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Barcelona sin 9: Lewandowski no estará contra el Real Madrid por la Copa del Rey

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Barcelona sin 9: Lewandowski no estará contra el Real Madrid por la Copa del Rey


Luego de la derrota con el Almería, Robert Lewandowski fue revisado por el cuerpo médico blaugrana. Los exámenes reportaron una sobrecarga en el muslo izquierdo. Así, el polaco no podrá jugar ante los merengues.

El Barcelona termina una mala semana de la peor forma posible. Y es que, a la par que debe afrontar la eliminación en la Europa League cortesía del Manchester United y la derrota ante el Almería por la Liga Santander, el cuadro de Xavi no contará con Lewandowski.

Su máxima garantía en la delantera no podrá disputar el choque de ida ante el Real Madrid, máximo rival de los culés, por la Copa del Rey. Mediante la página web del Barça, el cuerpo médico ha hecho pública la situación del polaco tras perder en el Power Horse Stadium.

“El jugador del primer equipo Robert Lewandowski tiene una sobrecarga en el bíceps femoral del muslo izquierdo. Es baja y su evolución marcará su disponibilidad”, informa el comunicado.

Quien se perfila para ser el reemplazo de ex Bayern Múnich es Ansu Fati, canterano de 20 años que no jugó ante el Almería por dolencias físicas. Xavi también cuenta con la alternativa de Ferran Torres, ex delantero del Manchester City.

La baja de Lewandowski se suma a la de Pedri y Dembélé, quienes también son piezas claves del 11 titular. Ninguno de ellos estuvo en las últimas derrotas del equipo azulgrana. Con este panorama, el Barcelona buscará eliminar al Real Madrid para seguir en competencia.

Respecto al actual rendimiento de sus dirigidos, Xavi Hernández ha crítica la falta de agresividad y, sobre todo, de actitud. No tuvo reparos en afirmar que la derrota ante el Almería fue la peor derrota de toda la temporada.

“Si no tienes alma, no puedes jugar en el Barça”, sentenció el entrenador español.

El clásico se jugará el próximo martes 2 de marzo a las 3 de tarde (hora peruana). El encuentro de vuelta será el 5 de abril en el Spotify Camp Nou.

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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