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Nuevas autoridades subnacionales deberán decidir cómo tratar clausuras, concesiones y ordenanzas desde 2027

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Nuevas autoridades subnacionales deberán decidir cómo tratar clausuras, concesiones y ordenanzas desde 2027

Según ComexPerú, la Ley 31914 obliga a las municipalidades a verificar en 48 horas si un negocio subsanó las observaciones tras una clausura, y desde el 1 de julio de 2027 será obligatoria, de forma progresiva, la aplicación de instrumentos de calidad regulatoria.

ComexPerú planteó que las autoridades regionales y municipales elegidas en la jornada del 4 de octubre, que asumirán funciones en enero de 2027, prioricen una buena gobernanza regulatoria. Para el gremio, ello implica cumplir las normas, fiscalizar de manera adecuada, respetar los contratos y aprobar disposiciones debidamente sustentadas.

En materia de clausuras, la organización recordó que, según la Ley 31914, si el negocio subsana las observaciones y lo comunica formalmente, la municipalidad debe verificarlo en 48 horas, y recomendó no condicionar la reapertura al pago de multas. Añadió que el Indecopi declaró ilegal exigir un acta adicional para el levantamiento automático de una clausura temporal. Sobre los contratos de concesión y obras públicas, señaló que “Defender el interés público exige que se supervisen las obligaciones de ambas partes”, y que casos como el de Rutas de Lima muestran que el incumplimiento o la terminación de contratos puede derivar en procesos arbitrales y judiciales con costos pagados con recursos públicos.

El gremio recomendó capacitar a los funcionarios que aplican la ley, documentar los incumplimientos y evaluar alternativas antes de resolver un contrato o pedir su nulidad. También advirtió que “una ordenanza puede introducir requisitos incompatibles con la legislación nacional”, por lo que sugirió evaluar costos, consultar a los afectados y comparar alternativas antes de aprobarlas. Desde el 1 de julio de 2027 será obligatoria, de forma progresiva, la aplicación de instrumentos de calidad regulatoria en las entidades priorizadas.

Fuente: ComexPerú

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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos

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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos

Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.

A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.

Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.

El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.

Fuente: Gestión

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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales

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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales

El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.

El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.

En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.

Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.

Fuente: RPP

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