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Normas Legales: otorgarán incentivos tributarios a peruanos que retornen al país – Diario Nacional Realidad.PE

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Normas Legales: otorgarán incentivos tributarios a peruanos que retornen al país – Diario Nacional Realidad.PE


Los peruanos que residen en el extranjero y que retornen al país podrán acceder a incentivos tributarios a fin de poder reinsertarse económicamente, de acuerdo a una ley oficializada por el Congreso.

Se trata de la Ley Nº 31827, que modifica la Ley de reinserción económica y social para el migrante retornado, publicada por el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Según la norma, se facilitará el retorno de los ciudadanos, independientemente de su situación migratoria, mediante incentivos y acciones de aquellos que contribuyan con la generación de empleo productivo o favorezcan la transferencia de conocimiento y tecnología, tras la crisis sanitaria internacional de la COVID-19.

Podrán manifestar por escrito ante la autoridad competente en el exterior o en el interior del país su interés de acogerse a los beneficios tributarios en un plazo máximo de 180 días calendario antes o después de su fecha de ingreso al país.

Para ello, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Los peruanos que deseen retornar al Perú que hayan residido en el exterior sin interrupciones por un tiempo no menor de 3 años.
b) Los peruanos que hayan sido forzados a retornar por su condición migratoria por el Estado receptor y que hayan permanecido en el exterior sin interrupciones por 2 años.

En ambos casos, el cómputo para el plazo exigido en el exterior no será afectado por las visitas realizadas por dichos connacionales al Perú que no excedan los 180 días calendario al año, sean estos consecutivos o alternados.

La autoridad competente expedirá una tarjeta que le permita al retornado solicitar los beneficios. La solicitud de acogimiento debe ser resuelta en un plazo no mayor de 30 días hábiles.

Los peruanos que se acojan a los beneficios tributarios estarán liberados por única vez del pago de todo tributo que grave el internamiento en el país de los siguientes bienes:

a) Menaje de casa hasta por US$ 50,000.
b) Un vehículo automotor, hasta por un máximo de US$ 50,000, según la tabla de valores referenciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), siempre que se cumpla con los requisitos previstos en la normatividad vigente.
c) Instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital, dispositivos médicos y demás bienes que usen en el desempeño de su trabajo, profesión, oficio o actividad empresarial, hasta por un máximo de US$ 350,000, siempre que presenten un perfil de proyecto destinado a un área productiva vinculada directamente al desarrollo de su trabajo, profesión, oficio o empresa que pretendan desarrollar en el país, o se trate de científicos o investigadores debidamente acreditados.

Los beneficiarios solicitan ante la Sunat los incentivos tributarios dentro del plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de su ingreso al país cuando hubiesen obtenido la tarjeta del migrante retornado en el exterior. Si la tarjeta del migrante retornado ha sido obtenida en el país, el plazo se computa desde la fecha de su emisión.

El Ministerio de Relaciones Exteriores y la Sunat atienden excepcionalmente al ciudadano peruano que, habiendo residido de forma consecutiva en el exterior el tiempo mínimo establecido, se ha visto imposibilitado de cumplir con el plazo para presentar por escrito su intención de acceder a la norma, con el plazo aduanero para solicitar los incentivos tributarios o con el período máximo para visitas al Perú, cuando acredite causas de fuerza mayor o hecho fortuito.

El ciudadano deberá proporcionar documentación emitida por una autoridad pública, una empresa de transporte internacional o certificación médica que acredite la situación que genera una atención extraordinaria.

La consideración sobre el tiempo máximo para visitas al Perú deberá ser proporcional al motivo que la genera y, para el caso de los plazos, la solicitud excepcional no puede ser presentada después de 30 días de culminada la situación que origina la excepción.

Importaciones

El Ministerio de Salud (Minsa), a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), autoriza excepcionalmente la importación de dispositivos médicos de uso en seres humanos al migrante peruano que haya residido en el extranjero y cuente con la tarjeta del migrante retornado, expedida por la Cancillería o sus oficinas consulares.

El migrante que importe dispositivos médicos de uso en seres humanos que utilicen fuentes de energía ionizante, maquinaria y equipos usados que utilicen fuentes radiactivas, la Digemid coordina con el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), a través de la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN), la emisión del informe correspondiente en un plazo de 3 días hábiles.

La ley precisa que las solicitudes que se encuentren en trámite a la vigencia de la norma publicada hoy continuarán su curso sin perjuicio del derecho del solicitante a desistir del procedimiento.

