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Perú asume la Secretaría General de la Comunidad Andina

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Perú asume la Secretaría General de la Comunidad Andina


El embajador Gonzalo Gutiérrez fue el encargado de recibir este puesto durante la celebración de la ceremonia

El embajador Gonzalo Gutiérrez asumió la Secretaria General de la Comunidad Andina (CAN). El evento también contó con la participación de Juan Carlos Mathews, ministro de Comercio Exterior y Turismo e Ignacio Higueras, viceministro de Relaciones Exteriores.

La ceremonia se llevó a cabo el viernes 1 de septiembre. Estuvieron presentes parlamentarios andinos peruanos, la secretaría del Organismo Andino de Salud, embajadores de los países andinos, autoridades de la Cancillería, del ministerio de Comercio y funcionarios de la CAN.

Asimismo, Gutiérrez brindó un agradecimiento a los representantes de los países miembros por su respaldo a la candidatura del Perú, para guiar mediante su persona la Secretaría General de la Comunidad Andina.

Aseveró que la unificación es la vía por la cual se puede mejorar la calidad de vida de los habitantes de la región. “Tengo el firme compromiso de trabajar por una CAN que pueda llegar a la vida del ciudadano andino”, indicó.

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Gutiérrez afianzó su compromiso de laborar para fortalecer una CAN que se mantenga a la vanguardia de los desafíos globales que se observan hoy en día. Entre ellos, la agencia digital, la inteligencia artificial, la identidad andina y la protección del medio ambiente, entre otros temas.

Por otra parte, el embajador Gutiérrez mencionó que se encuentra completamente convencido de que la Secretaría General de la CAN es un instrumento relevante para progresar y avanzar a ciertas metas. Además, afirmó que este organismo seguirá trabajando de la mano con los gobiernos de los cuatro países, bajo la presidencia pro tempore de Bolivia.

De la misma forma, saludó a los funcionarios que son pertenecientes a las distintas direcciones y áreas de la Secretaria General. Reiteró su voluntad de proseguir trabajando por un buen futuro de la organización.

Finalmente, el vicecanciller Ignacio Higueras resaltó la elección por unanimidad del nuevo Secretario General. Esto a raíz de que no había sido elegido un peruano desde el año 2006. Agregó que esta elección es un reflejo de la vigencia y compromiso de los países andinos con la integración subregional.

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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