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Inversión en desarrollo de lotes V y VII de Talara sumarán US$ 145 millones – Diario Nacional Realidad.PE

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La Agencia Nacional de Hidrocarburos (Perupetro) otorgó hoy la buena pro del Proceso de Selección por Convocatoria para adjudicar los Contratos de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en los Lotes V y VII, ubicados en Talara (Piura), a las empresas Petrolera Monterrico (Petromont) y Olympic Perú INC, Sucursal del Perú, respectivamente.

Detalló que las ofertas realizadas por ambas empresas permitirán inversiones del orden de los 145 millones de dólares entre ambos lotes, asegurando de esta manera la continuidad de las operaciones petroleras en el noroeste del país.

Propuestas de los postores

Petromont, único postor para el Lote V, ofreció ejecutar dos reacondicionamientos de pozos, 21 pozos de desarrollo y un pozo exploratorio, entre el primer y sexto año del Contrato de Licencia. Dicha oferta superó el mínimo establecido en las bases del proceso, adjudicándose la buena pro.

En el caso del Lote VII, Olympic resultó ganadora de la buena pro al superar ampliamente la oferta presentada por la empresa Sapet Development (actual operadora del Lote VII). Olympic ejecutará 62 reacondicionamiento de pozos, 89 pozos de desarrollo y cinco pozos exploratorios, entre el primer y séptimo año del Contrato de Licencia.

Capacidad de producción

Los lotes V y VII producen en promedio 90 y 1,000 barriles diarios de petróleo, pero sus contratos finalizan en octubre de este año, al cumplirse 30 años de vigencia. En consecuencia, se hizo necesaria la suscripción de nuevos Contratos de Licencia para evitar la suspensión de la producción petrolera en el noroeste del país e impulsar nuevas inversiones.

El gerente general de Perupetro, Carlos Pantigoso, destacó los resultados alcanzados en el proceso de selección, asegurando el desarrollo de inversiones y el incremento de la producción.

Además, mencionó que estos nuevos contratos incluirán un Fondo de Desarrollo para beneficio de las poblaciones ubicadas en la zona de influencia directa de los lotes.

La Comisión encargada del proceso otorgó la buena pro en acto público con presencia de dos notarios y representantes de la Oficina de Control Interno de la Contraloría General de la República.

Precisó que Perupetro actúa como una empresa estatal de derecho privado que tiene a su cargo la administración de los recursos de hidrocarburos para su aprovechamiento sostenible en beneficio del país.

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Actualidad

Justicia Desbarata Maniobra: Declaran Improcedente Amparo del «Pseudo Decano Encargado» del CAL, Mauro Leandro

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El 5° Juzgado Constitucional de Lima puso fin al intento de Mauro Leandro Martin de tomar el control del Colegio de Abogados de Lima, señalando que un juez no es un órgano de ejecución para sus medidas.

En una decisiva resolución, el 5° Juzgado Constitucional de Lima ha puesto fin al intento de Mauro Florencio Leandro Martin de tomar el control del Colegio de Abogados de Lima (CAL). El pasado 31 de octubre , el juez Jorge Luis Ramirez Niño de Guzman declaró IMPROCEDENTE la demanda de amparo (Exp. 09699-2025) con la que Leandro, presentándose como un autodenominado «Decano encargado» , buscaba forzar la salida del Decano electo, Raúl Canelo Rabanal, y de ocho miembros de su Junta Directiva .

La maniobra de Leandro Martin no solo pedía que se suspendiera a los directivos , sino que exigía explícitamente al juez que ordenara su «retiro inmediato».

Para lograr este fin, el demandante solicitó que se autorizara el «descerraje de las chapas, candados y cerrojos» del local institucional , requiriendo además el «auxilio de la Policía Nacional del Perú» y «resguardo policial permanente» para garantizar su propio ingreso.

Un Cargo «Falso» e «Inexistente»

Durante el proceso, la defensa de la junta directiva fue tajante al cuestionar la legitimidad de Leandro Martin. Sostuvieron que este «se otorgó falsamente el decanato del CAL, como decano encargado».