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El precio oculto del oro: economías armadas, violencia y poder en los territorios extractivos del Perú

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El precio oculto del oro: economías armadas, violencia y poder en los territorios extractivos del Perú

Roberto C. Parra[1]
Consultor forense internacional
Vocero de CONADEMI

De Pataz a las regiones auríferas de África, la expansión de economías criminales revela una transformación preocupante: la violencia puede convertirse en un instrumento para controlar recursos, territorios y trabajadores. En medio de estas disputas, las comunidades mineras tradicionales enfrentan riesgos crecientes y una protección institucional que necesita fortalecerse.

La riqueza mineral y las nuevas formas de violencia

La minería ha formado parte de la historia económica y social del Perú durante siglos. Particularmente, la minería artesanal constituye una actividad tradicional que proporciona trabajo, sustento e identidad productiva a numerosas comunidades. La legislación peruana reconoce su importancia como fuente de empleo y desarrollo en territorios económicamente vulnerables.[1]

Su reconocimiento no implica desconocer los desafíos ambientales, laborales y de formalización, sino distinguir una práctica económica legítima de las organizaciones criminales que utilizan la extracción mineral para obtener beneficios mediante la violencia.

El problema contemporáneo no radica simplemente en la existencia de actividades mineras informales, sino en la aparición de estructuras económicas con capacidad para financiar grupos armados, imponer mecanismos de coerción y disputar el control de yacimientos, galerías y rutas comerciales.

En estas circunstancias, el poder económico puede traducirse en poder territorial, mientras la violencia deja de ser un acontecimiento excepcional para convertirse en un instrumento de regulación criminal del mercado.

Pataz: una crisis que trasciende La Libertad

Pataz representa una de las expresiones más preocupantes de esta transformación. Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, el distrito registró una tasa de 315 homicidios por cada 100.000 habitantes, frente a un promedio nacional de 6,6, según el Instituto Peruano de Economía.[2] Aunque estas cifras no permiten atribuir automáticamente todos los homicidios a conflictos mineros, constituyen un indicador extraordinario de violencia letal.

El asesinato de 13 trabajadores vinculados a actividades mineras en 2025 evidenció la vulnerabilidad de quienes desarrollan sus labores en espacios donde existen disputas violentas por el control de recursos.[3]

Las consecuencias tampoco se limitan a Pataz. Las redes de transporte, comercialización, financiamiento y circulación de personas pueden extender los efectos de la criminalidad hacia otras provincias de La Libertad. La prensa ha documentado hechos violentos en Trujillo que involucraron a personas relacionadas con la actividad minera de Pataz.[4]

La magnitud del fenómeno obliga a evaluar si la región dispone de capacidades suficientes para prevenir ataques, investigar homicidios, proteger trabajadores y responder a las necesidades de las familias.

Pataz es, además, un ejemplo de una problemática nacional. Ananea, en Puno, e Inambari y Laberinto, en Madre de Dios, presentan también elevadas tasas de homicidios.[2] La coincidencia con territorios extractivos no demuestra causalidad, pero justifica investigar la relación entre economías criminales, disputas territoriales y mortalidad violenta.

El poder económico y la seguridad armada

Una dimensión especialmente sensible es la capacidad de determinados actores económicos para financiar mecanismos armados de protección o control.

En la minería ilegal, organizaciones criminales pueden emplear grupos armados para asegurar instalaciones clandestinas, controlar accesos, intimidar competidores o imponer pagos extorsivos. La violencia puede constituir así una inversión destinada a proteger beneficios económicos.[3]

En paralelo, las empresas mineras formalmente constituidas pueden contratar servicios privados de seguridad. Esta actividad es legítima cuando se desarrolla dentro del marco jurídico. Sin embargo, en territorios donde concurren distintos actores armados, la proliferación de dispositivos de seguridad plantea riesgos que exigen supervisión efectiva.

Es indispensable diferenciar los servicios legalmente autorizados de los grupos armados irregulares. La contratación de seguridad privada no constituye evidencia de criminalidad empresarial. Cualquier denuncia sustentada sobre vínculos entre operadores económicos y estructuras armadas ilegales debe investigarse independientemente.

En medio de estas relaciones desiguales, los trabajadores artesanales pueden quedar expuestos a amenazas, extorsiones y desplazamientos. Muchos carecen de recursos equivalentes para proteger sus actividades y terminan atrapados en conflictos que no controlan.

