Especiales
«Responsabilidad Penal de los Adolescentes en el Sistema Jurídico Penal Peruano».
Mayoría de Edad Debe Ser a los 16 Años
“Responsabilidad Penal de los Adolescentes en el Sistema Jurídico Penal Peruano”.
Por: Dra. Carmela De Orbegoso
Doctora en Derecho.
Magister en Derecho Penal.
En las sabias palabras del gran jurista español don Luis Jiménez de Azua, puestas en relieve en su obra cumbre” La Ley y el Delito” y para quien la doctrina del derecho cambia y se tiene que adecuar de acuerdo a los tiempos y que yo encuadro en este título que fuera materia de mi libro con proyecto de ley presentado en el Congreso de la Republica respecto a las conductas criminales de adolescentes que se han vuelto hasta feminicidas en la actualidad.
La Ciencia Penal del Derecho ha evolucionado notablemente en el estudio de las ciencias conexas, quedando relegada la teoría penal clásica siendo la penalidad la fuerza coercitiva de la ley y se tiene que adecuar al Siglo XXI de acuerdo a un nuevo modelo y escala del delito en las edades.
Solo así la penalidad será la respuesta de acuerdo al espacio y tiempo histórico que hoy vivimos y esta tesis que proclama la defensa de la vida y el orden social, sustenta que los jóvenes a partir de los dieciséis años tienen plena convicción jurídica cuando quebrantan la ley debiéndose ajustar la penalidad para reprimir el delito juvenil.
“La Política”
Aristóteles en su obra magna “La Política” señala: “La virtud social es la justicia y todas las demás vienen necesariamente después de ella y como consecuencias”.
Tambien sabiamente y siguiendo a Aristóteles nos dice Santo Tomas de Aquino en su obra “Suma Teológica”: “Para aquellos jóvenes que, merced a un natural bondadoso o la buena educación o tal vez con mayor verdad, aun donde el cielo se sienten propensos a los actos de virtud, bastará la disciplina paterna a base de amonestaciones; pero para aquellos otros que son de un natural protervo, que propenden a los vicios, para quienes resulta ineficaz toda persuasión y buen consejo, se hace de todo necesaria la coacción y la amenaza de castigo para que cesen en la práctica del mal”.
De todo lo dicho anteriormente nos preguntamos entonces ¿Cuál es la línea que divide el conocimiento del delito o el crimen entre los 16, 17 y 18 años? En las encuestas y en los récords policiales cada vez son mayores las cifras de adolescentes juveniles delincuentes que componen el crimen organizado y entre otros delitos mayores como comercializar drogas, violar, matar, secuestrar, se ha sumado en los últimos años, el delito de feminicidio.
Sistema de justicia juvenil
Por ello, es necesario evaluar seriamente el sistema de justicia juvenil en nuestro país, pues el derecho penal tiene como función esencial la protección de la vida humana y de bienes jurídicos no solo de manera individual, sino tambien de la sociedad en su conjunto, lo cual implica que toda persona deba ser sancionada, previo un proceso justo y con el respeto de las garantías procesales de acuerdo a los hechos. Las leyes deben ser reguladas y ordenadas, pues para todo tipo de delito mayor o menor en el delincuente juvenil en una infracción y no un delito.
El Estado y su atención, está en las vacunas del COVID-19 lo cual aplaudimos, pero aparentemente estuvo más inmerso en el tema electoral, y el Ministerio de la Mujer ha descuidado totalmente las políticas preventivas en la defensa a la Mujer y a nuestras Adolescentes contra el feminicidio.
En las últimas 48 horas han sucedido 3 casos de feminicidio y de acuerdo a las estadísticas, el 2021 se inició con 62 feminicidios de víctimas cuyas edades fluctúan entre 18 y 35 años, y siendo por demás desgarrador saber también que de estos crímenes han quedado 67 menores en la orfandad, y muchos de estos niños huérfanos mendigando por las calles y en un futuro incierto para sus vidas.
Tenemos también que, en el año 2,020, se registraron más de 5,500 denuncias de mujeres desaparecidas de las cuales 1,686 son adultas y 3,835 son menores de edad.
La Pandemia
Es alarmante y muy preocupante este número tan alto de mujeres desaparecidas en dicho año, pues nos encontrábamos en un contexto de aguda Cuarentena por la Pandemia donde se supone que se encontraban en un espacio más seguro que significaban sus hogares, pero con muchísima pena y desconcierto llegamos a la triste conclusión que la Pandemia también agudizó la violencia contra la mujer.
Al terminar este artículo, me enteré por las noticias que un adolescente de 16 años envenenó a su enamorada de 14 años porque estaba esperando un hijo, y podemos apreciar con horror y temor que existen una variedad de delitos nunca antes vistos en esta discriminación a la mujer pues ya no existe edad, raza, ni credo, que se respete para cometer estas atrocidades.
Con la exposición de las variantes y la tipicidad de los actos y conductas punitivas, está demostrado que la mayoría de edad debe ser a los 16 años pues asi como le son reconocidos derechos en el Código Civil bien tendrían que responder por sus delitos cometidos.
Después de todo… ¡La Ley educa, la Ley reprime!
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