Actualidad
Prohíben a magistrados realizar proselitismo político –
La prohibición de proselitismo abarca a jueces, fiscales y personal jurisdiccional.
El Código de Conducta del Poder Judicial ha establecido una prohibición estricta que impide a jueces, fiscales y personal jurisdiccional realizar proselitismo político o solicitar beneficios indebidos utilizando recursos e infraestructura estatal, de cara a las Elecciones 2026.
La nueva disposición, presentada por la presidenta Janet Tello Gilardi, busca garantizar la neutralidad, independencia e imparcialidad del sistema de justicia, extendiendo estos criterios a funcionarios y servidores judiciales. Su incumplimiento conlleva el inicio de un procedimiento disciplinario.
Alcance y restricciones del código de conducta
La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, presentó formalmente esta disposición en el I Encuentro Nacional e Internacional sobre Integridad y Lucha contra la Corrupción, realizado en Lima.
El Código establece que la prohibición de proselitismo político se aplica a favor o en contra de cualquier organización o candidato, e incluye el uso de funciones, infraestructura, bienes o recursos públicos. Además, la norma alcanza a jueces, juezas, personal jurisdiccional, funcionarios, personal de alta dirección y servidores judiciales, sin importar su régimen laboral. También se prohíbe explícitamente efectuar propaganda política en horario de trabajo, convocar a reuniones de índole partidaria o solicitar aportes para campañas.
Énfasis en la neutralidad y la prohibición de ventajas
El documento hace hincapié en la imparcialidad, independencia y neutralidad como conductas esperadas. Las decisiones judiciales deben ser objetivas y no pueden responder a presiones políticas o económicas. Se prohíbe emitir opiniones que revelen preferencia política durante el ejercicio de las funciones o usar el cargo para promover causas personales o políticas dentro de la institución.
En el ámbito de las ventajas indebidas, el Código prohíbe solicitar o aceptar beneficios personales o para terceros mediante el ejercicio del cargo. Se veta expresamente recibir dinero, bienes o cualquier tipo de ventaja para acelerar trámites o direccionar el resultado de un pronunciamiento judicial. También se proscribe utilizar el cargo para obtener empleos o beneficios en instituciones públicas o privadas, y aceptar capacitaciones o viajes financiados por empresas que sean proveedoras del Poder Judicial.
Otras prohibiciones y conductas esperadas
El instrumento normativo también censura el uso y la difusión de información privilegiada para beneficio propio o de terceros, y prohíbe mantener relaciones o aceptar situaciones que generen conflicto de intereses. En cuanto a las conductas internas, sanciona acciones que alteren el normal desarrollo laboral, como el consumo de alcohol o estupefacientes en el centro de trabajo, y reprueba el acoso, hostigamiento o amenazas que afecten la dignidad de otros servidores.
Las conductas esperadas detallan que los magistrados y el personal están obligados a adoptar decisiones objetivas basadas en evidencias, actuar sin discriminación, aplicar criterios de ética y transparencia, cumplir directivas, evitar retrasos injustificados, y rechazar influencias externas.
El incumplimiento de estas disposiciones da lugar al inicio de un procedimiento disciplinario. Cualquier persona natural o jurídica tiene la obligación de reportar actos que vulneren el Código a la Unidad de Integridad Institucional. Adicionalmente, todos los servidores del Poder Judicial deberán suscribir la “Declaración Jurada de compromiso de cumplimiento del Código de Conducta del Poder Judicial”.
Este Código se enmarca dentro de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y las disposiciones de la Secretaría de Integridad Pública (SIP).
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Vendedora de golosinas es asesinada en los alrededores de Plaza Norte –
De un disparo frente a su hermana fue asesinada una vendedora de golosinas, identificada como Alondra Aquino Huanca (22), en la avenida Alfredo Mendiola, cerca del ingreso vehicular del Centro Comercial Plaza Norte, en el distrito limeño de Independencia.
Según información policial, alrededor de las 4 y 50 de la mañana, la vendedora de golosinas se encontraba en su puesto atendiendo a los viajeros que llegan a dicho punto para realizar el conocido «Full Day».
La joven continuaba con sus ventas cuando un delincuente abordo de una motocicleta, vestido con una polera blanca y pantalón gris oscuro, hizo disparos contra la víctima.
El delincuente cruzó la avenida Panamericana Norte y subió una motocicleta con destino al centro de la capital.
De acuerdo con el acta policial, la hermana de la víctima descartó un caso de feminicidio, ya que no tenía pareja; además, según su declaración, al momento del disparo ella «observó a dos sujetos que trabajan como choferes de colectiveros informales, quienes se dieron a la fuga».
La policía presume que los autores del hecho serían colectiveros informales que realizan servicios en el lugar» y sería de una empresa que era la competencia en donde «trabajaba la víctima», señalando a dos personas «de nacionalidad venezolana» como presuntos responsables del hecho.
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Condenan a chofer informal por agredir a un fiscalizador de la ATU en San Borja –
El Poder Judicial impuso la medida por el delito de violencia contra la autoridad y fijó un monto de reparación civil a favor del trabajador afectado.
El Poder Judicial condenó este sábado a 2 años y 6 meses de prisión suspendida a un chofer informal que agredió a un fiscalizador de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) en San Borja. Además, el fallo judicial ordena al sentenciado pagar una reparación civil económica tanto a la institución como al colaborador afectado.
El ataque se registró el pasado 27 de mayo en la Vía Expresa de la avenida Javier Prado Este, a la altura del Ministerio de Cultura. En ese punto, el inspector intervino un vehículo informal de placa BLZ-207, desatando la violenta reacción del conductor, quien lo agredió físicamente.
Ante la agresión, un agente de la Policía Nacional (PNP) que resguardaba el operativo intervino de inmediato, detuvo al sujeto y lo trasladó a la comisaría del sector. Posteriormente, la Fiscalía lo procesó por el delito de violencia contra la autoridad para la administración pública.
Apenas 48 horas después del incidente, se instaló la audiencia donde el acusado admitió su culpabilidad y se acogió al mecanismo de terminación anticipada, lo que aceleró la emisión de la sentencia.
A través de un comunicado, la ATU destacó que este fallo marca un precedente clave contra las agresiones que padece su personal en la lucha contra el transporte informal. Finalmente, la entidad ratificó su compromiso de mantener los operativos en Lima y Callao, junto a la PNP, para asegurar un servicio público formal y seguro.
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