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Lima Norte

Aprueban Ley de Desarrollo Urbano Sostenible que prioriza la generación de vivienda social – Señal Alternativa

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Propuesta elaborada por el Ministerio de Vivienda permitirá el desarrollo de ciudades ordenadas y una adecuada gestión y planificación urbana.

El pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, que permitirá impulsar la generación de vivienda de interés social para la población de escasos recursos, el desarrollo de ciudades ordenadas y la adecuada gestión del suelo urbano.

La propuesta legislativa presentada por el Poder Ejecutivo, elaborada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y enriquecida por los parlamentarios, contó con 92 votos a favor y fue exonerada de segunda votación con el respaldo de 90 congresistas.

Esta ley llena un vacío histórico importante en la normativa peruana, que carecía de un instrumento de rango legal que integre y ordene las disposiciones sobre desarrollo urbano y vivienda social. Esta carencia dificultaba la acción del Gobierno nacional y de los gobiernos locales en la promoción de vivienda de interés social, dotación de infraestructura y servicios, y planificación y gestión urbana.

Cabe señalar que la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible incorporó aportes importantes del Legislativo que buscan mejorar la vivienda de interés social y al ordenamiento de las ciudades.

Vivienda de interés social prioritario

Para reducir el déficit habitacional, que afecta a cerca de 500 mil familias sin vivienda y a cerca de 1 millón de familias en viviendas que no reúnen las condiciones adecuadas, la ley crea la categoría de “vivienda de interés social prioritario”, orientada a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad social y establece su prioridad para la generación de programas y proyectos de vivienda por parte del Estado.

Además, esta normativa establece incentivos urbanísticos para la generación de vivienda de interés social y vivienda de interés social prioritario.

Otro aspecto importante es que se crea la figura de Operador Público de Suelo, para atender la principal dificultad en la construcción de vivienda de interés social ‒la generación de suelo urbano‒ a través de la habilitación y gestión de terrenos de propiedad pública.

Planificación urbana

La ley también establece mecanismos para aumentar la efectividad de la planificación urbana y territorial, mejorando la articulación entre los diferentes niveles de gobierno, y estableciendo nuevas herramientas para la gestión urbana.

Asimismo, dispone la articulación de los planes de desarrollo urbano con el sistema de inversión pública a través de la programación multianual de inversiones. Además, incluye nuevos instrumentos de financiamiento para gobiernos locales, a fin de promover la ejecución de proyectos de infraestructura urbana.

Ciudades sostenibles

La iniciativa aprobada permitirá modificar la dinámica de crecimiento de las ciudades peruanas mediante la reducción de ocupaciones informales. Esto disminuirá la exposición al peligro y la precariedad a los que acaban expuestas las familias de menores ingresos que actualmente acceden a vivienda mediante este tipo de ocupaciones o por el tráfico de terreno.

Amplia socialización

El proyecto de Ley de Desarrollo Urbano Sostenible fue elaborado por el MVCS después de un amplio proceso de socialización y de recibir aportes por parte de colegios profesionales, gobiernos locales, centros académicos, gremios empresariales, organizaciones sociales y colectivos ciudadanos. Luego de ser aprobada en Consejo de Ministros, se remitió al Congreso de la República.

Esta ley recoge también los aportes de los despachos de los parlamentarios que integran la Comisión de Vivienda y Construcción del Congreso, presidida por Juan Carlos Oyola; del Colegio de Arquitectos y gremios privados. Asimismo, se han recibido aportes de las universidades y de organizaciones de la sociedad civil.



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Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa

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Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.

Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.

El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.

En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %

El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.

En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.

Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución

Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:

La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.



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Lima Norte

Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa

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Durante proceso electoral 2026.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.

En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.

Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.

De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.

En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.

Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.

Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.

Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.

Fuente: Andina



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