Zimbabue: la normalización de las muertes evitables

La experiencia de Zimbabue ofrece una perspectiva especialmente relevante. Melusi Nkomo, antropólogo e investigador afiliado al Departamento de Geografía de la Universidad de Zúrich, Suiza, y anteriormente investigador y docente del Programa de Estudios Africanos de la Universidad de Princeton, ha desarrollado investigaciones etnográficas sobre las relaciones entre minería, violencia, trabajo y poder político en África austral.

En su reciente estudio publicado en American Anthropologist (2026), Nkomo documenta cómo los derrumbes, explosiones, enfrentamientos entre grupos y deficiencias de infraestructura sanitaria constituyen riesgos recurrentes para las comunidades vinculadas a la minería artesanal en Kwekwe.[5] Su concepto de abandono calibrado (calibrated neglect) describe una modalidad de ejercicio del poder en la que la protección estatal se posterga frente a riesgos conocidos, mientras las autoridades intervienen selectivamente durante episodios de lesiones, muerte o duelo.

Su investigación plantea una pregunta fundamental para el Perú: ¿están nuestras instituciones organizadas para prevenir riesgos conocidos o principalmente para reaccionar cuando las tragedias ya han ocurrido?

No se trata de equiparar automáticamente las realidades de ambos países, sino de reconocer que la insuficiencia sostenida de protección, prevención e investigación puede contribuir a normalizar daños evitables y perpetuar condiciones de vulnerabilidad.

República Democrática del Congo: la economía de la violencia

Una segunda comparación proviene de la República Democrática del Congo, donde los conflictos armados han mantenido una compleja relación con el control territorial, la explotación de recursos naturales y los intereses económicos de diversos actores.

En The War That Doesn’t Say Its Name, Jason K. Stearns, investigador especializado en los conflictos de África central, analiza la persistencia de la violencia en el este congoleño y explica cómo determinados actores políticos y militares han desarrollado intereses materiales vinculados a su continuidad.[6] Su interpretación permite comprender que, bajo ciertas condiciones, el conflicto no solamente destruye riqueza: también puede generar beneficios para quienes controlan territorios, recursos y redes comerciales.

Durante más de ocho años de experiencia profesional en África, particularmente en la región de los Grandes Lagos de la República Democrática del Congo, he tenido la oportunidad de conocer de cerca las profundas consecuencias humanas de la violencia. Mi participación en investigaciones forenses relacionadas con presuntos crímenes internacionales, incluidos hechos de violencia sexual, tortura, masacres, asesinatos selectivos y enterramientos clandestinos, me ha permitido comprender la complejidad de estos escenarios, en los que convergen factores históricos, políticos, territoriales, económicos e institucionales. Estas experiencias constituyen observaciones profesionales desde la optica forense que invitan a un análisis integral y prudente, evitando atribuciones generalizadas sobre las motivaciones de los actores involucrados.

Si bien la realidad congoleña responde a circunstancias históricas y políticas distintas de las peruanas, ambas experiencias permiten reflexionar sobre una hipótesis relevante: en determinados contextos, los beneficios económicos asociados al control territorial y de recursos pueden generar incentivos que dificultan la reducción de la violencia y la consolidación de soluciones institucionales sostenibles.

Desde esta perspectiva, resulta fundamental que las investigaciones no se limiten a los hechos violentos y sus responsables directos, sino que también examinen, mediante evidencia verificable, las posibles redes de financiamiento, relaciones económicas y estructuras de poder que contribuyen a su persistencia. Comprender estas dinámicas constituye un paso esencial para fortalecer la prevención, la investigación científica y la administración de justicia.

El terrorismo de lucro, la crisis de la evidencia forense y la gobernanza institucional

En este contexto, la expresión terrorismo de lucro adquiere relevancia en el debate público peruano como concepto analítico para examinar determinadas manifestaciones de criminalidad organizada que recurren sistemáticamente a la violencia y la intimidación colectiva para obtener beneficios económicos, controlar mercados y ejercer dominio territorial.[7] Su utilización exige distinguir estas estructuras criminales de la minería artesanal y otras actividades extractivas, evitando generalizaciones que puedan comprometer derechos fundamentales o estigmatizar actividades productivas tradicionales.

