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Después del voto: ¿qué pasa con las actas antes de conocer el resultado definitivo?
Tras el cierre de las mesas comienza la revisión de las actas y la resolución de posibles observaciones. En algunos casos, las cédulas deberán volver a contarse en una audiencia pública. En Lima Norte, la ODPE instalará 1499 mesas de sufragio en 143 locales para 448 493 electores.
El 4 de octubre, más de 26 millones de electores acudirán a las urnas para elegir a 13 148 autoridades regionales y municipales. En Lima Norte, la ODPE Lima Norte 2 instalará 1499 mesas de sufragio en 143 locales de votación para atender a 448 493 electores hábiles. Al cierre de las urnas, los miembros de mesa registrarán en las actas los votos de cada agrupación, además de los nulos y blancos. Si se detectan errores o inconsistencias, el acta será remitida al Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente y no se incorporará de inmediato al cómputo de la ONPE. La mayoría de las observaciones se resolverá mediante la comparación de los ejemplares del acta. La abogada en derecho electoral Silvia Guevara explicó que “el recuento de votos es un mecanismo que sirve para salvaguardar el voto (…). Es realizado en un acto público (…). De esa forma se brinda mayor transparencia”.
Cuando el cotejo no permite aclarar una observación, el JEE puede solicitar a la ONPE las cédulas que permanecen bajo custodia y ordenar un recuento de votos. El presidente del JNE, Roberto Burneo, señaló que los jurados electorales especiales fueron capacitados para aplicar esta metodología: “Hemos capacitado acá en Lima a todos los miembros de los jurados electorales especiales (…) con esta nueva metodología (…) a efecto de dar los resultados oportunamente”.
El vocero del JNE, Jorge Valdivia, estimó que las primeras actas observadas llegarían el 7 de octubre y que las audiencias de recuento comenzarían entre el 12 y el 15 de octubre. “Es un aproximado porque todo depende de la fecha en que nos remitan las actas observadas por parte de la ONPE”, precisó. Conocer este proceso permite a la ciudadanía entender que los resultados definitivos pueden tardar días y que cada observación tiene un mecanismo formal de resolución.
Fuente: InfoActiva
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Minem plantea reducir a días la aprobación de permisos para pequeños proyectos de exploración minera
La propuesta crea la Declaración Jurada Ambiental (DJA) para proyectos de hasta 10 plataformas con impactos ambientales no significativos, y está en consulta pública por 15 días.
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) propuso crear un nuevo mecanismo para agilizar la certificación ambiental de determinados proyectos de exploración minera. A través de una Resolución Ministerial publicada el 29 de setiembre en el diario oficial El Peruano, el sector dispuso la publicación de un proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera.
El objetivo es crear la Declaración Jurada Ambiental para Exploración Minera (DJA), un nuevo instrumento de gestión ambiental complementario al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), dirigido a proyectos que contemplen entre una y 10 plataformas —los puntos habilitados para realizar perforaciones y determinar las características geológicas y mineralógicas de un posible yacimiento— y cuyos impactos ambientales sean considerados no significativos. A diferencia de otros instrumentos que requieren una evaluación previa de la autoridad, la certificación mediante la DJA estaría sujeta a aprobación automática.
El Minem abrió un plazo de 15 días calendario para recibir comentarios y aportes de entidades públicas, empresas y ciudadanía. La medida apunta a la etapa de exploración, previa a la explotación, en la que las empresas realizan perforaciones y estudios para determinar si un área tiene suficientes recursos minerales; una reducción de los tiempos de tramitación podría permitir que avancen más rápido los proyectos pequeños, aunque la propuesta no elimina la certificación ambiental ni se aplicaría automáticamente a cualquier proyecto minero.
Fuente: RPP
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Promesas electorales: candidatos deben ofrecer lo que realmente pueden cumplir
Armando Medina advierte que alcaldes y consejeros no pueden asumir funciones que corresponden a otros niveles de gobierno y pide revisar las competencias antes de votar.
De cara a las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre, el elector debe revisar si las promesas corresponden a las competencias del cargo. El analista político y catedrático universitario, Armando Medina, cuestionó los ofrecimientos que atribuyen a alcaldes funciones de otros niveles. “Muchos candidatos hacen alusión, pues, como que van a crear la Policía, que van a crear colegios, que van a crear hospitales. Eso no corresponde a los gobiernos municipales”, señaló.
Sobre seguridad, precisó que un alcalde puede reforzar cámaras y serenazgo, pero no disponer de efectivos policiales. “Las facultades de la represión y el control policial les competen a otras instancias”, afirmó. En cambio, destacó servicios municipales como agua, saneamiento y residuos sólidos. “Los candidatos a las alcaldías deben tener un plan claro” sobre estos servicios. También recordó que los consejeros regionales fiscalizan y no gestionan obras públicas directamente.
Fuente: Lima Conecta
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