LA SUPERVISIÓN DE OSITRÁN EN EL PUERTO DE CHANCAY
La empresa china anunció que apelará ante la máxima instancia constitucional tras perder en la Corte Superior de Lima el proceso que buscaba limitar las facultades regulatorias de Ositrán sobre el megapuerto.
Cosco Shipping Ports Chancay Perú (CSPCP) confirmó que presentará un Recurso de Agravio Constitucional para que el Tribunal Constitucional revise el fallo de la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de amparo que la empresa había interpuesto contra Ositrán. Con esa decisión, el Poder Judicial confirmó que el regulador puede continuar ejerciendo funciones de supervisión, fiscalización y sanción sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, al considerar que la naviera no demostró una amenaza inminente contra sus derechos fundamentales.
En un comunicado, la empresa insistió en que el terminal tiene carácter privado y opera en condiciones de libre competencia, por lo que consideró que la posición de Ositrán «afecta derechos constitucionales y vulnera el principio de legalidad». La compañía sostuvo, además, que un fallo de este tipo altera el marco jurídico bajo el cual invirtió más de US$1300 millones en el proyecto, y que la sentencia no resolvió el fondo del litigio, referido al alcance real de las competencias del regulador.
Un día antes de conocerse el comunicado, el abogado de Cosco, Ramiro Portocarrero, ya había adelantado a RPP que la empresa apelaría. En esa entrevista, sostuvo que Ositrán «cambió las reglas del juego» justo antes del inicio de operaciones del puerto. Mientras se resuelve el recurso ante el TC, la resolución judicial mantiene vigente la facultad de Ositrán para regular, supervisar y sancionar al Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.
Fuente: Gestión
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EXPECTATIVA EMPRESARIAL A 12 MESES SUBE 12,7 PUNTOS TRAS SEGUNDA VUELTA, AFIRMA EL BCR
La última Encuesta de Expectativas Macroeconómicas mostró mejoras en los 12 indicadores medidos por el ente emisor, en un mes marcado por la definición de la segunda vuelta electoral.
El indicador que mide las expectativas empresariales a 12 meses pasó de 55,9 a 68,6 puntos entre mayo y junio, el mayor incremento registrado en la última Encuesta de Expectativas Macroeconómicas del Banco Central de Reserva (BCR). El resultado coincide con la definición de la segunda vuelta electoral, en la que Keiko Fujimori resultó ganadora y asumirá la presidencia el 28 de julio.
El optimismo también se reflejó en el corto plazo, debido a que el indicador a tres meses subió de 46,2 a 55,5 puntos, superando por primera vez en meses la barrera de los 50 puntos que separa el terreno pesimista del optimista. El presidente de Perúcámaras, Óscar Zapata, atribuyó este comportamiento a la confianza entre los inversionistas y señaló en RPP que «los inversionistas ven al país que cumple con sus reglas y sus contratos». El ánimo también se trasladó a los planes de las empresas, puesto que la expectativa de contratación de personal subió de 59,0 a 63,0 puntos, y la disposición a invertir escaló hasta los 67,2 puntos a un año.
Pese a ese optimismo hacia el futuro, los indicadores de la situación actual avanzan con más cautela. El indicador de ventas del mes retrocedió de 56,2 a 55,3 puntos, mientras que la demanda actual real se mantiene en terreno pesimista con 48,6 puntos. A esto se suma el incremento en los días de inventarios no deseados, que pasaron de 9,5 a 11,7, señal de que la salida de mercadería en los almacenes fue algo más lenta durante junio.
Fuente: RPP
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