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La captura de socio de Castillo en EE.UU. confirma la red criminal

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La captura de socio de Castillo en EE.UU. confirma la red criminal


EE.UU. podría expulsar a Alejandro Sánchez hacia México, advierte penalista Iván Torres la Torre

El abogado penalista Iván Torres La Torre presidente en Perú del Instituto Peruano Argentino de Derecho Penal (IPADEP) analizó la captura del socio de Pedro Castillo, Alejandro Sánchez, en EE.UU. y su posible expulsión en las próximas horas.

Alejandro Sánchez fue detenido por las autoridades de Texas, cuando intentaba cruzar, ilegalmente, la frontera desde México hacia Estados Unidos. En este caso, ¿considera que es procedente el pedido de la Cancillería peruana para que sea expulsado hacia el Perú, o podría ser expulsado a México?

Todo va a depender del trabajo que lleve a cabo la Cancillería peruana, en la medida que una expulsión o una extradición, son instituciones jurídicas que tienen tratamientos y aspectos judiciales y a su vez políticos. Por un lado, tenemos la expulsión, que recae sobre extranjeros que infringen la ley de Extranjería o condición migratoria; mientras que la extradición tiene su origen en la persecución de un delito a nivel internacional y requiere de un mandato judicial.

Ahora bien, en el caso del prófugo de la justicia Alejandro Sánchez, lo que podría ocurrir es que las autoridades norteamericanas lo expulsen a México y sea este último país, el que reciba el pedido de extradición por parte de las autoridades peruanas, previa detención por parte de las autoridades mexicanas, en la medida que con México, el Perú tiene tratado de reciprocidad en materia de extradición.

¿Por qué se solicita la expulsión de Sánchez y no su extradición?

La expulsión tiene un trámite mucho más expeditivo; posee menos procedimientos de verificación probatoria, de doble incriminación y simplemente se le expulsa al lugar de origen; el problema está en que me parece que podría ser expulsado a México, donde Sánchez sería detenido, preventivamente, con la finalidad de ser extraditado.

Si Estados Unidos decide expulsar a Sánchez hacia México; ¿se produciría un nuevo peligro de fuga o el Perú podría pedir su extradición al gobierno mexicano?

Si Alejandro Sánchez tiene una orden de captura internacional vigente en los sistemas de Interpol y, en el supuesto que esta persona sea puesta a disposición de las autoridades mexicanas, éstas están en la obligación de proceder con su detención y comunicarla al Perú para fines de extradición; en este caso, el Perú tendrá que solicitar su extradición al gobierno de México. Será la Corte Suprema del Perú quien envíe al Ministerio de Justicia y éste al Consejo de Ministros, la solicitud de extradición de Alejandro Sánchez, luego de cumplirse con el trámite correspondiente.

¿Considera factible que Estados Unidos lo expulse hacia el Perú de manera inmediata o se tendrá que seguir algún procedimiento ante las autoridades norteamericanas?

La cooperación internacional y los buenos oficios que ejecute nuestra Cancillería, deberían lograr la expulsión inmediata de Alejandro Sánchez al Perú, siempre y cuando esté vigente su orden de captura internacional; caso contrario, se le pondrá a disposición de las autoridades en la frontera con México; lo ideal en este caso, sería lograr la expulsión inmediata de Sánchez y que sea puesto a disposición de las autoridades peruanas; sin embargo, veo complejo ese escenario.

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Sobre Sánchez pesa una medida de prisión preventiva de treinta meses. ¿Su huida del país ha complicado su situación jurídica?

Definitivamente que sí; la conducta del investigado Alejandro Sánchez, ha demostrado su instinto de fuga; su plan de huida lo coloca en una situación muy grave, por cuanto se ha sustraído de la administración de justicia; en su caso, de ser sometido a una extradición o expulsión, en el territorio peruano le espera una prisión preventiva de 30 meses dispuesta por el Poder Judicial, atendiendo a los delitos que se le imputa y a los fundamentos que sustentan la medida dictada por las autoridades peruanas.

¿Debido a la fuga de Sánchez, la Fiscalía podría pedir que se incrementen los 30 meses de prisión preventiva dictados en su contra o esa decisión ya es cosa juzgada?