La expansión de la criminalidad organizada plantea importantes desafíos para la justicia peruana, particularmente frente a las limitaciones que afectan la producción oportuna de evidencia forense confiable. El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML-CF) del Ministerio Público enfrenta brechas estructurales en infraestructura, tecnología, financiamiento, personal especializado y gestión de calidad. Como hemos señalado recientemente junto con otros colegas en un análisis comparativo de los sistemas forenses latinoamericanos (Parra et al., 2026), el sistema forense peruano enfrenta desafíos estructurales relacionados con la fragmentación institucional, la limitada articulación operativa y la ausencia de una estrategia nacional sostenible de gestión de la calidad forense, condiciones que evidencian la necesidad de fortalecer su gobernanza y desarrollo científico.[11]

La dimensión presupuestaria agrava estos desafíos. En 2026, el IML-CF contó con un presupuesto inicial aproximado de S/ 258,2 millones, mientras que en 2025 identificó necesidades adicionales por S/ 134,4 millones.[10] Como ejemplo, resulta preocupante que La Libertad, una región de considerable importancia económica y actividad extractiva, continúe enfrentando deficiencias en su principal sede forense de Trujillo, cuya infraestructura, equipamiento tecnológico y morgue requieren modernización. Esta situación evidencia la necesidad de articular el desarrollo económico regional con una inversión sostenida en capacidades científicas que permitan investigar eficazmente la violencia criminal y garantizar una justicia sustentada en evidencia confiable.

Superar esta situación exige una gobernanza forense moderna, financiamiento sostenible, innovación tecnológica, fortalecimiento del capital humano y sistemas de aseguramiento de la calidad, conforme a los principios de la Declaración de Sídney.[8] La cooperación internacional y la participación responsable del sector privado, mediante transferencia científica y mecanismos como Obras por Impuestos, pueden complementar los esfuerzos estatales, preservando la independencia pericial y la supervisión pública.[9]

Combatir la impunidad requiere fortalecer las capacidades científicas del IML-CF como institución estratégica para el Ministerio Público y la administración de justicia.

La fortaleza del Estado no reside únicamente en sancionar la criminalidad, sino también en su capacidad científica para esclarecer los hechos, combatir la impunidad y proteger los derechos de la sociedad en su conjunto.

Cuando el oro vale más que la vida

Las experiencias de Perú, Zimbabue y la República Democrática del Congo revelan, desde contextos diferentes, una preocupación común: la vulnerabilidad de las poblaciones cuando la riqueza extractiva convive con economías criminales, violencia organizada y capacidades institucionales insuficientes.

Pataz constituye una advertencia nacional sobre la necesidad de proteger las actividades productivas tradicionales, investigar las estructuras económicas que sostienen la violencia y superar las brechas del sistema forense peruano.

La respuesta exige una gobernanza institucional sólida, financiamiento sostenible, modernización tecnológica, cooperación internacional y participación responsable del sector privado, preservando siempre la independencia científica.

Fortalecer el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses resulta esencial para transformar los hallazgos científicos en evidencia confiable al servicio del Ministerio Público y la administración de justicia.

La verdadera fortaleza del Estado no reside únicamente en sancionar la criminalidad, sino en prevenir la violencia, esclarecer científicamente los hechos y garantizar que la vida, la justicia y los derechos de la sociedad prevalezcan sobre cualquier interés económico.

Notas y referencias

[1] Congreso de la República del Perú. (2002). Ley N.º 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal. Texto legal.

[2] Instituto Peruano de Economía. (2026). Cuatro de los diez distritos con más homicidios registran minería informal. IPE. Véase también Ardiles, A. (2026, 29 de septiembre). El mapa de los homicidios: Pataz alcanza una tasa de 315 asesinatos por cada 100 mil habitantes. El Comercio.

[3] Reuters. (2025, 7 de mayo). Grisly Peru mining murders spotlight ‘gold curse’ in the Andes. Reuters. Ministerio del Interior del Perú. (2025, 15 de mayo). Coordinación entre Policía Nacional de Perú y Colombia permitió captura de alias «Cuchillo». Gob.pe.

[4] Ardiles, A. (2026, 29 de septiembre). El mapa de los homicidios. El Comercio. Véase la referencia [2].

[5] Nkomo, M. (2026). Burying futures: Artisanal mining deaths and the politics of negligence in Zimbabwe. American Anthropologist. https://doi.org/10.1111/aman.70120

[6] Stearns, J. K. (2022). The war that doesn’t say its name: The unending conflict in the Congo. Princeton University Press. Editorial.

