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Aprueban reglamento del Registro Nacional de las mype acreedoras del Estado – Diario Nacional Realidad.PE
El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley Nº 31677, Ley que crea el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas (mype) acreedoras del Estado.
Así lo estableció a través del Decreto Supremo Nº 217-2023-EF, publicado hoy en la edición del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
El referido registro tiene por finalidad contar con información actualizada, ordenada y pública de las deudas vigentes y contingentes que mantienen las entidades del Estado con las mype.
El reglamento de la Ley Nº 31677, Ley que crea el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas (mype) acreedoras del Estado, consta de 3 capítulos, 13 artículos y una disposición complementaria final.
Ámbito de aplicación
El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales que brinden información de los hechos económicos concerniente a las micro y pequeñas empresas (mype) acreedoras del Estado, de acuerdo a las definiciones y características que señala la legislación vigente.
Definiciones
Para los efectos del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:
a) Microempresa
Organización o gestión empresarial con ingresos anuales por actividades ordinarias, hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), o el monto que determine la normativa vigente.
b) Pequeña Empresa
Organización o gestión empresarial con ingresos anuales por actividades ordinarias, superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1,700 UIT, o el monto que determine la normativa vigente.
c) Deuda vigente
Obligación presente de una entidad del Gobierno Nacional, gobiernos regionales o gobiernos locales, de transferir recursos económicos a una mype, como resultado del cumplimiento de una relación contractual.
d) Deuda contingente
Obligación posible, surgida de sucesos pasados, cuya certeza de pago se encuentra supeditada a la confirmación de uno o más eventos inciertos en el futuro, como resultado de un proceso judicial o arbitral interpuesto por una mype acreedora de una entidad del Gobierno Nacional, gobiernos regionales o gobiernos locales, que son registradas contablemente de acuerdo a su naturaleza.
e) Estado de la acreencia
Situación en la que se encuentra la acreencia, como: vigente, contingente, en ejecución de sentencia judicial o arbitral.
Remype
El Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas (mype) acreedoras del Estado, es un reporte que se genera y actualiza en base a los hechos económicos registrados por las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a través del “Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF)” y del Aplicativo Informático “Demandas Judiciales y Arbitrales en contra del Estado”, administrados por el Ministerio de Economía y Finanzas; así como del “Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype)”, administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Los titulares de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, disponen las acciones necesarias a fin que se mantenga actualizada de manera oportuna, de acuerdo al marco normativo vigente, la información para la elaboración del reporte al que se refiere el numeral anterior.
Reconocimiento de las acreencias
La contratación de bienes y servicios, requeridos por las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, para satisfacer las necesidades que demande la gestión pública con las mype, se realiza conforme a las normas del Sistema Nacional de Abastecimiento, procedimientos, directivas y normas técnicas aplicables.
La deuda vigente con las mype se reconoce con la conformidad del área usuaria, de acuerdo con las condiciones que establece el contrato.
El Registro Nacional de las mype acreedoras del Estado contiene información de las acreencias en moneda nacional de los tres niveles de gobierno, por Entidad y Unidades Ejecutoras, según corresponda.
Datos en el documento de origen de la deuda
El reporte muestra el nombre comercial o razón social de la mype acreedora del Estado, con su respectivo Registro Único de Contribuyentes (RUC), domicilio fiscal, el documento que origina la deuda, así como el monto de la deuda en moneda nacional de cada acreedor, la entidad que origina la deuda, el estado de la acreencia según la definición citada en el literal e) del artículo 3 del presente Reglamento y las observaciones realizadas por la entidad sobre dichas acreencias.
Difusión del registro
El Registro Nacional de las mype acreedoras del Estado, se difunde en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), su acceso es público y gratuito. Este se genera y actualiza dentro de los 20 días hábiles siguientes al mes que se reporta.
Asimismo, la información contenida en el citado Registro Nacional, se publica en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos (PNDA), (www.datosabiertos.gob.pe).
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), publica la información del Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), de manera gratuita, permanente y sin necesidad de convenios, en la Plataforma Nacional de Interoperabilidad (PNI) para uso y consumo del Ministerio de Economía y Finanzas, con el propósito de actualizar el Registro Nacional de las mype acreedoras del Estado.
En la disposición única complementaria final de la norma, se establece que el Registro Nacional de las mype acreedoras del Estado, se difunde con periodicidad mensual, a partir de enero 2024 y su generación está a cargo de la Oficina General de Tecnologías de la Información (OGTI) o quien haga sus veces del Ministerio de Economía y Finanzas.
Este registro se realiza sobre la base de información registrada por las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), el Aplicativo Informático “Demandas Judiciales y Arbitrales en contra del Estado”, administrados por el Ministerio de Economía y Finanzas; así como, la información contenida en el “Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype)”, administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Difusión de la norma
El presente Decreto Supremo y el Reglamento se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.peru.gob.pe) y en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano.
La norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte; el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras; y el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate.
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Actualidad
Tensión en el CAL: ¿Una juramentación al borde de la nulidad?
La próxima investidura de Delia Espinoza como decana del Colegio de Abogados de Lima para el periodo 2026-2028 se encuentra bajo la sombra de la ilegalidad. Lo que debería ser un acto de unidad institucional se ha transformado en un choque de poderes, luego de que el Comité Electoral advirtiera que la juramentación ante la Asamblea General —y no ante su propio órgano— contraviene el reglamento electoral vigente.
