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Fiestas Patrias: gratificación será de un sueldo íntegro más 9% adicional – Diario Nacional Realidad.PE
En estas Fiestas Patrias, los trabajadores del régimen de la actividad privada podrán recibir un sueldo íntegro por concepto de gratificación y adicionalmente, los afiliados por EsSalud percibirán una bonificación extraordinaria del 9%, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“Ello conforme a la Ley N°27735, norma que regula el otorgamiento de las gratificaciones, y siempre que el trabajador haya laborado el semestre completo (enero – junio 2023). El plazo para el pago de este beneficio vence este 15 de julio, el mismo que deberá figurar en la planilla electrónica”, manifestó el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.
Añadió que para los trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria será de 6.75%.
La CCL explicó que en caso los trabajadores hayan laborado algunos meses en dicho semestre, la gratificación será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado. Sin embargo, si en un mes el trabajador tuviera inasistencias injustificadas, por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir.
¿Quiénes acceden a la gratificación?
Tienen derecho a la gratificación los trabajadores subordinados de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial; pues, para percibir este beneficio no se requiere que el trabajador haya laborado la jornada mínima de 4 horas diarias.
Los trabajadores de las pequeñas empresas, contratados después que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), percibirán medio sueldo de gratificación conforme a la Ley mype-TUO DS 013-2013-Produce.
Asimismo, tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la micro empresa que hayan sido contratados antes que la microempresa se inscriba en el Remype.
Así también, los trabajadores comprendidos en el Régimen Laboral Agrario (Ley 31110), siempre que dentro de los 5 días de haber iniciado la relación laboral hayan comunicado a sus empleadores que sus gratificaciones semestrales serán percibidas en la misma oportunidad que se paga a los trabajadores del régimen laboral común, y no conjuntamente con su remuneración diaria.
Por otra parte, no tienen derecho a percibir la gratificación de julio, los trabajadores que por convenio con la empresa perciben “Remuneración anual integral”, por cuanto, en este caso, la gratificación y la CTS, ya están incluidas en la remuneración integral anual acordada con el empleador.
Tampoco tiene derecho a este pago, los trabajadores de microempresas, contratados después que la microempresa se inscribió en el Remype, así también los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa) por cuanto no son trabajadores de planilla; pues, están regulados por el Código Civil como una locación de servicios.
Cabe mencionar que para el pago de la gratificación no se consideran las utilidades, las gratificaciones extraordinarias, las asignaciones por movilidad, educación, viáticos y los demás conceptos “no remunerativos”, previstos en el Art. 19 de la Ley de CTS.
Gratificación trunca
El derecho a la gratificación trunca se origina al momento del cese del trabajador, siempre que tenga cuando menos un mes completo de servicios.
El monto se determina de manera proporcional a los meses calendario laborados en el periodo desde enero 2023 a la fecha de cese.
La remuneración computable para el pago de la gratificación trunca es la vigente en el mes inmediato anterior al cese y se paga conjuntamente con los beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes de producido el cese.
Multas
Si los empleadores no pagan o depositan hasta el 15 de julio la gratificación por Fiestas Patrias (infracción grave), pueden ser sancionados con multas diferenciadas que van desde los desde los 544.5 soles hasta los 129,294 soles, según el régimen laboral de la empresa.
Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D.S. 008-2020-TR. Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No mype).
Para determinar el monto de la multa, además del tamaño de la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de 4,950 soles para el año 2023.
Las multas para microempresas y pequeñas empresas, inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
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LA POBREZA EXIGE NUEVAS POLÍTICAS ANTE CAMBIOS EN LA REALIDAD DEL PAÍS
Especialistas advierten que las herramientas utilizadas para reducir la pobreza ya no responden a una realidad que se concentra cada vez más en las ciudades.
Aunque Perú ha retomado el crecimiento económico, la reducción de la pobreza sigue siendo limitada y permanece cinco puntos porcentuales por encima de los niveles previos a la pandemia. Para diversos especialistas, uno de los principales desafíos de la pobreza es que ha cambiado de características y hoy se concentra principalmente en zonas urbanas, lo que exige nuevas respuestas por parte del Estado.
