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Aprueban reglamentos de inscripción de candidatos para regionales y municipales – Señal Alternativa

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó los reglamentos de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las elecciones regionales y municipales 2022, así como diversos formatos.

A través de sendas resoluciones del JNE, publicadas en el boletín de Normas Legales, regula las etapas del procedimiento de inscripción ordinaria para gobernadores, vicegobernadores y listas de candidatos a consejeros; así como para alcaldes y regidores provinciales y distritales.

En el caso del reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para Elecciones Regionales 2022, consta de 46 artículos, así como cuatro Disposiciones Finales.

Asimismo, aprueba los formatos de Declaración jurada de consentimiento de participación en las Elecciones Regionales, y de la veracidad del contenido del formato único de Declaración jurada de hoja de vida; Declaración de no tener deuda de reparación civil; y Declaración de conciencia.

Además, el resumen de Plan de Gobierno; y los cuadros sobre regiones, número de consejeros, total de candidatos y paridad de género, de cuota de jóvenes, y de candidatos en las listas, para cumplir con la cuota de comunidades campesinas y nativas, y pueblos originarios.

Municipales

En cuanto al reglamento de inscripción de candidatos para las elecciones municipales del próximo año, este consta de 47 artículos y cuatro disposiciones finales.

También aprueba los formatos de Declaración jurada de consentimiento de participación en las Elecciones Municipales, y de la veracidad del contenido del formato único de Declaración Jurada de Hoja de Vida; Declaración de no tener deuda de reparación civil; y Declaración de conciencia; Resumen de Plan de Gobierno.

De igual modo, el cuadro sobre número de regidores que conforman el Concejo Municipal, total de candidatos por lista, paridad de género y cuotas electorales.

Por último, se dispone que ambas resoluciones sean remitidas a las organizaciones políticas inscritas en el Registro de

Organizaciones Políticas, las agrupaciones en vías de inscripción, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para su conocimiento y fines pertinentes.

Fuente: Andina



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Se puede ser víctima, cuando se actúa con irresponsabilidad, creo que no. – Señal Alternativa

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El argumento para evitar se suspendido por 90 días del cargo de alcalde de Puente Piedra, es victimizarse.

El pasado 01 de mayo, un violento accidente de tránsito, ocupó la atención de la opinión pública y medios de comunicación. La razón, el vehículo siniestrado propiedad de Rennán SAC en su interior iba el alcalde Rennán Espinoza Rosales y tres acompañantes todos funcionarios de la municipalidad.

Posterior al violento accidente, hubo una serie de hechos que hoy investiga el Ministerio Público y seguramente ha de llegar a los fueros judiciales, en su oportunidad.

El alcalde Espinoza Rosales, como principal argumento a su defensa para evitar ser sancionado por el Concejo Municipal en la vía administrativa, con una merecida suspensión por 90 días, es afirmar, haber sido víctima del accidente de tránsito.

Señor alcalde, nada de esto hubiera sucedido, si usted no hubiera actuado con la irresponsabilidad con la que actuó previamente, haber entregado el manejo de su vehículo a una persona sin licencia de conducir, es por demás irresponsable y que hubiera producido irreparables daños personales a los que se encontraban como sus acompañantes dentro del vehículo.

No se puede ocultar esta verdad. Usted señor alcalde, actuó con irresponsabilidad y que merece ser sancionada para que no se vuelva a repetir, es de justicia.

Fuera de juego

Al cierre de esta edición, la sesión extraordinaria convocada para debatir una sanción por 90 días de suspensión del cargo de alcalde de Puente Piedra, nos mostró un cohesionado bloque de regidores de minoría cuyos votos a pesar de sus argumentos, no alcanzaron los suficientes para lograr suspender al cuestionado alcalde de Puente Piedra. La batalla legal continuará en la sede del JNE que en segunda instancia resolverá. Si es que, dentro del plazo legal, se apela la decisión en primera instancia tomada por el Concejo Municipal de desestimar la suspensión del cargo de alcalde de Puente Piedra.



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Cinco establecimientos comerciales fueron sancionados por incumplir normas sanitarias. – Señal Alternativa

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Fueron sancionados desde el 30 % hasta 1 UIT.

Dentro del marco por la celebración del Día de la Madre, la municipalidad de Surco realizó diversas inspecciones inopinadas a los establecimientos que vienen funcionando en el distrito con el objetivo de garantizar que estos lugares brinden servicios con los más altos estándares de higiene y seguridad.

El personal de fiscalización y control en trabajo conjunto con salud pública, supervisaron minuciosamente las condiciones higiénico-sanitarias de los locales como restaurantes, cafeterías, panaderías, pastelerías, salones de spa, entre otros.

Durante las intervenciones, se observaron deficiencias en el área de producción, tales como falta de mantenimiento en equipos, artefactos y utensilios utilizados para la elaboración y almacenamiento de alimentos, así como estructuras que requieren renovación para mejorar el servicio ofrecido.

También, se verificó los sistemas de seguridad en los locales comerciales, incluyendo la operatividad de extintores, luces de emergencia, certificados de inspección técnica de seguridad en edificaciones y documentación municipal y más.

Como resultado de estas inspecciones, cinco locales fueron sancionados por no contar con las estructuras, instalaciones físicas o implementos adecuados, por deficiencias en los equipos y/o artefactos, utilizar bienes deteriorados y más, esos establecimientos recibieron una multa desde el 30% hasta 1 UIT.

Asimismo, se constató establecimientos que se encontraban en óptimas condiciones de salubridad.

La municipalidad de Surco continuará con estos operativos inopinados para asegurar el bienestar de nuestros vecinos y visitantes.



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