Como dije en mi respuesta anterior, en lo que respecta a la prisión preventiva, que es una institución procesal, se tiene conocimiento que a Sánchez se le impuso una medida de 30 meses de prisión preventiva; el investigado apeló sin éxito y por lo tanto dicha resolución ha quedado firme y consentida, motivo por el cual no se podría presentar un nuevo pedido de prisión preventiva en contra de este investigado.

Sánchez fue el financista de la campaña de Castillo y era el dueño de la casa de Sarratea. ¿Su detención complica a la defensa de Pedro Castillo?

Absolutamente que sí complica la situación jurídica y la defensa del investigado y golpista Pedro Castillo, por cuanto yo confío en que los Fiscales del caso van a proponer y lograr, con mucha técnica jurídica y procesal, la colaboración eficaz por parte de Alejandro Sánchez, que finalmente es lo que más le conviene a este investigado; es decir, entregar o revelar información relevante para la investigación, con la finalidad que sea corroborada bajo el procedimiento respectivo y que, de esta forma, se permita a la justicia peruana desarrollar el caso e individualizar las responsabilidades de cada uno de los investigados y futuros procesados y seguramente, futuros sentenciados.

¿La captura de Sánchez confirmaría que estamos ante una organización criminal?

Efectivamente; el Ministerio Público tiene muchas carpetas de investigación, en las cuales están involucrados el expresidente Castillo, exministros, exsecretarios, excolaboradores y familiares, que apuntan a calificarlos como una organización criminal; y, todas estas conductas de los investigados, de sustraerse de la justicia, no hacen más que reflejar y dar la razón a la hipótesis de investigación fiscal; hay que tener en cuenta que la organización criminal es una  categoría penal que agrava, mucho más aún, los delitos de corrupción de funcionarios.

Sánchez declaró que no se iba a someter a la colaboración eficaz. En ese caso, ¡si decide guardar silencio, se interpretaría como una obstrucción a la justicia, dada su situación de fuga?

El hecho que anteriormente se haya negado a someterse a una colaboración eficaz, no impide que finalmente decida acogerse a esta institución procesal, motivo por el cual puede convertirse en un aspirante a colaborador eficaz. Con respecto a guardar silencio, debemos tener en cuenta que el derecho al silencio es una prerrogativa y un derecho de doble dimensión, tanto procesal como constitucional, por lo que, al ser un derecho reconocido y protegido, su ejercicio no se puede interpretar como  obstrucción procesal; sin embargo, tratándose de hechos de connotación política, que involucran al  máximo representante de la  República, como es el expresidente y, adicionalmente, atendiendo a que estas personas pregonan su inocencia, considero que su defensa debería aconsejar que se decida a brindar una declaración,  que también es su derecho; salvo que se encuentre coaccionado y se utilicen extorsiones que limiten su voluntad de declarar libremente, atendiendo a que, aparentemente, nos encontramos ante una hipótesis de organización criminal.

¿Considera que la investigación contra la presunta organización criminal de Pedro Castillo se está conduciendo con todas las garantías del caso?

Yo considero que sí; en el Perú existe un Estado de derecho democrático, en donde a todas estas personas no se les persigue por sus ideas, ni por su raza, ni por ninguna otra condición particular, sino que, por el contrario, están siendo investigados por conductas que tienen categoría criminal para la legislación peruana. Lamentablemente, algunos operadores políticos de esta organización, pretenden calar en la opinión de la población, con el discurso de que habría una persecución política en su contra, lo cual es totalmente falso.

Finalmente, hay que tener en consideración, que resulta sumamente extraño, el hecho que México, bajo el gobierno de Manuel López Obrador, aliado, públicamente declarado, del expresidente golpista Pedro Castillo y que a su vez acoge por asilo político a la esposa e hijos del mencionado expresidente, haya sido, precisamente, el destino elegido por Alejandro Sánchez para mantenerse en la clandestinidad y que además haya sido la ruta para pretender fugar a los Estados Unidos; por esta razón, no me sorprendería que los asilos políticos concedidos por México, se extiendan a otros integrantes de esta presunta organización criminal.