La defensa argumentó que dicho cargo es una «invención arbitraria» que, sencillamente, «no existe en los estatutos del Cal». Se señaló que la supuesta designación de Leandro fue un acto irregular, producto de una reunión sin el quórum legal necesario.

El Juez Frena la «Pretensión Ejecutiva»

El juez fue contundente al desestimar la demanda, aclarando que el proceso de amparo no es la vía para ejecutar sanciones internas de un colegio profesional.

El magistrado determinó que la demanda no buscaba restituir un derecho fundamental vulnerado, sino que era una «pretensión ejecutiva». En esencia, Leandro Martin (actuando como Director de Ética) pretendía usar la corte para ejecutar por la fuerza una medida cautelar de suspensión que su propio órgano había dictado.

La sentencia lo establece sin ambigüedades: «El juzgado constitucional no es el órgano de ejecución de las medidas cautelares de institución alguna».

El juez además recordó al demandante que el propio Código de Ética del CAL ya prevé el camino a seguir ante la resistencia a una sanción: la «denuncia penal correspondiente», no un amparo para forzar un golpe de timón institucional.

La resolución también evidenció que Leandro y otros consejeros ya tienen otro proceso de amparo (Exp. 10472-2025) en el Tercer Juzgado Constitucional , donde buscan ser restituidos en sus cargos del Consejo de Ética, por lo que este juzgado no podía pronunciarse sobre un tema que ya está en otra corte.

La decisión final declara IMPROCEDENTE la demanda en todos sus extremos, desarticulando la estrategia legal con la que Mauro Leandro intentó tomar control fáctico del Colegio de Abogados de Lima.

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Lima Sur

La Municipalidad de Lima acató la orden judicial que suspende el cobro de peajes en Villa y Punta Negra.

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La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), encabezada por el alcalde Renzo Reggiardo, supervisó el cumplimiento de la resolución judicial que ordena suspender el cobro de peajes en los tramos de Villa y Punta Negra de la Panamericana Sur.

El burgomaestre acudió personalmente a las casetas administradas por Rutas de Lima para verificar la ejecución de la medida. Además de reafirmar que el proceso se realizará sin contratiempos ni actos de confrontación.

“Como alcalde me estoy apersonando para verificar que una resolución judicial se haya cumplido. Las opiniones son de Rutas de Lima, nosotros tenemos una estrategia legal en curso”, declaró Reggiardo ante la prensa.

No habrá demolición de casetas

El alcalde descartó la demolición de las casetas de peaje, explicando que el contrato de concesión entre la MML y la empresa privada permanece vigente. Por lo que no se interrumpirán los servicios asociados al mantenimiento de la vía.

“Hay un contrato que se tiene que cumplir. Sin embargo, la justicia ha determinado que el cobro era abusivo y un proceso indebido. Nuestra labor es verificar que la resolución se acate”, señaló Reggiardo.

El mandatario edil recordó que la concesionaria sigue obligada a realizar el mantenimiento de la infraestructura vial. Sin embargo, precisó que el municipio evalúa solicitar una administración temporal, en caso de que la empresa no cumpla con sus compromisos operativos.

Evaluarán administración temporal de la vía

Reggiardo informó que el equipo legal de la MML analiza las alternativas jurídicas que permitirían asumir la administración temporal de los peajes, garantizando el mantenimiento y la seguridad de la Panamericana Sur.

“El mantenimiento está estipulado en el contrato. Pero si la empresa no cumple, estamos evaluando judicialmente solicitar una administración temporal”, puntualizó el alcalde.

La medida judicial fue dictada en primera instancia tras un recurso interpuesto por la Municipalidad de Santa María del Mar, que argumentó el cobro excesivo e injustificado de las tarifas. El equipo legal de la MML, liderado por el abogado Wilber Medina, acompañará el proceso para que el fallo sea ratificado en instancias superiores.

Reacciones y contexto del conflicto

La suspensión del cobro representa un nuevo capítulo en el conflicto entre la MML y Rutas de Lima, empresa concesionaria del corredor vial sur.

La compañía, por su parte, emitió un comunicado señalando que el Estado peruano la despoja del 100% de sus ingresos, advirtiendo sobre los riesgos económicos y legales de interrumpir el cobro sin resolver el marco contractual vigente.

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