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Julio Monar Arias / FFAA y PNP piden que Comisión de Defensa evalúe PL 3754-2022-CR
Hace 9 años un grupo de Oficiales y Sub Oficiales aguerridos y luchadores en situación de retiro, pertenecientes a las FFAA y PNP, crearon el 11 de febrero de 2014 la Asociación de Pensionistas Policial Militar “Grupo Coraje”, mayoritariamente afectados por el Decreto Legislativo 1133, emitido el 09 de diciembre del 2012, por el Gobierno de Turno para el ordenamiento definitivo del Régimen de Pensiones del Personal Militar y Policial.
Este abuso de poder negó el derecho a la pensión equivalente a miles de pensionistas del Decreto Ley 19846, por lo que se decidió luchar durante cinco (5) largos años hasta que el Congreso el 21 de noviembre del 2017 aprobó por insistencia la Ley 30683, que entró en vigencia el 01 de enero del 2018, reconociéndonos el derecho a percibir una Pensión Equivalente, como lo señala la Constitución Política del Perú.
Cabe resaltar que Anappomil Grupo Coraje fue la única Asociación de las FFAA y PNP en representar, como ahora, los intereses pensionarios como tercero coadyuvante en el proceso que entabló el Poder Ejecutivo contra el Congreso, por lo que participamos en la Audiencia llevada a cabo por el TC en la ciudad de Arequipa, destacando la participación del Ex Presidente de la Asociación el Cmdte PNP ® Fco. Quispe Pinto, del Cmdte. PNP ® José Ausejo, Loayza, y del Cmdte PNP ® Oswaldo Vásquez Ore quienes, acompañados por aproximadamente 200 pensionistas, entre los cuales sobresalía un gran luchador y hombre de bien el SOS PNP ® Marcial De la Cruz Moreno (F), también los SOS PNP ® Hermy Poma Cerna y SOS PNP ® Walter Izquierdo Sánchez incansables luchadores , todos ellos sufragaron sus pasajes y estadía hasta la Ciudad Blanca con su propio peculio, así como también gracias a la ayuda económica de otros colegas que por motivos de salud no viajaron como es el caso de la Sra. Mónica Huamán Morote, como también de la Sra. Soledad Saavedra Rojas. Debo agregar que en Arequipa el apoyo logístico estuvo bien organizado a cargo del Cmdte. PNP ® Héctor Pita Catalán así como también por parte de nuestro actual delegado el Cmdte. PNP ® Fco. Navarro Portocarrero y otros Oficiales y Sub Oficiales.
Hoy me honro en presidir la Asociación Nacional de Pensionistas Policial Militar Grupo Coraje, por lo que debo señalar a Uds. que soy testigo de excepción, que desde el 2019 en el Planeamiento de las gestiones a realizar, los Socios y Directivos solicitaban el pago de los devengados de la Ley 30683 que nos afectó por 5 largos años, desde el 01Ene2013 al 31Dic2017; sin que el Poder Ejecutivo haya cumplido con reparar el daño causado a los pensionistas, originando con ello una injusta e ilegal discriminación., sin embargo como ayer, también el TC. EP ® Luis Yica Garcia, Crnl EP Artillero ® Sandor Tamayo Ampuero, Crnl FAP ® Fredy Arias Portugal y otros Oficiales y Sub oficiales de las FFAA vienen luchando en este y otros temas por la reivindicación de los legítimos derechos de la Familia Militar y Policial.
Somos casi 100,000 mil pensionistas que luchamos y peleamos por un Perú libre del Terrorismo y de la DDCC por eso hoy solicitamos al Congreso por intermedio del Presidente de la Comisión de Defensa y Orden Interno, Dr. Diego Alonso Fernando Bazán Calderón para que se analice y evalúe en el seno de dicha Comisión el Proyecto de Ley 3754-2022-CR del 12 de diciembre 22, de la autoría del Dr. y Congresista Juan Bartolomé Burgos Oliveros, documento que reconoce el derecho de pago del diferencial de la pensión equivalente de la Ley 30683 al personal pensionista de la FF. AA. Y PNP que no percibió dichos ingresos en el periodo del 2013 al 2017.
Ciframos nuestras esperanzas para que el 10 de mayo del 2023, se analice y evalúe en la Mesa de Trabajo de la Comisión de Defensa nuestro pedido, y a sus integrantes solicitamos justicia para la Familia Militar y Policial.; finalmente debo agregar que no se dejen sorprender por personas que sólo desean figurar convocando por las redes sociales a un supuesto plantón frente al Congreso en esa fecha; la Asociación Nacional de Pensionistas Policial Militar Grupo Coraje es una sola y no efectuara ningún plantón ni marcha, agregando como tal, que se encuentra inscrita en la Partida No.13196838 Asiento A00003 Inscripción de Asociaciones de la Sunarp Sede Lima.
(*) comandante PNP en retiro y Presidente de la Asociación Nacional de Pensionistas Policial Militar “Anappomil – Coraje”.
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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos
Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.
A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.
Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.
El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.
Fuente: Gestión
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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales
El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.
El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.
En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.
Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.
Fuente: RPP
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