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Osiptel: Telefónica del Perú es la empresa más multada de los últimos 5 años – Diario Nacional Realidad.PE
Telefónica del Perú se convirtió en la empresa más multada por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), en los últimos cinco años, tras acumular sanciones superiores a los 157 millones de soles por cometer diversas infracciones a las normas legales y obligaciones contractuales, aplicadas a empresas operadoras del sector.
Las multas a Telefónica declaradas firmes por el Osiptel, a través de su Gerencia General (en primera instancia) y aquellas confirmadas por su Consejo Directivo (en segunda instancia), representaron el 41.71% de las sanciones aplicadas a todas las empresas operadoras en el último lustro, las mismas que sumaron 377.55 millones de soles.
En tanto, las multas aplicadas a Claro (72.20 millones de soles), Entel (65.05 millones de soles), Bitel (54.36 millones de soles) y otras empresas operadoras (28.48 millones de soles), representaron en conjunto el 58.29% del total.
Cabe señalar que, en aplicación de sus funciones fiscalizadora y sancionadora, este ente regulador impone sanciones y medidas correctivas, según corresponda, por el incumplimiento de obligaciones derivadas de las normas legales o de los contratos de concesión, y previo el desarrollo de procedimientos administrativos que respetan escrupulosamente las reglas del debido procedimiento.
Multas en el 2022
Solo en el 2022, el Osiptel impuso multas declaradas firmes administrativas por un total de 87.60 millones de soles (equivalentes a 19,044 UIT), a las empresas operadoras de los servicios de telefonía fija y móvil, televisión de paga e internet.
Es así que, durante el pasado año, las multas impuestas se debieron a la inconducta de las empresas operadoras respecto a la interrupción y disponibilidad del servicio (17.73 millones de soles), entrega de información al Osiptel (16.62 millones de soles), terminales robados (11.54 millones de soles), indicadores de calidad (9.53 millones de soles), compromisos de mejora (8.56 millones de soles), devoluciones (4.75 millones de soles), venta ambulatoria (4.61 millones de soles), entre otras.
El monto acumulado por multas impuestas a Telefónica del Perú fue el más alto respecto al resto de empresas operadoras, totalizando 43 millones de soles en multas (9348.33 UIT), seguido por los 16.55 millones de soles de multas aplicadas a la operadora Entel. Entre ambas empresas concentraron el 68% del total de multas firmes.
El 32% restante correspondió a los montos generados por las multas impuestas a Claro (11.73 millones de soles), Bitel (9.08 millones de soles) y otras empresas (7.25 millones de soles).
Incumplimientos
A nivel de mayores montos concentrados por conducta y empresa operadora multada, resaltó Telefónica del Perú por no cumplir con las obligaciones derivadas de la normativa de interrupciones y disponibilidad del servicio (16.43 millones de soles) y entrega de información al Osiptel (6.86 millones de soles).
En el caso de Entel, estas correspondieron al incumplimiento en la entrega de información al Osiptel (4.86 millones de soles) y portabilidad (3.15 millones de soles). Por su parte, Claro fue multada por temas vinculados a terminales robados-RENTESEG (4.23 millones de soles) y Bitel fue por no cumplir con los indicadores de calidad (5.55 millones de soles).
Cabe señalar que los recursos obtenidos por las multas impuestas a las empresas operadoras por Osiptel no constituyen ingresos para el regulador, sino que son destinados al fondo de inversión en telecomunicaciones administrado por el Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), organización que promueve el acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales para las poblaciones rurales, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos
Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.
A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.
Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.
El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.
Fuente: Gestión
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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales
El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.
El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.
En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.
Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.
Fuente: RPP
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