[7] Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (2026, 15 de septiembre). Ministro Álvarez: «El trabajo del INPE se comienza a solucionar con inteligencia llevada a cabo por expertos». Plataforma Digital Única del Estado Peruano. https://www.gob.pe/institucion/minjus/noticias/1444811-ministro-alvarez-el-trabajo-del-inpe-se-comienza-a-solucionar-con-inteligencia-llevada-a-cabo-por-expertos

[8] Roux, C., et al. (2022). The Sydney declaration – Revisiting the essence of forensic science through its fundamental principles. Forensic Science International, 332, 111182. https://doi.org/10.1016/j.forsciint.2022.111182

[9] Congreso de la República del Perú. (2008). Ley N.º 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y sus modificatorias. Marco normativo de Obras por Impuestos.

[10] Ministerio Público – Fiscalía de la Nación. (2025). Información presupuestaria y requerimientos para el fortalecimiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Documentación presentada ante el Congreso de la República del Perú.

Documento institucional: https://www.congreso.gob.pe/Docs/comisiones2024/cean-reforma-integral-sistema-admin/files/ofi_005407_mp_anexo_ru2035765-oficio-5407-2025-mp-fn-segfin-20250908.pdf

Ministerio de Economía y Finanzas. (2026). Consulta Amigable: información presupuestaria del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. https://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx

[11] Parra, R. C., Iannacone, G. C., Alvarez-Godoy, A. G., Castellanos, D., Garcia-Marroquin, R., & Vasquez-Guerrero, J. L. (2026). Latin America in forensic action: Quality standards alone do not provide an infallible quality assurance. En R. C. Parra & A. G. Alvarez-Godoy (Eds.), Forensic Science and Quality Management: Addressing the Era of Standardization in Challenging Environments (cap. 10, pp. 225–250). Wiley.

[1] Experto forense peruano con más de 25 años de experiencia internacional en África, Medio Oriente y Latinoamérica. Vinculado a las Naciones Unidas y exfuncionario del Comité Internacional de la Cruz Roja y del Ministerio Público peruano. Coeditor de Forensic Science and Quality Management: Addressing the Era of Standardization in Challenging Environments(2026), obra de referencia internacional publicada por Wiley bajo los auspicios de la American Academy of Forensic Sciences (AAFS). Especialista en gobernanza y fortalecimiento de sistemas forenses. Su proyecto doctoral en la University of Technology Sydney (UTS) busca fortalecer los sistemas forenses del Sur Global, especialmente en países afectados por la violencia y las limitaciones institucionales, mediante modelos de gobernanza, desarrollo de capacidades y movilización de recursos internacionales complementarios al financiamiento estatal. Más información: www.rcpforensics.com.

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Minsa ordena devolver más de S/ 404 mil a Alkofarma pese a cuestionamientos por contrato millonario

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Minsa ordena devolver más de S/ 404 mil a Alkofarma pese a cuestionamientos por contrato millonario

Una resolución de Cenares, organismo del Ministerio de Salud, dispone gestionar la devolución de una penalidad a la farmacéutica, cuestionada por el suministro de suero fisiológico de procedencia china.

La empresa Alkofarma E.I.R.L. vuelve al centro de la polémica luego de que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares), órgano del Ministerio de Salud (Minsa), reconociera la devolución de S/ 404,528.69 por una penalidad aplicada a la compañía.

La decisión consta en la Resolución Directoral N.° 202-2026-CENARES-MINSA, firmada el 23 de septiembre por Patricia Suárez Beyodas, directora general de Cenares, y sustentada en un acuerdo de conciliación.

El caso se produce en medio de cuestionamientos por una contratación superior a S/ 31 millones para el suministro de suero fisiológico importado de China, producto sobre el cual se reportaron observaciones técnicas, según investigaciones periodísticas.

Asimismo, el diario Del País denunció que la empresa habría sido favorecida con reconocimientos de deuda superiores a S/ 5 millones, además de la devolución de la penalidad.

Si bien la resolución acredita que Cenares reconoció el derecho a recuperar dicho monto, no confirma que el dinero ya haya sido desembolsado ni demuestra por sí sola una irregularidad.

El Ministerio de Salud debe esclarecer los fundamentos de estas decisiones, las observaciones realizadas al producto y las condiciones bajo las cuales se autorizó la devolución de la penalidad, en un caso que involucra millones de soles destinados a la salud pública.

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