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Por: Dennis Falvy / El FEF que preside Velarde por años: nada que ver con el FEES chileno
El Fondo de Estabilización Fiscal (FEF) llegó a tener como US$ 9,100 millones y el gobierno de Humala con su ministro Segura le empezó a meter trinche a la mala, pues creían que la Fujimori ganaba la presidencia y esta Sra dijo abiertamente en una CADE, supongo, con el asesoramiento del legendario economista Cuba quien la asesoraba, que lo utilizaría en gran parte.
Y es así que empezaron a usarlo con dispositivos legales con el VB de su presidente Julio Velarde, quien jamás lo rentabilizó adecuadamente como su homólogo el FEES chileno, y llegó el momento que incluso el gobierno de PPK, vía Zavala, también lo utilizó y luego unos US 5,500 millones fue usado en la pandemia y graciosamente la ministra calichina Alva, salió orondamente a los medios a decir que se había ganado con su conversión a soles un montón en la diferencia de cambio.
El caso es que si ud va al cuadro N- 23 de la Nota Semanal del BCRP, se dará con la sorpresa que en el año 2020 y 2021 ese FEF no tenía sino un millón y 4 millones de dólares respectivamente.
En el II trimestre del 2022, le asignan US$ 1500 millones. Y, en abril de este año el FEF sube a US$ 3,199 millones. Hace unos días el de” Punche Perú”, es decir ese gordito despistado del MEF, señaló que ello se hace para fortalecer la resiliencia de la economía peruana y otras lindezas.
Aceptó que durante la pandemia se tuvo un uso excepcional del FEF por cerca de US$ 5,500 millones para financiar una parte de las demandas de gasto destina-das a la prevención y contención del covid-19, así como para la reactivación económica y la atención de los gastos previstos en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2020.Dijo asimismo que luego de ello, los recursos en el FEF se redujeron significativamente a 4 millones de dólares al cierre del 2021 y en 1,500 millones a finales del 2022.
Hace un lapso, el Dr Jorge Baca, publicó un post sobre el comportamiento del FEF: http://www.prediceperu.com/ Linterna de popa 366.
Luego el ministro Francke del MEF, señaló que destinaria el equivalente a US$ 4,500 millones al FEF. Cosa que no cumplió, pero emitió soberanos que entendemos gran parte fue para financiar obras que le requirió Castillo y que está en investigación por el Ministerio Público.
Esa transferencia, anunciada que representaba alrededor de 2% del PBI, no se dio; pero claro el MEF, señaló que la recuperación de los ahorros fiscales del país se lograría gracias a la significativa actividad económica registrada en el 2021.
La justificación de los US$ 1500 millones de los US$ 4500 millones anunciados, se dijo que fue el, ahorro resultante de los abultados ingresos tributarios recibidos en el 2021 y el bajo nivel de ejecución del presupuesto en ese año.
Y se señaló que la diferencia de lo asignado al FEF, fue transferida a la Reserva Secundaria de Liquidez (RSL), que es un instrumento financiero creado por el MEF en el 2012 y reglamentado en el 2015 para utilizar los recursos de libre disponibilidad al final de cada año fiscal y limitado al 1.5% del PBI.
Estos recursos están destinados a financiar el déficit fiscal. Es decir, este RSL financia el presupuesto del año en curso, utilizando excedentes del año anterior para reducir la necesidad de recurrir a endeudamiento adicional.
Baca en el post que referimos, mostró que sólo había un 0.8% del FEF, relacionado al PBI, cuando en el 2014 era 4.8%. Para cerrar la brecha habría que elevar la deuda en 4%, es decir emitir más soberanos.
Un pie de página de este “recordaris” necesario a mi juicio, es que este FEF siempre ha sido presidido por Velarde que jamás han hecho nada junto con el ministro del MEF y una persona que asigna el Primer Ministro para rentabilizarlo.
Recomiendo que vayan al Google y vean el comportamiento del Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES) que contiene hoy como US$ 10,000 millones y que ya ha sido utilizado por terremotos que asolaron a Chile.
Verán allí la enorme diferencia y manejo con el FEF de Velarde. ¿Para qué decir más? Si este laureado presidente del BCRP hasta usa de mala forma un campanazo de Wall Street para darse la parte. ¡Qué Roche!
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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos
Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.
A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.
Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.
El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.
Fuente: Gestión
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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales
El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.
El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.
En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.
Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.
Fuente: RPP
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