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En los distritos de Chorrillos y Barranco

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En los distritos de Chorrillos y Barranco

ODPE Chorrillos avanza en la organización de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 para más de 313 mil electores

La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) Chorrillos avanza en la organización de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), que se desarrollarán el domingo 4 de octubre, con el objetivo de garantizar un proceso electoral eficiente, transparente y seguro para la ciudadanía.

Al respecto, el jefe de la ODPE Chorrillos, Víctor Joo Salinas, informó que, para estos comicios, se habilitarán 1,048 mesas de sufragio en las circunscripciones electorales bajo su responsabilidad, que comprenden los distritos de Chorrillos y Barranco, ubicados en la provincia de Lima.

En esta circunscripción electoral, cerca de 313,995 electores están habilitados para acudir a las urnas y elegir a sus autoridades regionales y municipales. Para ello, la oficina descentralizada tiene previsto instalar 86 locales de votación distribuidos en ambos distritos.

Como parte de las actividades del cronograma electoral, el pasado 24 de julio, la ONPE instaló a nivel nacional 125 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y realizó el sorteo de miembros de mesa. En el ámbito de la jurisdicción de la ODPE fueron seleccionados más de 9 mil ciudadanos entre titulares y suplentes para cumplir esta importante función electoral.

De acuerdo con la normativa vigente, la publicación de la lista definitiva de miembros de mesa se realizará luego que se resuelven las tachas que se hayan presentado contra la relación provisional de los ciudadanos seleccionados. 

La ODPE Chorrillos forma parte de las 28 oficinas descentralizadas instaladas en Lima Metropolitana y tiene su sede en la avenida Panamericana Sur 273 – Barranco, desde donde coordina y ejecuta las actividades electorales correspondientes a su jurisdicción.

En las ERM 2026, aproximadamente 26 314 724 ciudadanos a nivel nacional están convocados a participar para elegir a 13 148 autoridades, entre ellas gobernadores y vicegobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores provinciales y distritales. 

Lima, 11 de agosto de 2026

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MEF aplicará el alza del sueldo mínimo a S/1300 en dos tramos, empezando con S/100

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MEF aplicará el alza del sueldo mínimo a S/1300 en dos tramos, empezando con S/100

El ministro Elmer Cuba explicó que el incremento se dará de forma gradual para no afectar la inflación ni a las pequeñas empresas, mientras la propuesta aún debe discutirse en el Consejo Nacional del Trabajo.

El aumento de la remuneración mínima vital a S/1300, anunciado por la presidenta Keiko Fujimori, no se aplicará de forma inmediata, precisó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Su titular, Elmer Cuba, explicó en conferencia de prensa que el incremento se ejecutará en dos etapas para evitar que afecte la inflación o a las pequeñas empresas. «Queremos que con eso mejore el poder de compra», señaló, y detalló que la primera alza será de S/100 y la segunda, de S/70, hasta completar el monto anunciado. Actualmente, el sueldo mínimo se ubica en S/1130, nivel vigente desde 2024, cuando se elevó durante el Gobierno de Dina Boluarte.

Cuba precisó que la propuesta se trasladará al Consejo Nacional del Trabajo (CNT), en el que será discutida por representantes de empresas y sindicatos antes de definir su aplicación, en coordinación con el ministro de Trabajo, Juan Sheput. Según las estimaciones de Sheput, si las sesiones del CNT inician este mes, la decisión final podría adoptarse en noviembre, con lo que el aumento entraría en vigencia este mismo año o desde el 1 de enero de 2027.

El anuncio ya generó reacciones entre los gremios empresariales. El presidente de la Confiep, Jorge Zapata, remarcó que cualquier incremento debe evaluarse con cuidado. «Hay que analizar siempre la productividad y cuánto afecta a la micro y pequeña empresa que busca formalizarse”, dijo, y recordó que los empleadores ya asumen cargas laborales de entre 40% y 45% adicionales al sueldo básico. Por su parte, la CGTP pidió al Ejecutivo decretar el aumento de forma inmediata, sin pasar por el CNT, mecanismo que consideran ha bloqueado sistemáticamente este tipo de incrementos en el pasado.

Fuente: Gestión

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