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Defensoría del Pueblo: Colegios no pueden negar educación a estudiantes con discapacidad – Diario Nacional Realidad.PE
La Defensoría del Pueblo invocó al Ministerio de Educación, garantizar que más de 80 mil estudiantes con discapacidad o con necesidades educativas específicas como déficit de atención, hiperactividad, dislexia, entre otras, tengan acceso a una educación inclusiva de calidad que permita su participación y aprendizaje en igualdad de condiciones.
La invocación fue formulada también a las direcciones o gerencias regionales de educación (DRE/GRE) y a las unidades de gestión educativa local (UGEL) del Ministerio de Educación.
La Defensoría refirió que durante el 2022, el Ministerio de Educación registró 81 848 estudiantes con discapacidad en 111 399 instituciones educativas. Además, de acuerdo al último censo educativo, desarrollado por dicha entidad en 92 628 planteles públicos y privados que albergaban a más de 60 mil estudiantes con discapacidad, solo el 12.86 % indicó que contaba con infraestructura accesible.
Es decir, que 54 767 estudiantes, que equivalen al 82 % de la población estudiantil con discapacidad de las instituciones censadas, no contaban con infraestructura accesible que responda a sus necesidades.
Al respecto, la jefa del Mecanismo Independiente para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Malena Pineda, señaló que las personas con discapacidad tienen más probabilidades de no asistir a un colegio o abandonar las clases cuando se les niega la matrícula, cuando la infraestructura y materiales no son accesibles o no se realizan adaptaciones acorde a sus necesidades.
“Las y los directores de colegios públicos y privados no pueden decirles a los padres o madres de familia que no están preparados para enseñar a estudiantes con discapacidad o con otras necesidades educativas, tampoco pueden condicionar la matrícula con diagnósticos ni informes médicos ni solicitar un pago adicional para realizar las adaptaciones”, sostuvo la representante de la Defensoría del Pueblo, precisando que, en estos casos, se debe recurrir a las UGEL o a la DRE/GRE.
Asimismo, Pineda informó que la negativa de permitir el acceso o permanencia a una institución educativa privada por motivos de discapacidad constituye una infracción muy grave, sancionada con una multa de 50 a 100 UIT, equivalentes a montos que pueden llegar a S/ 495 000.
Explicó que, adicionalmente, se puede acudir al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
También señaló que, de acuerdo al enfoque de educación inclusiva dispuesto desde el 2003, el personal docente de las instituciones educativas públicas y privadas deben estar capacitado respecto a la educación inclusiva y la atención a la diversidad de estudiantes. Asimismo, remarcó que las instituciones educativas están en la obligación de desarrollar las estrategias necesarias para garantizar la calidad de la enseñanza dirigida a las y los alumnos con discapacidad.
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Actualidad
Midis informó que más de 53 000 usuarios de zonas alejadas cobran Pensión 65 con “carritos y avioncitos pagadores”
• Programa social instalará puntos de pago en 231 localidades del país para llegar a los lugares más remotos.
Con el objetivo de garantizar que ningún usuario de Pensión 65 quede excluido, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), inició el pago de la subvención bimestral de S/350 a 53 382 usuarios que viven en los centros poblados y anexos más alejados del país, mediante el despliegue de las Empresas Transportadoras de Valores (ETV), conocidas como los “carritos y avioncitos pagadores”.

Esta estrategia permite acercar el Estado a las zonas de difícil acceso, superando barreras geográficas y climáticas, y asegurando que el apoyo económico llegue de manera oportuna, segura y digna a quienes más lo necesitan. La campaña comenzó el jueves 15 de enero en 12 localidades, donde se atendió a más de 2754 adultos mayores.
En la primera jornada, los “carritos pagadores” llegaron a localidades como Oroncoy (Ayacucho), Machaguay (Arequipa), Saramiriza, Bellavista y 12 de Octubre (Loreto); así como a los centros poblados de Asunción y Vista Alegre (Cajamarca), Paccaritambo y Marcapata (Cusco), Chilahuito y Santa Lucía (Puno), y San Ignacio (La Libertad).

