Lima Norte
Indecopi identificó dos productos a base de alcohol que son perjudiciales en la salud, ¿cuáles son? – La Noticia Renovada
Se trataría del alcohol gel antibacterial de la marca Talento y el alcohol desinfectante de la marca Derquin. Conozca a continuación los hallazgos de Indecopi y lo que causan estos productos.
La presidenta ejecutiva del Indecopi, Hania Pérez de Cuéllar, informó que se han identificado dos productos a bases de alcohol no solo no especifican la información técnica, sino que, al no cumplir con las disposiciones sanitarias “suponen un grave riesgo para la salud de los peruanos”.
La ejecutiva dio a conocer los resultados de la fiscalización realizada a productos a base de alcohol que se comercializan en el mercado, a fin de revisar que cumplan con la normativa sanitaria y las características de uso, pero principalmente que no vulneren la salud de la población, que los utiliza diariamente por su efecto desinfectante para prevenir el contagio de la COVID-19.
¿Cuáles son? Al respecto, informó que -tras la fiscalización y el análisis de los productos- se encontró dos casos graves de proveedores que comercializan alcoholes sin autorización sanitaria y que resultarían ser dañinos para la salud de las personas.
“Es un problema sumamente serio, estas empresas estarían atentado contra la salud pública”, manifestó.
En concreto, se tratan de dos proveedores que comercializan alcoholes medicinales o galénicos (ya que informan que sus productos cuentan con un grado de concentración de alcohol etílico al 70°), sin autorización sanitaria. Son los siguientes:
- El “alcohol en gel antibacterial” de la marca “Talento”, fabricado por Talento Profesional S.A.C., la que contiene un porcentaje de alcohol etílico al 27.6%, no cumpliendo su función de eliminar bacterias, hongos y virus. Además, se verificó que cuenta con un valor de pH al 7.33, resultando ser lesivo para la piel de las personas porque provoca deshidratación.
- El “alcohol desinfectante 75°” de la marca “Derquin”, fabricado por Derquin E.I.R.L., contiene un porcentaje de alcohol etílico al 90%, lo que lo convierte en un alcohol industrial, contrario a lo informado en su etiqueta, resultando ser volátil y pudiendo generar también resequedad en la piel. Asimismo, se verificó que tiene 2.7% de alcohol metílico en su composición, por lo que puede ser tóxico, causar irritaciones y afectar el sistema nervioso central.
Frente a estos hallazgos, Pérez de Cuéllar informó que a través de la Dirección de Fiscalización se han remitido esta información a los órganos resolutivos del Indecopi, vinculados a protección de consumidor y competencia desleal, para que evalúen el inicio de los procedimientos sancionadores que correspondan, “y en el transcurso de los días se tomarán acciones al respecto”.
Asimismo, se ha notificado también al Ministerio Público y a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid).
“Además, hemos comunicado estos hallazgos a la Fiscalía de Prevención del Delito y hemos entrado en contacto con la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas para que tomen las acciones del caso dentro de sus competencias. Desde Indecopi nuestro compromiso es promover una ciudadanía consumidora informada y que elija bien un producto que no afecte su salud”, señaló.
-Resultados de la fiscalización-
Por su parte, el director de Fiscalización del Indecopi, Ronald León, refirió que la fiscalización incluyó inspecciones en mercados, supermercados, farmacias, ferreterías, entre otros, identificando un total de 28 productos a base de alcohol, de los cuales 15 son alcoholes industriales, 5 son alcoholes galénicos o medicinales y 8 son alcoholes cosméticos.
Se tomaron muestras físicas de 19 productos para realizar los análisis de laboratorio.
Se pudo advertir -asimismo- que algunos productos fiscalizados no cumplen con colocar la información completa en su rotulado, no contienen el grado de concentración de alcohol etílico de acuerdo con su naturaleza y a lo informado en sus etiquetas, resultan ser riesgosos para la salud de las personas, además de no contar con las autorizaciones correspondientes.
Así, se pudo encontrar que:
- 17 productos no cumplen con colocar la información completa en su rotulado.
- 8 no contienen el grado de concentración de alcohol etílico de acuerdo con su naturaleza y a su etiqueta.
- 5 resultan ser riesgosos para la salud de las personas.
- 2 cuentan con publicidad engañosa en sus etiquetas.
- 5 no cuentan con las autorizaciones correspondientes.
- 5 son alcoholes adulterados.
-Guía-
Durante la conferencia también se presentó la Guía “Alerta Indecopi: Alcoholes” (https://bit.ly/3eFISNp), una herramienta comparativa entre los diferentes tipos de alcohol fiscalizados por el Indecopi que permitirá a las personas poder identificar, de manera rápida, cuál es el proveedor que cumple con los requisitos exigidos por la norma para proceder, con total seguridad, a la compra del producto.
La directora de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, Ana Peña, destacó que la guía “Alerta Indecopi: Alcohol” permitirá a los consumidores saber que alcoholes no están cumpliendo con su función principal, que es proteger y desinfectar, para que no los elijan.
“Si están comprando alcohol para desinfectar, se necesita que este tenga una concentración de entre 60% y 80%, esto tiene que verificarse en la etiqueta. Además, tiene que verificarse que tenga la notificación sanitaria o el registro sanitario en la etiqueta, si no lo tiene no lo compren. También es importante que se indique la fecha de vencimiento”, recomendó la funcionaria.
El Indecopi continuará realizando su labor de monitoreo y fiscalización de los productos a base de alcohol, así como de otros productos de la canasta básica y sanitaria, especialmente en la actual coyuntura de emergencia por la COVID-19. (Gestión).
Lima Norte
Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa
Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.
Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.
El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.
En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %
El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.
En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.
Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución
Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:
La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.
Lima Norte
Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa
Durante proceso electoral 2026.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.
En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.
Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.
De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.
En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.
Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.
Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.
Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.
Fuente: Andina
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