Connect with us

Viral

Congreso: Comisión aprueba dictamen para ampliar retiro de la CTS hasta diciembre de 2024 – Realidad.PE

Limaaldia.pe

Published

on


La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que preside el parlamentario Pasión Dávila (Bloque Magisterial), aprobó por mayoría una iniciativa que tiene como objetivo autorizar la libre disposición de la compensación por tiempo de servicios (CTS, a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia y la actual crisis económica que atraviesa el país.

Durante la sesión descentralizada llevada a cabo en la vispera en Arequipa, en el local del Sindicato de Trabajadores de la minera Cerro Verde, se debatió el dictamen recaído en los proyectos 5009/2022-CR, 5185/2022- CR y 5311/2022-CR, que propone ampliar la vigencia de la Ley 31480, la cual autoriza la libre disposición de dichos fondos.

La propuesta de ley plantea que los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Decreto Supremo 001-97-TR puedan, hasta el 31 de diciembre de 2024, disponer libremente del 100% de los depósitos por concepto de CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

Culminada la intervención de los representantes, la iniciativa de ley fue aprobada por mayoría con 9 votos a favor y 3 abstenciones.

Servicio de voluntariado

Asimismo, se debatió el dictamen recaído en los proyectos 5664/2023-CR, 5768/2023-CR y 5999/2023-CR, que proponen modificar la Ley 28238, Ley General del Voluntariado, a fin de reconocer el servicio de voluntariado como experiencia laboral o prácticas preprofesionales.

La propuesta contempla modificar el artículo 11° de la mencionada norma, así como el artículo 110, en el acápite de la certificación, donde se señala que cuando el voluntariado se realice en materia relacionada con la carrera técnica o universitaria del voluntario, el certificado sirve para acreditar prácticas pre profesionales o de instituto.

Si el voluntariado es en materia no relacionada a la carrera técnica o universitaria, solo se acredita experiencia laboral general. Se señala que, en ambos supuestos, es de aplicación la Ley N° 31396.

Al respecto, el parlamentario Raúl Huamán Coronado (Fuerza Popular), resaltó la importancia de la iniciativa de ley, señalando que ello permitirá motivar e incentivar el aporte de los jóvenes a los trabajos y temas vinculados al voluntariado en nuestro país. La legisladora Noelia Herrera Medina (Renovación Popular), coincidió con ello y dio a conocer su apoyo.

Al término del debate, la propuesta de ley fue aprobada por unanimidad, con 12 votos.

En la última parte de la sesión de la Comisión de Trabajo se debatió el dictamen recaído en el proyecto de ley 5706/2023-CR, que propone derogar el artículo 21 de la Ley 31188, Ley de negociación colectiva en el sector estatal.

Visitas 11



Source link

Continue Reading
Comments

Actualidad

JEE LIMA OESTE 3 RECIBIRÁ INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR LIMA METROPOLITANA

Limaaldia.pe

Published

on

Conforme a las competencias asignadas por el Pleno del JNE

A fin de garantizar el adecuado desarrollo de las materias y procedimientos que comprenden las Elecciones Generales 2026

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 será el encargado de recibir las solicitudes de inscripción de candidatos a diputados que cuenta con un total de 32 escaños por Lima Metropolitana en el marco de las Elecciones Generales 2026, conforme a las competencias definidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N.° 0624-2025-JNE.

De acuerdo con la norma, el JEE Lima Oeste 3, con sede en el distrito de Santiago de Surco, tendrá a su cargo la calificación de listas y postulantes, la fiscalización y el procedimiento sancionador respecto de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, así como la resolución de tachas y exclusiones.

Asimismo, ejercerá el procedimiento sancionador establecido en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas y la resolución, en primera instancia, de los pedidos de nulidad total vinculados a esta elección dentro del distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana.

La determinación de competencias se produce en el contexto del proceso de inscripción de candidaturas, cuya fecha límite es el 23 de diciembre. En este marco, el JEE Lima Oeste 3 asume un rol central para el distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana, uno de los más numerosos del país.

El JNE precisó además que los JEE mantienen sus funciones plenas para resolver expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestas electorales, apelaciones contra lo resuelto por las mesas de sufragio sobre impugnaciones de votos e identidad de los electores, pedidos de nulidad, actas electorales observadas, así como para determinar los casos en los que procederá el recuento de votos dentro del ámbito territorial de su respectiva circunscripción de justicia electoral.

Cabe precisar que, el JEE de Lima Centro 1 tendrá como competencia principal recibir las solicitudes de inscripción de fórmulas presidenciales, así como de tramitar la renuncia y retiro de candidatos. En tanto, el JEE Lima Oeste 2 se encargará de la recepción de solicitudes de inscripción de listas de senadores de distrito electoral único.

Continue Reading

Actualidad

JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA OESTE 3 SE INSTALA PARA LAS ELECCIONES GENERALES 2026

Limaaldia.pe

Published

on

Impartirá justicia electoral en primera instancia

Asume funciones de supervisión y resolución de expedientes clave para el proceso electoral del 12 de abril.

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 inició formalmente sus funciones para impartir justicia electoral en primera instancia y resolver expedientes vinculados con propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad de los funcionarios, con miras a las Elecciones Generales (EG) 2026.

Este órgano electoral comprende las jurisdicciones de Barranco, Chorrillos, La Molina y Santiago de Surco, y tiene como propósito consolidar un proceso electoral justo e imparcial.

El Pleno del JEE Lima Oeste 3 está conformado por Víctor Jimmy Arbulu Martínez, presidente y representante de la Corte Superior de Lima; Clara Mercedes Cahua Gutiérrez, segundo miembro en representación de la Junta de Fiscales Superiores de Lima, y Roberto Eduardo Vázquez Soriano, tercer miembro, representante de los ciudadanos.

Son las principales responsabilidades del JEE Lima Oeste 3 dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades jurisdiccionales, fiscalizadoras y administrativas en su jurisdicción. Esto garantiza que se respete la voluntad popular y que las campañas electorales se desarrollen bajo los principios de legalidad, equidad y transparencia.

Es importante señalar que este órgano electoral temporal opera bajo el respaldo del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales, que establece los procedimientos necesarios para asegurar un proceso transparente y equitativo, en línea con los principios constitucionales que rigen la democracia en el país.

La sede del JEE Lima Oeste 3 se encuentra en la Urbanización Las Gardenias, en la calle Jr. Morro Solar N° 1352, Santiago de Surco. La atención al público está disponible de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., y los fines de semana de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

Continue Reading

Trending

Copyright © 2014 - 2023 Limaaldia.pe Es operado por CC Multimedios. | Todos los titulares mostrados en esta página son leídos desde los RSS de los respectivos medios. Limaaldia.pe no tiene responsabilidad por el contenido de dichos titulares, solo se limita a mostrarlos. Si su medio no desea que sus RSS sean publicados en este portal, escríbanos a [email protected]