El Midis informó que las ETV instalarán puntos de cobro en 231 localidades a nivel nacional, como parte de un despliegue sin precedentes que se extenderá hasta el 24 de febrero, fecha en la que se cerrará la campaña en el centro poblado Untuca, distrito de Quiaca, en la región Puno.
Al respecto, el director ejecutivo de Pensión 65, Luis Aguilar, señaló que los “carritos y avioncitos pagadores” recorrerán 15 departamentos del país. Destacó que Puno concentrará el mayor número de puntos de pago, con 47 en total, seguido de Apurímac (42), Loreto (25), Amazonas y Arequipa (19 cada uno), entre otras regiones, reafirmando el compromiso del Midis de llegar hasta los lugares más alejados y vulnerables del Perú.
Para revisar el cronograma completo, pueden ingresar al siguiente enlace: https://acortar.link/mdE3af.

Actualidad
Elecciones 2026: JNE fija reglas de reemplazo para autoridades que renuncien o pidan licencia para postular
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó la Resolución N° 00747-2025-JNE. Conoce quiénes asumen las alcaldías y gobiernos regionales cuando los titulares dejan el cargo para hacer campaña y cuáles son los plazos de retorno.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó la Resolución N° 00747-2025-JNE. Conoce quiénes asumen las alcaldías y gobiernos regionales cuando los titulares dejan el cargo para hacer campaña y cuáles son los plazos de retorno.
De cara a las próximas Elecciones Regionales y Municipales 2026, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha establecido las disposiciones oficiales para evitar vacíos de poder en los gobiernos subnacionales. A través de la Resolución N° 00747-2025-JNE, el ente electoral detalló cómo se procederá ante la renuncia o licencia de gobernadores y alcaldes que decidan participar como candidatos.
La normativa busca garantizar que la prestación de servicios públicos no se interrumpa durante la campaña electoral. A continuación, te explicamos los escenarios planteados por el JNE.
1. Sucesión por Renuncia: ¿Quién asume el cargo?
Cuando la autoridad decide renunciar definitivamente para postular a un cargo de elección distinto, la sucesión es automática:
- Gobiernos Regionales: Ante la renuncia del gobernador, el vicegobernador regional asume la titularidad.
- Municipalidades: Ante la renuncia del alcalde, asume el primer regidor (o el siguiente en el orden de prelación).
El trámite: La nueva autoridad debe solicitar su credencial al JNE en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que la renuncia se hace efectiva. En el caso municipal, también se tramita la credencial del regidor accesitario para completar el concejo.
2. Sucesión por Licencia sin goce de haber
Para aquellos que soliciten un permiso temporal (licencia) para dedicarse a la campaña, el mecanismo de reemplazo es el mismo, pero las credenciales otorgadas son provisionales.
- El vicegobernador o primer regidor asumen funciones inmediatamente.
- Deben solicitar la credencial provisional al JNE dentro de los 10 días hábiles posteriores a la solicitud de licencia.
3. ¿Cuándo deben regresar a sus funciones?
Este es uno de los puntos más importantes de la resolución. El JNE hace una distinción sobre el fin de la licencia dependiendo del cargo al que se postula:
- Candidatos a Alcalde, Regidor o Consejero: Su licencia finaliza el mismo día de la elección. Por tanto, deben reasumir sus funciones al día siguiente de los comicios.
- Candidatos a Gobernador y Vicegobernador: La licencia se prorroga automáticamente hasta la proclamación oficial de resultados de la elección del 4 de octubre de 2026.
Ojo: Si hay una segunda vuelta regional, la licencia se extiende hasta el día de esa votación. La autoridad retorna al cargo al día siguiente.
4. Caso especial: Acefalía Regional
¿Qué ocurre si el gobernador y el vicegobernador renuncian o piden licencia simultáneamente? El JNE dispone que el Consejo Regional deberá elegir entre sus miembros hábiles a los reemplazos. El consejero delegado tendrá 10 días para gestionar las credenciales ante el jurado electoral.
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