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Investigadores peruanos revelan niveles de cafeína no declarados en bebidas comerciales – Diario Nacional Realidad.PE

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Investigadores peruanos revelan niveles de cafeína no declarados en bebidas comerciales – Diario Nacional Realidad.PE


Tras analizar distintos grupos de bebidas comercializadas en el Perú, un equipo de científicos de la Universidad Científica del Sur reveló que marcas populares de bebidas que se consumen en el país omiten información sobre la presencia de cafeína como componente en las etiquetas de los productos.

Esta investigación, publicada en la revista científica International Journal of Food Science en enero de 2023, indexada en Scopus, identificó principalmente la presencia de cafeína en cinco de los seis grupos de bebidas analizados.

“Encontramos cafeína en diversos grupos de bebidas, especialmente energizantes. La cantidad aproximada que presentaban las bebidas era de 190 a 200 miligramos cada una. Esto se daba en cinco grupos de bebidas, exceptuando las bebidas rehidratantes”, detalla Karolinhe Gonzales, licenciada en Nutrición y coautora del estudio.

La presencia de la cafeína en bebidas populares se ha estudiado ampliamente en otros países. Para esta investigación realizada en el Perú tomaron como precedente un estudio realizado en Serbia que analizó un aproximado de 21 bebidas y comparó los niveles de cafeína consignados en la información nutricional del producto con sus hallazgos en el laboratorio.

El objetivo del equipo de científicos peruanos a cargo del estudio fue identificar si existía una correlación entre la información presente en las etiquetas y los valores reales de las bebidas.

“Algo interesante es que, a diferencia de otros países, en Perú no todas las marcas declaran la presencia de cafeína como componente. De nuestras 30 muestras, solamente dos marcas lo declararon. En el caso de Serbia, nuestro principal antecedente del estudio, se identificó una cantidad mayor: de 21 muestras, 11 declararon. Es un asunto curioso porque se trata de marcas internacionales presentes en ambos países”, indica Óscar Reátegui, investigador y autor principal del estudio.

¿Cómo se realizó el estudio?

En el desarrollo de la investigación, el equipo de científicos realizó una encuesta para identificar las bebidas más populares entre la población peruana. Luego, estos productos se agruparon en seis categorías: infusiones, café en polvo, leches con chocolate, refrescos, bebidas deportivas y bebidas energéticas.

Los investigadores utilizaron la técnica de cromatografía básica, en la que se utiliza una muestra con varios componentes, que se dividen para realizar un análisis.

“Escogimos este método de cromatografía líquida de alto rendimiento debido a que es un procedimiento rápido y selectivo, además de considerar que los estudios previos de otros países lo han utilizado y han llegado a la conclusión de que es preciso y eficaz”, añade Karolinhe Gonzales, licenciada en Nutrición y coautora del estudio.

Un problema para la salud pública

El estudio advierte que la falta de transparencia de información sobre los componentes de estas bebidas podría perjudicar a la población que las consume. “En Perú no se está declarando de forma transparente la presencia de ciertos componentes en las bebidas. Es importante en ese sentido fortalecer las normas técnicas y el etiquetado nutricional de los productos con estos hallazgos”, recomienda Oscar Reategui.

“No se trata de satanizar componentes como la cafeína. Por supuesto que tiene sus ventajas, siempre y cuando no se consuman en excesos. Sabemos que, por un tema de practicidad, las personas prefieren bebidas listas para consumir y, en ese sentido, es clave que cuenten con toda la información de lo que están tomando”, finaliza.

¿Cuánta cafeína es ideal consumir?

Los expertos señalan que la cantidad ideal de cafeína que se debe consumir es menor a 400 miligramos al día en adultos, tomando en cuenta que cada día podemos consumir diferentes bebidas que contengan este compuesto.

“La cantidad de café recomendada no debe superar las tres tazas. Desde cuatro tazas a más, se genera un riesgo, especialmente en los grupos que son vulnerables o sensibles, como niños y adolescentes. En el caso de embarazadas, esto se debe limitar completamente”, detalla Gonzales.

Además, advierten que la ingesta de cafeína debe ser controlada en todas sus presentaciones. “En nuestro día a día buscamos siempre mantenernos activos por temas de estrés y consumimos energizantes a mayor escala y café sin tener el conocimiento de la cantidad de cafeína que incorporamos porque no se da esa información en el etiquetado nutricional, lamentablemente”, advierte.

Otros hallazgos de la investigación

Las metilxantinas son alcaloides que estimulan el sistema nervioso central. Dentro de estas, se encuentran la teofilina, la teobromina y la cafeína. Esta última se relaciona con el café; la teobromina, con el cacao y derivados; y la teofilina, con los tés y derivados”.

El estudio encontró que la teobromina predominó en las leches chocolatadas, pero dentro de ese grupo hubo una diferencia bastante obvia entre las 5 marcas analizadas. En las cuatro primeras la cantidad era de 2 miligramos y en la quinta marca era de 12.

La teobromina en el cacao tiene beneficios para la salud si se consume en cantidades adecuadas. “Depende mucho de la composición y cantidad que las marcas usen del insumo para determinar si el producto aporta las suficientes propiedades o beneficios que indican sus etiquetados. Debemos tener presente que los tres primeros ingredientes que presenta el producto en su etiquetado son los que tiene en mayor proporción”, puntualiza Reategui.

En una de las marcas de té analizadas, se hallaron diferencias en las bebidas listas para consumir. “Una de las características de las hojas de té es que tienen una alta capacidad antioxidante, tienen flavonoides y polifenoles; sin embargo, se encontró una cantidad mínima en las bebidas listas para consumir. No se presentó la concentración suficiente del extracto de té para determinar que brinden las propiedades que indican”, advierte el científico.


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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos

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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos

Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.

A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.

Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.

El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.

Fuente: Gestión

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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales

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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales

El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.

El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.

En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.

Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.

Fuente: RPP

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