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CAMBIO DE LA CONSTITUCIÓN: REFLEXIONAR ANTES DE ACTUAR – VALOR.PE

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CAMBIO DE LA CONSTITUCIÓN: REFLEXIONAR ANTES DE ACTUAR – VALOR.PE


Por: Abraham Rivas Lombardi

Reza el escudo de Chile el siguiente lema: “Por la razón o la fuerza” y vaya si lo hemos sufrido nosotros con la Guerra del Pacífico, el Tratado de Ancón, la impúdica chilenización de Tacna y Arica, con la pérdida definitiva de nuestras hijas cautivas Arica y Tarapacá y otros largos etcéteras. De forma tal que los tropiezos institucionales de Chile no me disgustan, por el contrario, me son atractivos en la medida que lastren el desarrollo de nuestro vecino, especialmente cuando mantienen la fuerza aérea más moderna de Latinoamérica[1], ventaja estratégica que les permitiría golpear simultáneamente a Perú, Argentina y Bolivia.

Empero, sí me preocupa cuando los vaivenes socio-políticos chilenos pueden afectar directamente al Perú, por el efecto contagio. El pasado 25 de Octubre el 50.90% del electorado sureño que concurrió al plebiscito respaldó con un abrumador 78.27% la elaboración de una nueva Constitución que correrá a cargo de una Convención Constitucional, el equivalente a nuestra Asamblea Constituyente, la que será elegida el próximo 11 de Abril de 2021.

En medio de una amplia gama de argumentos, los alabarderos chilenos del cambio de Carta Política airearon la vieja muletilla que se trataba de la Constitución de Pinochet (1980), obviando convenidamente el recuerdo que la izquierda – en alianza con la DC – gobernó de corrido (1990-2010) con dicha Carta Magna y aprobaron hasta 26 leyes de modificación, la mayoría de ellas durante el gobierno de Lagos (2000-2006).

De inmediato aparecieron por aquí los voceros de la izquierda – “agendita” Mendoza incluida – desempolvando la idea del cambio de la Constitución Política de 1993, “casualmente” con la excusa que se trataba de la “Constitución de Fujimori”, con la clara intención de introducir el tema en la inminente campaña electoral. Sobre esto algunas precisiones necesarias.

Primero, es mentira que las Constituciones del Perú sean fruto de la convivencia democrática. En el siglo XX nuestras Cartas Políticas surgieron de una ruptura previa del orden constitucional y con la omnipresente sombra del dictador de turno en el debate constituyente, papel que le cupo a Sánchez Cerro con la Constitución de 1933, a Morales Bermúdez – y la constitucionalización de las reformas de Velasco Alvarado – con la Carta Magna de 1979 y al propio Fujimori en el caso de la Constitución actual.

Segundo, la actual Carta Magna fue aprobada por referéndum (1993), siendo que aun cuando existieron fundadas sospechas de manipulación en el resultado final, al restaurarse la democracia (2000) las fuerzas políticas de entonces, mayoritariamente anti fujimoristas, preservaron la Constitución – algo que no se recuerda – e introdujeron dos reformas trascendentales: el fin de reelección presidencial y el Capítulo XIII sobre Descentralización (2001).

Tercero, la circunstancia crucial que salvó a la Constitución de 1993 de su derogatoria fue la institucionalización del Acuerdo Nacional (2002) durante el gobierno de Toledo (2001-2006) a través del cual – dentro del marco constitucional – se aprobaron las originales 31 Políticas de Estado – ahora 35 – sobre las que se han diseñado y ejecutado las Políticas Públicas de los últimos 17 años.

El aporte del Acuerdo Nacional a la gobernabilidad del Perú ha sido crucial, por la incorporación a la gestión pública de políticas de fuerte contenido social, impulso a la inversión pública, preservación del orden democrático y de expansión productiva e impulso a la iniciativa privada. Lamentablemente, el brazo ejecutor de estas políticas, el aparato estatal, ha demostrado su ineficiencia y corrupción, casi echando por la borda el boom económico que comenzó en 2004 y se extendió hasta el 2016. Para graficarlo: el software era muy bueno, el hardware un desastre.

¿Nuestra Constitución está escrita en piedra?, evidentemente que no, existen algunas reformas macro que deben discutirse. Por ejemplo, el retorno a la bicameralidad, la unificación del Sistema Electoral, la autonomía presupuestal plena del Poder Judicial y del Ministerio Público, la elección universal de los magistrados del TC, entre las más importantes. El resto de los temas importantes – aparato estatal honesto y proactivo, reactivación económica, mejores coberturas sociales, pensiones justas, servicios públicos y sociales eficientes – son de orden legal y reglamentario, perfectamente consensuables entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo electos el próximo Abril. Claro, sino se repite la tragicomedia PPK-Keiko-Vizcarra-Covid19 que ha paralizado al país desde 2016.

No dejemos que las necesidades electorales de políticos inescrupulosos pongan el debate constitucional dentro de la campaña electoral. La reforma de la Constitución del Perú – de ser el caso – es un tema demasiado importante para entregarlo a la demagogia de ciertos candidatos… es, por el contrario, motivo de reflexión y concertación.

