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Política

Trabajadores que laboren feriados 28 y 29 de julio percibirán triple pago

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Foto: Grupo Verona

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) identificó 10 casos concretos que deben tener en cuenta los empleadores y los trabajadores del sector privado en relación al pago de las remuneraciones de los feriados nacionales miércoles 28 y jueves 29 de julio 2021.

Publicado: 21 de julio de 2020 | 16: 53 p. m.

Entre ellos, destaca el triple pago para aquellos que trabajen en dichos feriados, sea presencial o remoto y sin descanso sustitutorio.

Para el pago de los próximos feriados por Fiestas Patrias, los trabajadores y los empleadores del sector privado deberán considerar las reglas sobre el pago de los descansos remunerados descritas en el Decreto Legislativo 713 y las normas laborales excepcionales, expedidas durante el periodo de emergencia nacional.

A continuación, los casos en mención:

1) Feriados remunerados

El miércoles 28 y el jueves 29 de julio son feriados nacionales para los trabajadores públicos y privados. Estos feriados son debidamente remunerados, sin la obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores.

2) Trabajo en días feriados sin descanso sustitutorio

Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el 28 y el 29 de julio sin descanso sustitutorio posterior deben percibir por cada feriado triple remuneración diaria: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

3) Trabajo en feriados con descanso sustitutorio

Los trabajadores que acuerden laborar el 28 y el 29 de julio, con descanso sustitutorio, perciben su remuneración mensual en forma ordinaria, toda vez que los feriados se sustituyen por otros días.

4) Trabajo remoto

El personal que viene prestando servicios mediante trabajo remoto -desde su domicilio- no labora el 28 y el 29 de julio y tiene derecho a percibir su remuneración por los feriados, sin trabajar. En caso de acordar con su empleador que va a trabajar dichos feriados, sin descanso sustitutorio, tendrá derecho al pago triple de su remuneración diaria.

5) Trabajadores con licencia remunerada, compensable

Los trabajadores que se encuentran con licencia remunerada compensable durante el periodo de emergencia percibirán en su boleta de pago del mes de julio el importe de los feriados 28 y 29 de julio, sin haber laborado. Estos feriados son pagados íntegramente, y no están sujetos a compensación posterior.

6) Trabajadores con descanso médico

Los trabajadores que durante el 28 y 29 de julio se encuentran con descanso médico, que coincide con los primeros 20 días de descanso en el año 2021, el empleador les paga los feriados sin haber laborado; pero si el descanso es a partir del día 21, el empleador paga los feriados, no como remuneración sino como subsidio, que es reembolsado por el EsSalud.

7) Trabajadores afectados con el Covid-19

Los trabajadores con descanso médico confirmados con hisopado positivo Covid-19 tienen derecho al pago de subsidios durante los primeros 20 días de descanso, que son pagados por el empleador, con cargo a su posterior reembolso por parte del EsSalud.

8) Acuerdo para laborar en los feriados

Las empresas que acuerden laborar los feriados 28 y 29 de julio, con la aceptación de sus trabajadores, deberán de establecer la forma de compensación con otros días laborables posteriores, caso contrario, percibirán triple remuneración diaria.

9) Descanso semanal que coincide con los feriados

Para el caso de trabajadores cuyo descanso semanal coincide con los feriados 28 y 29 de julio, perciben su remuneración mensual en forma ordinaria, sin pago adicional.

10) Trabajadores que están gozando de vacaciones

Los trabajadores que durante los feriados 28 y 29 de julio están gozando de vacaciones anuales no tienen derecho al pago de remuneración adicional por dichos feriados, pues antes del descanso vacacional la empresa les pagó sus remuneraciones, que incluye los feriados.

“Es importante precisar que en todos los casos en los que se mencione la triple remuneración diaria, debe entenderse que una de las remuneraciones ya está contenida en el pago ordinario del mes”, precisó la Cámara de Comercio de Lima.

Fuente: Andina

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Fujimori afirma que evitó que terroristas lleguen al poder

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El expresidente Alberto Fujimori cuestionó al mandatario colombiano Gustavo Petro —le recordó que integró el grupo guerrillero M-19— y destacó que el Perú no firmó un acuerdo de paz con agrupaciones terroristas, tal como lo hizo el vecino país.

“Si los peruanos hubiéramos tenido que aceptar un acuerdo de paz con Sendero Luminoso y el MRTA, sanguinarios terroristas estarían participando como candidatos en nuestras elecciones y se le habría perdonado todos sus crímenes”, indicó.

“¿Se imaginan a Elena Iparraguirre, Migue Rincón Rincón, como congresistas? ¿Néstor Cerpa, ministro del Interior? ¿Polay, presidente de la República? Esa verdadera pesadilla podría estar sucediendo aquí en el Perú hoy mismo. El hecho de que no haya ocurrido esto, me deja tranquilo”, sostuvo.

Fujimori se dirigió a Petro al recordarle su paso por el M-19. “Solo veamos lo que vive hoy día nuestro hermano pueblo de Colombia. El presidente hoy en Colombia fue un guerrillero del M-19, Gustavo Petro.

Esto no es una casualidad. Colombia se vio obligado a hacer un acuerdo de paz con el terrorismo. Y los terroristas que cometieron atentados obtuvieron grandes beneficios, como el derecho a participar en política. El resultado es que hoy está en el poder un miembro del M19”, señaló en un video publicado en sus redes sociales. Fujimori apuntó que el M-19 tomó por asalto el Palacio de Justicia de Colombia en 1985 que dejó 94 fallecidos. “Hace unos días, el presidente de Colombia pidió una bandera de ese movimiento para rendirle un homenaje”, expresó.



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Política

César Hinostroza solicita anular su prisión preventiva en el caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’

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Alega que las pruebas en su contra son débiles o han desaparecido, y niega riesgo de fuga u obstrucción a la investigación.

César Hinostroza, exjuez Supremo y uno de los principales implicados en el caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, ha solicitado al Poder Judicial la revocación de la orden de prisión preventiva de 36 meses en su contra.

A través de un recurso presentado en El Carmen, argumenta la falta de pruebas que justifiquen su prisión preventiva, pidiendo que sea sustituida por una comparecencia simple.

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Carnecitas (30/04/2021) Violeta Bermúdez 

Hinostroza está acusado de liderar una organización criminal que manipulaba sentencias y nombramientos laborales irregulares en el sistema judicial peruano. Alega que las pruebas en su contra son débiles o han desaparecido, y niega riesgo de fuga u obstrucción a la investigación.

El Poder Judicial evaluará su solicitud en una audiencia virtual mañana, viernes 3 de mayo, siendo crucial para el curso de las acusaciones contra el prófugo exfuncionario judicial. Hinostroza es uno de los principales implicados en el caso y permanece prófugo en Bélgica desde 2018.

 

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