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Autoridades regionales y municipales podrán ser suspendidas por incumplir funciones de Defensa Civil – Señal Alternativa

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Sanción también podrá aplicarse a autoridades locales de acuerdo con la Ley Nº 30779

Ante la próxima llegada del fenómeno El Niño a las costas peruanas, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) recordó que tanto autoridades regionales como locales podrán ser suspendidos del cargo en caso de no cumplir con sus funciones respectivas en materia de defensa civil. Conoce en la siguiente nota los detalles de dicha normativa.

Se trata de la Ley Nº 30779, Ley que dispone medidas para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), que declaró de interés nacional y urgente necesidad pública el fortalecimiento de dicho sistema, así como la actualización de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y de la operatividad del SINAGERD.

Así, dentro de sus disposiciones complementarias se especifica que el cargo de alcalde o gobernador regional puede ser suspendido si las ya mencionadas autoridades no instalan ni convocan al comité de seguridad ciudadana por lo menos una vez cada dos meses.

Agrega que las autoridades regionales y locales también pueden ser suspendidos por «no cumplir con las funciones en materia de defensa civil a que se refiere la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres».

Ello hace referencia a lo mencionado en el artículo 14 de la ya mencionada ley, que establece una serie de funciones tanto para los gobiernos regionales como locales, siendo uno de ellos formular, aprobar normas y planes, evaluar, dirigir, organizar, supervisar, fiscalizar y ejecutar los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres.

Entre otras funciones, la normativa precisa que «los gobiernos regionales y locales son los principales ejecutores de las acciones de gestión del riesgo de desastres», mismos que constituyen grupos de trabajo con funcionarios de alto nivel para tratar temas de defensa civil.

Esta función es indelegable, además, los funcionarios deben asegurar una adecuada armonización de los procesos de ordenamiento territorial, así como poner especial atención en el riesgo existente y la gestión correctiva correspondiente.

La imposición de la sanción de suspensión se encuentra a cargo «del Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, bajo responsabilidad, y, en atención al pedido del órgano rector del SINAGERD», que debe precisar las funciones incumplidas por las referidas autoridades.

Fuente: Andina



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Contraloría detecta perjuicio económico por más 2 millones 700 mil soles en periodo 2015 – 2018. – Señal Alternativa

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Municipio entregó 141 regularizaciones de licencias de edificaciones. Funcionarios municipales dieron trámite a cuatro (4) proyectos de Ordenanza que fueron aprobados por el Concejo Municipal durante la gestión del exalcalde Miguel Saldaña Reátegui.

En el portal de transparencia de la Contraloría aparece publicado, el informe de auditoría de cumplimiento Nº 026-2023-2-2175, de fecha 9 de noviembre pasado, responsabilizando a funcionarios de la municipalidad distrital de Comas, quienes dieron trámite a cuatro (4) proyectos de Ordenanza Municipal referidas a regularización de edificaciones, sin observar los Decretos Supremos que establecían el valor de la multa aplicable, equivalente al 10 % del valor de la obra a regularizar, situación que ocasionó su aprobación y que durante los años 2017 y 2018 se emitieran resoluciones de licencia de edificación, sin exigir el pago íntegro de la multa correspondiente, generando un perjuicio económico a la entidad por el monto de S/ 2’704,749,52 soles.

El referido informe dispone que la Procuraduría Pública de la Contraloría, inicie las acciones civiles contra los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos del Informe de Auditoría con la finalidad que se determinen las responsabilidades que correspondan.

Los funcionarios involucrados con presunta responsabilidad civil son; Juan Alfonso Gonzáles Montenegro, César Eduardo Céspedes Bazán, Jorge Adalberto Muñoz Chuquiruna, Juan Alberto Amesquita Maquera y Jafet Ybrahim Cervantes Gutiérrez.

Fuera de juego

Las áreas que impulsaron el proyecto de ordenanza, fueron la Subgerencia de Obras Privadas, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Asuntos Jurídicos.

Pero hay más, como la secretaria general del concejo, convoca a los regidores a sesión de concejo sin percatarse que los proyectos de Ordenanzas, para aprobar la regularización de licencias de edificaciones, promovido por los funcionarios colisionaba con la ley.



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¿Por qué es elegido uno de los equipos más valiosos de América Latina? – Señal Alternativa

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El conjunto «crema» es el único club peruano en la lista de la prestigiosa revista Forbes

Universitario termina un año de ensueño y es que al título nacional logrado ganando en la final a Alianza Lima, se convierte en el único club peruano en la lista de los cinco más valioso de América Latina que publica la prestigiosa revista Forbes.

Para ubicar a Universitario en su lista, la revista Forbes tiene en cuenta el valor de la plantilla, valor de marca, valor de su estadio y que el club se encuentre en la máxima división de su respectivo país.

En el largo listado, el vigente campeón nacional fue colocado en el puesto 35 con un valor de 68.8 millones de dólares, superando a prestigiosos clubes como Racing (Argentina), Cerro Porteño (Paraguay), Colo Colo (Chile) y Nacional (Uruguay).

En la relación también aparecen 17 equipos brasileño, 15 mexicano y 9 argentinos.

«Muy contento porque volvimos a colocar al club en un lugar de privilegio, la revista FORBES lo indica, la U está entre los mejores 50 equipos más valiosos de América Latina. Todavía hay mucho por recorrer, seguimos avanzando. Y dale ‘U’», señaló el administrador del club «crema», Jean Ferrari.

Fuente: Andina






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