[1] Cuarentiséis (46) F-16, cazabombardero multirol versus los 17 operativos del Perú (Mirage2000 y MiG29) según el Global Firepower 2020.

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Noveno retiro de AFP: proyecto plantea retirar hasta 4 UIT sin perder el derecho a solicitar la pensión mínima

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Noveno retiro de AFP: proyecto plantea retirar hasta 4 UIT sin perder el derecho a solicitar la pensión mínima

La iniciativa, que cita el impacto de El Niño en las familias, deberá pasar por las dos cámaras del Congreso. Especialistas advierten que los retiros reducen las posibilidades de alcanzar los 240 aportes que exige la pensión mínima.

Un nuevo proyecto de ley presentado en el Congreso propone autorizar a los afiliados a las AFP a retirar hasta 4 UIT de sus fondos, lo que constituiría el noveno retiro desde la pandemia de la COVID-19. La iniciativa, de la congresista Catherin Palomino (Juntos por el Perú), sustenta la medida en el impacto económico que podría tener El Niño en las familias. Deberá ser evaluada primero en comisiones de la Cámara de Diputados y, de aprobarse, pasaría a la Cámara de Senadores antes de llegar al Ejecutivo para su promulgación u observación.

Actualmente, quien retira fondos de su AFP pierde el derecho a solicitar la pensión mínima. El proyecto deja sin efecto esa prohibición, aunque mantiene el requisito de 240 aportes, equivalentes a 20 años. Jorge Carrillo, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, explicó que quien retire podrá seguir solicitándola, pero tendrá menos posibilidades de alcanzar esos aportes, ya que los retiros los descuentan.

César Abanto, especialista previsional del estudio Rodríguez Angobaldo, recordó que la Constitución prohíbe el retiro de fondos previsionales y que el Tribunal Constitucional solo lo admitió en casos extraordinarios, como la COVID-19. “El Niño no es el COVID-19”, sostuvo, al señalar que es un fenómeno que se presenta cada cierto tiempo en el país. Añadió que estos fondos no solo sirven para la jubilación, sino que incluyen un seguro ante la invalidez o la muerte del trabajador.

Carrillo cuestionó que siempre habrá una justificación para un nuevo retiro y advirtió que la medida favorecería sobre todo a los sectores A y B, que tienen más fondos, mientras que los sectores C y D tienen muy poco o nada en su AFP. Según Abanto, los retiros generalizados anteriores incentivaron la salida de dinero incluso entre quienes no perdieron su empleo, y hoy más de 4 millones de afiliados ya no cuentan con fondos para su pensión.

Fuente: Gestión

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74% de las empresas siente que recibe del Estado menos de lo que aporta, revela estudio de Ipsos

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74% de las empresas siente que recibe del Estado menos de lo que aporta, revela estudio de Ipsos

ComexPerú plantea simplificar trámites, racionalizar fiscalizaciones y acelerar permisos para que la inversión privada, desde el gran proyecto hasta la pequeña bodega, se concrete. En Lima Norte, el Parque Industrial de Ancón demandará más de US$1200 millones de inversión privada.

El mensaje de la presidenta Keiko Fujimori durante su reciente visita a la Bolsa de Valores de Nueva York, donde afirmó que “la inversión privada significa empleo, crecimiento y desarrollo para millones de peruanos”, debe convertirse en acción dentro del país, plantea ComexPerú. El gremio recuerda que hablar de inversión privada no se limita a los grandes proyectos mineros, energéticos o de infraestructura, sino que incluye a los millones de emprendedores que cada día abren sus negocios y contratan trabajadores.

Las cifras, según el gremio, son contundentes: en 2025, las micro y pequeñas empresas (mypes) representaron alrededor de 99.5% de las empresas del país y generaron aproximadamente 8 millones de empleos, pero 86.5% de ellas opera en la informalidad. Un estudio de Ipsos, realizado por encargo de ComexPerú, añade que 74% de las empresas considera que recibe del Estado menos de lo que aporta y que 45% identifica el manejo de fiscalizaciones e inspecciones como el proceso estatal más problemático; además, las municipalidades son percibidas como entidades que priorizan sancionar en vez de orientar.

Para ComexPerú, el Estado debe dejar de poner obstáculos innecesarios a quien quiere producir, invertir y generar empleo. El gremio propone simplificar procedimientos, eliminar barreras burocráticas, racionalizar las fiscalizaciones, acelerar permisos y licencias, digitalizar trámites y generar predictibilidad. Hacerlo, subraya, “no significa reducir estándares ni controles. Significa hacer que el Estado funcione mejor”.

ComexPerú plantea que esta agenda debe abordarse con el mismo sentido de urgencia que la inseguridad ciudadana y la prevención frente al Fenómeno El Niño, pues cada proyecto paralizado y cada empresario que desiste de crecer son oportunidades que el país pierde. En Lima Norte, el Parque Industrial de Ancón, adjudicado en diciembre de 2025 al consorcio Junefield Ancón Industrial Park, demandará una inversión superior a US$1200 millones y prevé albergar a más de 200 empresas y generar cerca de 120 mil empleos; según el Ministerio de la Producción, su diseño contempla que pymes abastezcan a empresas tractoras.

Fuente: ComexPerú

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