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Gabriel Bustamante / Situación legal, real y actual del Fonavi a marzo 2023
Este mes de marzo el Tribunal Constitucional – TC se pronunció finalmente y de forma definitiva sobre la situación de dos millones de familias Fonavistas. Hace 11 años ya lo había hecho con otra Sentencia. Aquí el detalle de ambas:
- El Colegio de Abogados del Callao demandó ante el TC la inconstitucionalidad de la Ley 29625 – Ley de Devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo. El 26 de octubre del 2012 el Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional, resolvió, vía el Expediente N° 0007-2012-PI/TC, lo siguiente: Declarar INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad. 2. INTERPRETAR el artículo 1° de la Ley 29625, en el sentido de que la devolución de ¨los aportes de sus respectivos empleadores, el Estado y otros en la proporción que les corresponda debidamente actualizados”, se destinará a un fondo colectivo y solidario, con el objeto de lograr la satisfacción de la necesidad básica de vivienda de los Fonavistas que así lo requieran por su falta de acceso adecuado a este derecho fundamental, en los términos contemplados en los fundamentos 63, 66 y 67 de la presente Sentencia. Participaron los magistrados Álvarez Miranda, Urviola Hani, Vergara Gotelli, Beaumont Callirgos y Eto Cruz.
TRADUCCIÓN: Los aportes de los empleadores, el Estado y otros SÍ se deben pagar según lo escrito por el monto total que emana de la Autógrafa de Ley aprobada por el Congreso: S/35,698´770,025.45.
- El Poder Ejecutivo presentó Demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley 31173, Ley que garantiza el cumplimiento de la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19. El 14 de marzo del 2023 el TC se pronunció con Sentencia 86/2023 Expediente 00016-2021-PI/TC: Fundamento 60 (entre otros) “…debe devolverse el total actualizado de los aportes descontados a los trabajadores…”. Participaron los magistrados Morales Saravia, Pecheco Zerga, Gutiérrez Ticse. Domínguez Haro, Monteagudo Valdez y Ochoa Cardich.
TRADUCCIÓN: Solo se debe devolver los aportes descontados a los trabajadores que en Autógrafa del Congreso asciende a S/6,309´726,781.12.
El tema de fondo es la devolución a favor de los trabajadores del íntegro de los aportes hechos y es avalado por 2 magistrados que emitieron, en la última Sentencia de marzo, un Voto Singular, el Dr Gutiérrez Ticse que expresó: “…debe devolverse a los trabajadores el íntegro de los aportes al Fonavi”. Y el magistrado Ochoa Cardich quien dijo: “la demanda de inconstitucionalidad es fundada siempre que se interprete que la devolución de los aportes a que se refiere el artículo 2, literal b) de la Ley 31173 se destinará a un fondo colectivo y solidario, con el objeto de lograr la satisfacción de las necesidades básicas de vivienda…”.
Ahora la Comisión Ad Hoc tiene que chambear y determinar el marco Normativo Vigente y no andar prometiendo (como antaño) que se vienen cronogramas o pagos dado que no tienen fundamento alguno. También debe hacer cumplir la Sentencia del TC de hace 11 años.
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El Niño: aseguradoras se preparan para pagos que llegarían hasta inicios de 2027
Las pólizas pueden cubrir el valor de los activos y el lucro cesante, es decir, la utilidad esperada en los siguientes 12 meses, aunque los deducibles hacen que el asegurado asuma parte de los daños.
Las aseguradoras estiman que las indemnizaciones por El Niño se ubicarían entre S/3500 y S/5000 millones entre fines de 2026 e inicios de 2027, e incluirían infraestructura como irrigaciones, represas, centrales hidroeléctricas y sistemas de transmisión. Alberto Vásquez, gerente general de La Positiva Seguros, indicó que “esas son las indemnizaciones que se podrían alcanzar”, y que su compañía prevé desembolsar unos S/250 millones. Según el BCP, el daño económico total bordearía los S/16 000 millones, equivalentes a 0.5% del PBI en 2026 y 0.8% en 2027, aunque las indemnizaciones serían menores porque no toda la infraestructura está asegurada.
El escenario se ha vuelto más probable: el ENFEN elevó a 88% la probabilidad de un Niño Costero de magnitud extraordinaria en octubre (antes 82%), a 85% en noviembre y a 80% en diciembre, mientras que la de El Niño global muy fuerte en el Pacífico central es de 80% en octubre, 85% en noviembre y 83% en diciembre. Bernardo Klinge, director de seguros generales de Mapfre Perú, advirtió: “Vamos a tener miles de casos de afectados, sobre todo en viviendas, negocios y agro, con sequía en la sierra sur”.
Francisco Rodríguez Larraín, presidente de Apecose, explicó que la cobertura regular protege los daños patrimoniales y que algunas compañías también cubren el lucro cesante, es decir, la utilidad esperada en los siguientes 12 meses. Los deducibles, además, implican que el asegurado asume una parte de los daños aun cuando el bien esté asegurado. Mario Potestá, CEO de Rímac Seguros, propuso elaborar un mapa de brechas de protección del país.
Fuente: Gestión
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Reinfo cierra el 31 de diciembre: la CCL propone formalizar sin restar capacidad de sanción
El proyecto de ley de pequeña minería y minería artesanal del Minem prevé un régimen de consolidación temporal para inscritos con requisitos pendientes y acceso a servicios del Banco de la Nación.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) valoró que el proyecto de ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, impulsado por el Ministerio de Energía y Minas (Minem), fije el cierre definitivo del Reinfo el 31 de diciembre de 2026. La CCL sostuvo que el cierre debe marcar el inicio de una estrategia estatal efectiva contra la minería ilegal y no solo el fin de un mecanismo temporal. Para el gremio, el modelo separa a quienes buscan formalizarse de quienes quieren seguir operando al margen de la ley. Su presidente, Raúl Barrios Fernández-Concha, sostuvo: “Desde la Cámara de Comercio de Lima hemos señalado que el Reinfo no puede seguir prorrogándose indefinidamente”.
La propuesta contempla un régimen de consolidación temporal y excepcional para los operadores inscritos con requisitos pendientes, mientras que los nuevos deberán acogerse al régimen ordinario. Además, incluye acceso a servicios del Banco de la Nación, con el fin de mejorar la trazabilidad, así como reglas permanentes y mayor articulación institucional, según el Minem.
La CCL pidió que la nueva norma facilite la formalización sin debilitar la capacidad del Estado para sancionar las actividades ilegales, y ratificó su disposición a participar en el debate técnico del proyecto. En esa línea, Barrios Fernández-Concha enfatizó que “el país necesita seguridad jurídica, trazabilidad y una fiscalización efectiva”.
Fuente: Cámara de Comercio de Lima
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