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Estos son los 9 postulantes aptos para la elección del nuevo miembro del TC – Diario Nacional Realidad.PE
Esta semana la Comisión Especial del Congreso encargada del proceso de selección de candidatos aptos para asumir el puesto vacante de magistrado del Tribunal Constitucional (TC) reincorporó a dos postulantes, sumando así nueve aspirantes a dicho cargo. Resumimos a continuación parte de la trayectoria de todos ellos.
Justo Balmaceda
Este docente universitario, actual decano de la Facultad de Artes y Humanidades de la Universidad de San Ignacio de Loyola, es doctor en derecho de la Universidad de Navarra, España.
Luis Carrasco
Docente universitario y abogado con grado de doctor en la Universidad Nacional de Piura. Postuló al Congreso por el partido Unión por el Perú en las elecciones parlamentarias de enero del 2020.
Evelia Castro
Abogada graduada en la Universidad de Lima, master en derecho civil y comercial y doctora en derecho de la persona y familia. Ha laborado como coordinadora en el Poder Judicial.
Yolanda Gallegos
Abogada, doctorada en derecho de la Universidad Nacional Federico Villareal y con una maestría en la Universidad Particular de San Martín de Porres. Fue una de las aspirantes que fue reincorporada al proceso de selección esta semana.
Pedro Hernández
Ha laborado como asesor jurisdiccional en el TC. Además, ha trabajado en el Ministerio Publico, el Congreso, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Ceplan, el Reniec y en los municipios de Lima, La Molina y Miraflores.
Walter Luque
Abogado que se ha especializado en casos de violencia familiar. Graduado en derecho y ciencias políticas en la Universidad de San Martín de Porres, con una maestría en derecho constitucional en la Universidad Federico Villareal.
Wilber Medina
Abogado egresado de la Universidad de San Martín de Porres y doctor por la Universidad Complutense de Madrid. Fue candidato al Congreso por el Partido Aprista y se le recuerda por su papel de abogado del expresidente Alan García.
Hernando Montoya
Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Trabajó en Indecopi como miembro de las comisiones de Procesos Concursales y de Protección al Consumidor.
María del Pilar Tello
Docente universitaria. Abogada por la Universidad Mayor de San Marcos. Presidió el Instituto de Radio y Televisión del Perú y el directorio de Editora Perú en el segundo gobierno aprista. Fue otra postulante reincorporada esta semana.
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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos
Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.
A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.
Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.
El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.
Fuente: Gestión
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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales
El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.
El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.
En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.
Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.
Fuente: RPP
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