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Luis Giampietri Rojas / A veces sí a veces no
Esta parece ser la máxima que gobierna las decisiones del gobierno de la señora Dina cuando toma conocimiento de algún problema. En esta oportunidad me voy a referir a la infausta opinión que lanzó hace unos días, mencionando que podía ser la Jefe Suprema de la Fuerza Armada y PNP, pero que no tenía comando sobre ellas.
Suena un poco a trabalenguas, inconsistencia y quitada de cuerpo a su responsabilidad. El mando se entiende como una acción unificada, que es cierto, tiene dos acepciones que han sido distorsionadas a raíz de la sentencia que impusieron al ex presidente Fujimori cuando le aplicaron la teoría de autoría mediata de los hechos y por eso lo condenaron. Una de las acepciones es la responsabilidad y la otra es la culpabilidad.
La Jefe Suprema de la Fuerza Armada y PNP es responsable político de todas las órdenes que se dicten en relación con la Fuerza Armada y PNP y su desempeño a nivel nacional en el Frente Interno y a nivel internacional en el Frente Externo, y por eso se le entrega un bastón de mando y una insignia con cinco soles que son los símbolos de su mando.
Desde el momento en que la Fuerza Armada en ceremonia pública ejecuta el acto de reconocimiento de ese posicionamiento, la señora es responsable de sus actos en relación con la Fuerza Armada. La culpabilidad es un tema a discutir y normalmente está en manos del Ministro de Defensa, que es el que transmite en base a las indicaciones de la presidente las acciones que hay que tomar para cada situación.
En el caso del actual Ministro de Defensa, este ha asumido la cómoda posición del palo de balsa, es decir flotar en el ambiente y dejarse llevar por las olas del mar. No es esta una novedad, puesto que ha hecho lo mismo con la remediación a los daños causados por el Fenómeno del Niño y el tifón Yaku que nos azotó recientemente.
El ministro también se ha olvidado, no de ahora sino desde hace mucho tiempo, que la ley del CENEPRED dispone claramente que, dada las circunstancias de evento recurrente de El Niño, debe darse prioridad presupuestal anual, aunque no haya anuncio de un Niño, con la finalidad de ir mejorando la infraestructura nacional a fin de evitar inundaciones y desbordes en la costa, así como los huaicos, nevadas y granizos en la sierra.
No se va a terminar con esto en dos o tres años, tomará mucho tiempo antes de que el país se encuentre habilitado para hacer este tipo de autodefensa, pero hay que comenzar y eso no lo ha hecho el señor Ministro. Apuradamente han convencido a la presidente de enviar ayuda al Norte y han enviado un buque cargado de 500 toneladas de material, incluido tractores y máquinas retroexcavadoras, camiones volquetes, etcétera.
Yo he pasado 6 meses en caleta Cruz durante el fenómeno de El Niño de 1988 apoyando las operaciones del ex BAP Paita y cuando tuvimos la maquinaria en tierra nos fue casi imposible desplazarlas desde Caleta La Cruz a Tumbes, donde se necesitaban urgentemente, porque el río Tumbes se había desbordado totalmente y no había forma de hacer flotar a los tractores D-12 que son enormes y de varias toneladas de peso.
Como conclusión muchos de estos equipos no sirvieron para nada. Si en este momento se quiere hacer prevención ya no es tiempo de hacerla, entonces se declara la emergencia y cómodamente se ejecuta la remediación, que no tiene controles administrativos de ninguna clase o son pocos diría también y que puede llevar a hacer un mal gasto en muchos sentidos.
Pero volviendo al tema inicial de la que podríamos llamar renuncia a comandar a la Fuerza Armada de la Presidente de la República. Recuerdo que al ex presidente Fujimori se le quitó varias de sus funciones a través del Senado de la República en el año 93 y esa fue la razón, o una de las razones, por las cuales llevo a cabo el mal llamado auto golpe de estado de ese año, que técnicamente y en términos reales fue un contragolpe, puesto que el senado ya le había quitado varias de sus funciones y no le había entregado el presupuesto solicitado para el año 1993.
Quiero entender, con buena fe, que usted quiera mantenerse al margen de este tipo de problemas, no hay forma señora Dilma, es una obligación de su cargo y la tiene que asumir, no basta con que en reserva cite a los comandantes generales para decirles que sí, pero en público no cuenten con su respaldo, hágalo abiertamente pida disculpas como tantas veces lo ha hecho hasta ahora por temas intrascendentes, por este tema que es tan trascendente, puesto que significa la supervivencia de la democracia y el orden de la vida pública, pida disculpas y asuma plenamente su función como una uniformada, aunque usted no lo sea.
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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos
Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.
A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.
Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.
El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.
Fuente: Gestión
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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales
El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.
El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.
En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.
Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.
Fuente: RPP
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