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Justicia Desbarata Maniobra: Declaran Improcedente Amparo del «Pseudo Decano Encargado» del CAL, Mauro Leandro
El 5° Juzgado Constitucional de Lima puso fin al intento de Mauro Leandro Martin de tomar el control del Colegio de Abogados de Lima, señalando que un juez no es un órgano de ejecución para sus medidas.
En una decisiva resolución, el 5° Juzgado Constitucional de Lima ha puesto fin al intento de Mauro Florencio Leandro Martin de tomar el control del Colegio de Abogados de Lima (CAL). El pasado 31 de octubre , el juez Jorge Luis Ramirez Niño de Guzman declaró IMPROCEDENTE la demanda de amparo (Exp. 09699-2025) con la que Leandro, presentándose como un autodenominado «Decano encargado» , buscaba forzar la salida del Decano electo, Raúl Canelo Rabanal, y de ocho miembros de su Junta Directiva .
La maniobra de Leandro Martin no solo pedía que se suspendiera a los directivos , sino que exigía explícitamente al juez que ordenara su «retiro inmediato».
Para lograr este fin, el demandante solicitó que se autorizara el «descerraje de las chapas, candados y cerrojos» del local institucional , requiriendo además el «auxilio de la Policía Nacional del Perú» y «resguardo policial permanente» para garantizar su propio ingreso.
Un Cargo «Falso» e «Inexistente»
Durante el proceso, la defensa de la junta directiva fue tajante al cuestionar la legitimidad de Leandro Martin. Sostuvieron que este «se otorgó falsamente el decanato del CAL, como decano encargado».
La defensa argumentó que dicho cargo es una «invención arbitraria» que, sencillamente, «no existe en los estatutos del Cal». Se señaló que la supuesta designación de Leandro fue un acto irregular, producto de una reunión sin el quórum legal necesario.
El Juez Frena la «Pretensión Ejecutiva»
El juez fue contundente al desestimar la demanda, aclarando que el proceso de amparo no es la vía para ejecutar sanciones internas de un colegio profesional.
El magistrado determinó que la demanda no buscaba restituir un derecho fundamental vulnerado, sino que era una «pretensión ejecutiva». En esencia, Leandro Martin (actuando como Director de Ética) pretendía usar la corte para ejecutar por la fuerza una medida cautelar de suspensión que su propio órgano había dictado.
La sentencia lo establece sin ambigüedades: «El juzgado constitucional no es el órgano de ejecución de las medidas cautelares de institución alguna».
El juez además recordó al demandante que el propio Código de Ética del CAL ya prevé el camino a seguir ante la resistencia a una sanción: la «denuncia penal correspondiente», no un amparo para forzar un golpe de timón institucional.
La resolución también evidenció que Leandro y otros consejeros ya tienen otro proceso de amparo (Exp. 10472-2025) en el Tercer Juzgado Constitucional , donde buscan ser restituidos en sus cargos del Consejo de Ética, por lo que este juzgado no podía pronunciarse sobre un tema que ya está en otra corte.
La decisión final declara IMPROCEDENTE la demanda en todos sus extremos, desarticulando la estrategia legal con la que Mauro Leandro intentó tomar control fáctico del Colegio de Abogados de Lima.
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Tensión en el CAL: Directiva rechaza «contrataciones injustificadas» y «presiones» del Comité Electoral
El Colegio de Abogados de Lima (CAL) emitió hoy un contundente comunicado en respuesta a los requerimientos realizados por la Dra. Tania Paliza Toscano, presidenta del Comité Electoral, marcando una clara posición en defensa de la austeridad y la responsabilidad fiscal de la institución de cara al proceso electoral de 2026.
El punto del conflicto: Nuevas contrataciones
Según informó la institución, la disputa surge a raíz de una solicitud presentada por Paliza Toscano, quien exigió la contratación de tres nuevas personas con honorarios de S/ 3,800 cada una, además de la asignación de nuevo mobiliario, equipos y espacios exclusivos.

La Junta Directiva del CAL calificó estos pedidos como desproporcionados, argumentando que las funciones del Comité Electoral «no requieren dedicación exclusiva ni jornada a tiempo completo».
«La solicitud adicional… no guarda proporción con las necesidades reales del Comité Electoral», señala el documento oficial.
La solución del CAL y la respuesta del Comité
Para garantizar el soporte necesario sin afectar el presupuesto, el CAL informó que ya ha atendido el pedido poniendo a disposición personal de planilla. Se ha designado formalmente a tres abogados de planta para brindar el apoyo técnico y administrativo, asegurando el funcionamiento operativo del Comité sin incurrir en gastos extras.
No obstante, el comunicado advierte sobre intentos de presión por parte de la presidenta del Comité Electoral:
- Se le acusa de insistir en contrataciones que el CAL considera «injustificadas».
- Se menciona que Paliza habría advertido con emitir comunicados a los agremiados para «forzar decisiones administrativas».
Exigencia de transparencia y rechazo al «compadrazgo»
En un tono firme, el Colegio de Abogados de Lima solicitó a la Dra. Paliza que remita el detalle de los gastos proyectados para el proceso electoral, con el fin de asegurar la transparencia y la razonabilidad presupuestal.
El comunicado concluye con un rechazo tajante a cualquier tipo de maniobra política interna:
«El Colegio de Abogados de Lima rechaza cualquier intento de compadrazgo político o presión indebida, y reafirma su compromiso con la institucionalidad, la correcta administración de los recursos y la defensa de los intereses de todos los agremiados.»
Con esta medida, el CAL busca blindar las arcas de la institución mientras garantiza el desarrollo técnico del próximo proceso electoral.
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Publican los resultados iniciales de las elecciones primarias desarrolladas mediante delegados –
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha comenzado la publicación del avance de resultados de las elecciones primarias desarrolladas a través de delegados, habilitando un enlace directo en su sitio web institucional.
Este proceso electoral, que involucra a 37 organizaciones políticas, incluyendo 34 partidos y 3 alianzas electorales, se beneficia del uso de la Solución Tecnológica de Apoyo al Escrutinio (STAE) para garantizar la rapidez y la transparencia del cómputo.
Los resultados se irán actualizando progresivamente a medida que concluya el escrutinio en las mesas de sufragio correspondientes.
La ONPE, organismo electoral encargado de la organización y el cómputo de este proceso, precisó que la información se dará a conocer tan pronto como se finalice el escrutinio en cada mesa. Para tal efecto, se está utilizando la Solución Tecnológica de Apoyo al Escrutinio (STAE), una herramienta que ya fue empleada en las elecciones primarias vía afiliados realizadas el 30 de octubre.
Esta tecnología permite registrar la información y emitir las actas de instalación, sufragio y escrutinio, además de generar los reportes de puesta a cero y el cartel de resultados.
El uso de la STAE ha permitido reducir significativamente las actas observadas por errores de transcripción manual, agilizando la elaboración de documentos y facilitando la obtención y transmisión inmediata de los resultados desde los locales de votación hasta la sede central de la ONPE.
Como medida de transparencia en el procesamiento de los resultados, la ONPE ha dispuesto una sala en su centro de cómputo para que los personeros de las organizaciones políticas puedan visualizar y supervisar todas las actividades de procesamiento.
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