Lima Norte
Ley Nacional del Cáncer garantiza cobertura universal y gratuita para pacientes – Señal Alternativa

La norma, de 11 artículos y cuatro disposiciones complementarias, crea también el Banco Nacional de Tumores.
El 10 de agosto se publicó en Normas Legales, la Ley Nacional del Cáncer, que busca garantizar la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos, indistintamente al tipo de cáncer que padezcan.
La Ley 31336, de 11 artículos y cuatro disposiciones complementarias, crea también el Banco Nacional de Tumores, a cargo del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN).
En su artículo segundo se indica que la norma es aplicable en todo el país y a todas las instituciones o empresas públicas, privadas o mixtas que tengan por objeto la prestación de servicios de salud oncológica en el marco del Aseguramiento Universal en Salud (AUS).
El Estado, refiere la norma, garantiza el acceso y la cobertura oncológica integral, que incluye la prestación de servicios de promoción, prevención, control y atención oncológica en cualquiera de sus manifestaciones, formas o denominaciones, que permita asegurar el tratamiento de calidad de las personas diagnosticadas.
El Ministerio de Salud y sus órganos ejecutores implementarán y evaluarán la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer (PNC), que fija objetivos y estándares mínimos que garanticen una atención integral oncológica, teniendo como ejes vitales la promoción de la salud, la prevención, el diagnóstico oportuno, el tratamiento, la rehabilitación, los cuidados paliativos e investigación del cáncer.
Financiamiento
La norma precisa que si la persona afectada por cáncer no contara con Seguro Social de Salud (EsSalud) o privado, o la cobertura de este resultase insuficiente, será afiliada de manera inmediata al Seguro Integral de Salud (SIS).
Se faculta además al Ministerio de Salud a utilizar mecanismos diferenciados de adquisición de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y servicios sanitarios que sean necesarios para el tratamiento de las enfermedades oncológicas previo sustento técnico.
La ley declara de interés nacional la compra centralizada de recursos estratégicos para la prevención y control del cáncer del subsector público, a través del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares).
Equipamiento e infraestructura
Autoriza además al Ministerio de Salud, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de su sector, la renovación tecnológica del equipamiento biomédico y la ampliación y el mejoramiento de la infraestructura hospitalaria oncológica a escala nacional, en concordancia con la normativa vigente.
A partir de ahora, por medio de las entidades del sector Salud de los tres niveles de gobierno, el Estado deberá incentivar y promover la implementación de acciones de promoción de la salud, prevención primaria del cáncer y control de cáncer a escala nacional de manera igualitaria, inclusiva y sin discriminación.
Tarea en la que trabajará de la mano del Ministerio de Educación y otros sectores involucrados, incluyendo al sector privado, para desarrollar estrategias de promoción de la salud y prevención de enfermedades oncológicas en la comunidad educativa nacional, con proyección a toda la población.
Como parte de la vigilancia oncológica, la norma autoriza al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) a habilitar y actualizar un registro nacional de pacientes con cáncer.
Red Oncológica Nacional
La Ley N° 31336 permitirá además la creación de la Red Oncológica Nacional, a cargo de Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas en su calidad de organismo público ejecutor e integrada por los institutos regionales de enfermedades neoplásicas del norte, sur y centro del país y de los diversos centros oncológicos, con el objetivo de brindar un diagnóstico adecuado, atención oportuna y seguimiento de los pacientes con cáncer a escala nacional.
Entre las disposiciones complementarias, destaca declarar de necesidad pública e interés nacional la organización y ejecución de acciones para la prevención, promoción, control y vigilancia del cáncer de mama, así como de cuello uterino, además de fortalecer la estrategia de vacunación contra el virus del papiloma humano en las niñas y adolescentes en etapa escolar a escala nacional.
De igual manera, se declara de necesidad pública la atención y el control oncológico por intermedio de los servicios de telemedicina de los pacientes con dicho diagnóstico oncológico, con especial énfasis en las personas adultas mayores y en situación de vulnerabilidad.
Se dispone además que el Ministerio de Salud dé cumplimento a la reglamentación de la Ley 31041, Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente, bajo responsabilidad administrativa del titular del pliego, en un plazo no mayor a 30 días calendario de la publicación de la presente ley.
La ley lleva las rúbricas del presidente de la República, Pedro Castillo, y del jefe del Consejo de Ministros, Guido Bellido, así como de la expresidenta del Congreso Mirtha Vásquez, debido a que la norma se aprobó en la gestión parlamentaria anterior y fue promulgada por la actual gestión del Ejecutivo.
Fuente: El Peruano
Lima Norte
Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa

Durante proceso electoral 2026.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.
En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.
Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.
De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.
En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.
Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.
Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.
Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.
Fuente: Andina
Lima Norte
Fiesta de la Porciúncula congrega a miles de fieles en convento Los Descalzos. – Señal Alternativa

Devotos reviven tradición franciscana con misa y reparto de la sopa milagrosa del perdón.
Miles de fieles acudieron al convento Los Descalzos, en el tradicional distrito del Rímac, para participar en la Fiesta de la Porciúncula, también conocida como El Perdón de Asís, una celebración religiosa que cada 2 de agosto reúne devotos en torno a la espiritualidad franciscana.
Desde muy temprano, voluntarios y colaboradores comenzaron la preparación del emblemático puchero en grandes ollas, con ingredientes donados por la comunidad. El alimento, que es distribuido gratuitamente, es considerado por los asistentes una “sopa milagrosa”, capaz de brindar salud espiritual y física, especialmente entre los adultos mayores, que forman el grupo mayoritario en este evento.
La jornada se inició con la misa central en el templo del convento, presidida por los padres franciscanos, quienes también ofrecieron la tradicional bendición de los alimentos. Posteriormente, cientos de personas formaron largas filas para recibir una porción de esta comida, que simboliza la caridad, el perdón y el espíritu de comunidad.
El tradicional “puchero franciscano” es una sopa elaborada a base de zapallo, cebolla, zanahoria, papas, choclo, col, fideos y yuca. Además, incluye carne de pollo, res y cerdo.
Historia
La Fiesta de la Porciúncula conmemora la indulgencia plenaria que san Francisco de Asís obtuvo del papa Honorio III en 1216 para quienes visitaran la pequeña capilla de la Porciúncula, en Asís (Italia), o cualquier templo franciscano del mundo cada 2 de agosto, cumpliendo ciertos requisitos de confesión, comunión y oración.
En Lima, esta tradición ha encontrado un arraigo especial en el convento Los Descalzos, un recinto histórico fundado en el siglo XVI, que cada año recibe a miles de creyentes en busca de perdón, consuelo y fe.
Cabe destacar que el Ministerio de Cultura declaró a la Fiesta de la Porciúncula Patrimonio Cultural de la Nación, el 2019. La decisión obedece a que esta festividad religiosa es una expresión de los valores de comunión y solidaridad entre sus diversos participantes, siguiendo los principios que animaron al fundador de la orden franciscana; y por ser una tradición vinculada desde sus inicios a la historia y cultura de uno de los distritos más antiguos de la ciudad capital.
Fuente: Andina
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