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Oficializan norma que endurece penas contra el comercio ilegal de celulares – Diario Nacional Realidad.PE
El Poder Ejecutivo dispuso la modificación del Código Penal con el objetivo de fortalecer la lucha contra el comercio ilegal de equipos móviles, así como los delitos conexos a este.
Así lo dispuso el Decreto Legislativo N.º 1578 publicado hoy en la Edición Extraordinaria del boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
De acuerdo con la norma, el robo del “equipo terminal móvil, teléfono celular, equipo o aparato de telecomunicaciones, red o sistemas de telecomunicaciones u otro bien de naturaleza similar” se condenará con una pena privativa de libertad no menor de 12 ni mayor de 20 años.
Detalla, además, que si el robo se comete utilizando material o artefactos explosivos, así como vehículos motorizados, la pena privativa de libertad será no menor de 20 ni mayor de 30 años.
“La pena será de cadena perpetua cuando el agente actúe en calidad de integrante de una organización criminal, o si, como consecuencia del hecho, se produce la muerte de la víctima o se le causa lesiones graves a su integridad física o mental”, agrega el artículo 189 de la referida norma.
Asimismo, se señala que aquella persona que “adquiere, recibe en donación, en prenda, guarda, esconde, expone para la venta, ayuda a negociar, comercializa, desensambla o utiliza, un bien o sus partes” conociendo la procedencia delictuosa del objeto “será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con 30 a 90 días-multa e inhabilitación”.
“La misma pena se aplica al que provea documentos para ocultar, encubrir o disimular el origen ilícito de un bien o sus partes, contribuyendo con las conductas descritas en el párrafo precedente”, se añade.
En esa línea, se dispone también que aquella persona que “clone, o de cualquier modo modifique un número de línea, o identificador de la tarjeta SIM, o identificador de la Identidad Internacional del Abonado Móvil o del IMEI o MAC lógico o físico o de cualquier otro dispositivo similar” será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años, con 60 a 365 días multa.
Finalmente, el decreto legislativo añade al Código Penal los artículos 222-B y 222-C, disponiendo el primero que aquella persona que “provee, comercialice o facilite la adquisición de SIM Card activados” para la comisión de delitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con inhabilitación.
“El que tenga bajo su disposición, en exhibición para su distribución, o para la venta o comercialización, equipos terminales móviles, número de línea, o de serie electrónico, o de serie mecánico, o de IMEI lógico o físico, alterado, reemplazado, duplicado o de cualquier modo modificados, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, e inhabilitación”, señala el último artículo.
La norma lleva el refrendo de la presidenta de la República, Dina Boluarte; el ministro del Interior, Vicente Romero; y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes.
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JEE LIMA OESTE 3 AFIANZA PACTOS SOCIALES EN SURCO, LA MOLINA, CHORRILLOS Y BARRANCO PARA FORTALECER VOTO INFORMADO
Rumbo a las Elecciones Generales 2026
- Organismo electoral de primera instancia intensifica acciones de orientación ciudadana y promoción del Pacto Social
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3, en el marco de las acciones de promoción del Pacto Social “Liga de la Democracia por un Voto Informado”, logró la suscripción de 11 pactos en los distritos de Santiago de Surco, La Molina, Chorrillos y Barranco, iniciativa destinada a ampliar la difusión de información electoral oficial y fortalecer la participación ciudadana de cara a las Elecciones Generales (EG) 2026.
Durante las jornadas informativas el Facilitador e Implementador de Voto Informado (FIVI) de la Dirección Nacional de Educación, Participación y Formación Cívica Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), brindó orientación a jóvenes, emprendedores, docentes, estudiantes y personal administrativo sobre los requisitos de las autoridades a elegir, el proceso electoral y la importancia del voto responsable.
Esto, mediante dinámicas lúdicas y material pedagógico, se reforzaron conocimientos electorales y se promovió una cultura cívica informada en distintos espacios académicos y comunitarios.
El JEE Lima Oeste 3 destacó que entre los nuevos espacios institucionales suscritos al Pacto Social figuran la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL), en La Molina, y la Institución Educativa José María Eguren, en Barranco, cuyos aliados se comprometen a difundir información electoral verificada a través de sus plataformas y entornos institucionales, ampliando el alcance del Programa Voto Informado rumbo a las EG 2026.

El organismo electoral informó que continuará impulsando la suscripción de nuevos pactos sociales en coordinación con instituciones públicas, privadas y organizaciones comunitarias, con el fin de fortalecer la red de aliados y asegurar que más ciudadanos accedan a información oficial, clara y oportuna para el proceso electoral.
Actualidad
JEE LIMA OESTE 3 RECIBIRÁ INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR LIMA METROPOLITANA
Conforme a las competencias asignadas por el Pleno del JNE
A fin de garantizar el adecuado desarrollo de las materias y procedimientos que comprenden las Elecciones Generales 2026
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 será el encargado de recibir las solicitudes de inscripción de candidatos a diputados que cuenta con un total de 32 escaños por Lima Metropolitana en el marco de las Elecciones Generales 2026, conforme a las competencias definidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N.° 0624-2025-JNE.
De acuerdo con la norma, el JEE Lima Oeste 3, con sede en el distrito de Santiago de Surco, tendrá a su cargo la calificación de listas y postulantes, la fiscalización y el procedimiento sancionador respecto de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, así como la resolución de tachas y exclusiones.
Asimismo, ejercerá el procedimiento sancionador establecido en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas y la resolución, en primera instancia, de los pedidos de nulidad total vinculados a esta elección dentro del distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana.
La determinación de competencias se produce en el contexto del proceso de inscripción de candidaturas, cuya fecha límite es el 23 de diciembre. En este marco, el JEE Lima Oeste 3 asume un rol central para el distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana, uno de los más numerosos del país.
El JNE precisó además que los JEE mantienen sus funciones plenas para resolver expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestas electorales, apelaciones contra lo resuelto por las mesas de sufragio sobre impugnaciones de votos e identidad de los electores, pedidos de nulidad, actas electorales observadas, así como para determinar los casos en los que procederá el recuento de votos dentro del ámbito territorial de su respectiva circunscripción de justicia electoral.
Cabe precisar que, el JEE de Lima Centro 1 tendrá como competencia principal recibir las solicitudes de inscripción de fórmulas presidenciales, así como de tramitar la renuncia y retiro de candidatos. En tanto, el JEE Lima Oeste 2 se encargará de la recepción de solicitudes de inscripción de listas de senadores de distrito electoral único.
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