La investigadora del Instituto de Estudios Peruanos (IEP) y exministra de Desarrollo e Inclusión Social, Carolina Trivelli, indicó que las estrategias aplicadas actualmente no responden a esta nueva realidad. “Seguimos haciendo lo mismo que hacíamos en el 2014 y la pobreza es otra. (…) Estamos teniendo un problema distinto que atacamos con las mismas herramientas con las que atacamos otro problema”, afirmó. Según explicó, esta situación se refleja en la falta de atención a necesidades urgentes en las ciudades, como la seguridad alimentaria y el acceso a capital de trabajo para familias que perdieron sus medios de sustento durante las recientes crisis.
La exministra advirtió, además, la pérdida de enfoque en las políticas orientadas a reducir la pobreza. “¿Cómo es posible que, siendo el ejemplo de cómo enfrentar el desafío de la reducción de pobreza con programas sociales, institucionalidad, política pública, infraestructura e inversión para mejorar la calidad de los servicios, eso lo hayamos perdido?”, cuestionó. “Hemos perdido la pertinencia de las políticas públicas”, sentenció.
Trivelli también señaló que la asistencia social, por sí sola, no puede generar cambios sostenibles si no está acompañada por políticas públicas eficaces y una mayor articulación entre sectores. “Nos conformamos con que el programa siga funcionando (…) como también ha pasado en salud y educación. El servicio sigue ofreciéndose, pero cada vez con peores condiciones y peores resultados. (…) Si las más altas autoridades no se compran el problema como parte de sus prioridades, el aparato no se mueve”, sostuvo. Para la investigadora, revertir esta situación requiere que la lucha contra la pobreza vuelva a ocupar un lugar prioritario en la agenda pública y que las políticas se adapten a las nuevas condiciones de una población cada vez más urbana.
Fuente: InfoActiva
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ADEX SOLICITA AL PRÓXIMO GOBIERNO PRESERVAR PREDICTIBILIDAD Y ACUERDOS COMERCIALES PARA SOSTENER EL AGRO
Las exportaciones agrarias peruanas alcanzaron los US$ 3,744 millones en el primer cuatrimestre, un avance de 6.8 %.
Las exportaciones agrarias del país, que integran los despachos tradicionales y no tradicionales, registraron una facturación de US$ 3,744 millones entre enero y abril de 2026, lo que representó un incremento de 6.8 % en comparación con el mismo ciclo del año previo. De acuerdo con el reporte oficial de la Asociación de Exportadores (ADEX), el desempeño sectorial estuvo sustentado principalmente por la oferta agroindustrial con valor agregado, la cual concentró el 95 % de los envíos totales al generar US$ 3,544 millones. Ante esta coyuntura, el presidente del Comité de Agroindustrias, Alimentos y Bebidas del gremio, Mario Salazar Vergaray, exhortó a las autoridades que asumirán funciones el próximo 28 de julio a garantizar la estabilidad del sector mediante la protección de los tratados comerciales internacionales, la promoción de la oferta exportable y la predictibilidad jurídica.
En el desglose de productos del primer cuatrimestre, las uvas lideraron el portafolio comercial con US$ 772 millones, seguidas por las colocaciones de paltas con US$ 463 millones, los arándanos con US$ 339.3 millones y los mangos con US$ 266.6 millones, teniendo a Estados Unidos y los Países Bajos como los principales mercados de destino. Con el fin de mitigar riesgos y sostener la inversión privada de largo plazo en el campo, Salazar Vergaray relevó la importancia de la Ley N.° 32434 promulgada en septiembre de 2025, señalando que sus lineamientos normativos promueven la transformación productiva y facilitan la inserción de la agricultura familiar en el bloque exportador. Asimismo, apuntó que la ampliación de la frontera agrícola, el desarrollo de infraestructura de transporte y asegurar la disponibilidad de recursos hídricos constituyen los desafíos estructurales prioritarios para la agenda pública nacional.
Fuente: La República
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