El riesgo de una «gestión fantasma»
La insistencia de Espinoza en ignorar las advertencias del Comité Electoral abre una caja de Pandora jurídica. Si el acto se realiza fuera del marco que el órgano electoral considera legal, las consecuencias podrían ser devastadoras para el gremio:
- Nulidad del Acto: El Comité Electoral tiene la facultad de declarar nulo el acto de juramentación, lo que dejaría a la decana sin el reconocimiento oficial para ejercer sus funciones.
- Impedimento de Registro: Una juramentación cuestionada dificultaría la inscripción de los poderes de la nueva junta directiva ante la SUNARP, bloqueando el acceso a las cuentas bancarias del Colegio y paralizando la administración de los aportes de los agremiados.
- Acefalía Institucional: En la práctica, el CAL podría quedar en un limbo donde la junta saliente no tiene mandato y la entrante no tiene legitimidad, lo que generaría un vacío de poder sin precedentes.
Un pulso de interpretaciones
Mientras Delia Espinoza se apoya en la jerarquía del Estatuto del CAL para justificar su postura, el Comité Electoral insiste en que las reglas de juego para el proceso de asunción están supeditadas al reglamento específico de la elección. Esta interpretación no es menor: un error en la forma del juramento no es un simple error protocolar, es un vicio que puede invalidar cada resolución, contrato o nombramiento que firme la decana a partir del 6 de abril.
Exhortación al rigor
Ante este escenario, diversas voces dentro del gremio exigen que la exfiscal actúe con la prudencia jurídica que su cargo amerita. Realizar una juramentación bajo cuestionamiento de nulidad no solo debilita su autoridad desde el primer día, sino que expone a la institución a una serie de procesos judiciales (acciones de amparo o impugnaciones) que podrían durar todo su mandato.
La ceremonia programada para este lunes frente a la Asamblea General es, ahora mismo, un salto al vacío legal que pone en juego la estabilidad del colegio profesional más importante del país.
Actualidad
Raúl Canelo advierte sobre el peligroso retorno de «Los Cuellos Blancos» al sistema judicial peruano
El candidato al Senado resaltó la urgente necesidad de combatir la corrupción institucionalizada mediante la derogatoria de las «leyes procrimen» y la aplicación de sanciones drásticas.
El reconocido jurista Raúl Canelo Rabanal, candidato al Senado con el número 3 por el partido Libertad Popular, encendió las alarmas al advertir sobre la rearticulación de «Los Cuellos Blancos» en el sistema de justicia peruano, una situación irregular que amenaza gravemente la institucionalidad del país.
«Han regresado a la Corte. Todo este grupo mafioso se ha reagrupado y, avalados por resoluciones, leyes a medida y recientes fallos del Tribunal Constitucional (TC), han retomado el control», sostuvo de manera categórica.
Cabe recordar que «Los Cuellos Blancos del Puerto» fue una organización criminal conformada por jueces, fiscales, políticos y empresarios que operaba desde el Callao. El caso, destapado tras la difusión de audios comprometedores, reveló una profunda red de tráfico de influencias agravado y corrupción.
Un pésimo ejemplo y la crisis institucional
Canelo cuestionó el severo deterioro de las instituciones encargadas de administrar justicia y de interpretar la Constitución. En esa línea, criticó la politización en la elección de los magistrados del TC, del Defensor del Pueblo y de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
«¿Qué ejemplo estamos dando al país? Tenemos el desastre perfecto: destituciones irregulares en la Fiscalía, ataques sistemáticos al Poder Judicial y un TC que emite fallos complacientes a favor del actual gobierno», precisó el abogado.
«Tienen prontuarios, no currículums»
Con cuatro décadas de trayectoria profesional, el doctor Canelo fustigó duramente a las agrupaciones políticas que incluyen a personas con antecedentes penales en sus listas congresales.
«Hay partidos que escogen a sus candidatos en los penales; tienen prontuarios, no currículums. Fuerza Popular tiene decenas de procesados, y el partido de Acuña otro tanto. Si el Perú se organiza con estas agrupaciones, ¿qué nos espera a futuro? Tenemos que trabajar para eliminar esto de raíz, y nosotros tenemos los planes para hacerlo», sentenció el futuro senador.
Derogatoria del paquete «procrimen»
Frente a este preocupante panorama, Canelo recordó que, durante su gestión como Decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), presentó en octubre de 2025 el Proyecto de Ley N° 12158/2025/CAL. Esta iniciativa tiene como finalidad derogar el paquete normativo aprobado por el actual Congreso, el cual debilitó la persecución del crimen organizado y limitó las capacidades operativas del sistema de justicia.
«Las ‘leyes procrimen’ se tienen que eliminar de plano. Además, debemos ser muy drásticos con las leyes anticorrupción, que hoy resultan demasiado leves», agregó el ilustre jurista y catedrático universitario.
Libertad Popular y el respaldo fonavista
Finalmente, destacó que Libertad Popular, partido liderado por el candidato presidencial Rafael Belaúnde Llosa, representa la opción más limpia y sólida para los comicios generales del próximo domingo 12 de abril, donde se elegirá al presidente y al nuevo Congreso Bicameral (130 diputados y 60 senadores).
«Aquí no tenemos a gente vinculada a los grupos de poder que hoy controlan el Congreso. No somos corruptos ni sinvergüenzas, ni pertenecemos a este pacto mafioso que tanto daño nos hace. Nosotros contamos con una trayectoria democrática comprobada, liderada por Rafael Belaúnde», afirmó.
Como cierre, Canelo anunció que el movimiento de fonavistas se sumará al respaldo de Libertad Popular, recordando que él asumió la defensa legal de este grupo desde los inicios de su justo reclamo para la devolución de sus aportes al ex Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).
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