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CAMBIO DE LA CONSTITUCIÓN: REFLEXIONAR ANTES DE ACTUAR – VALOR.PE
Por: Abraham Rivas Lombardi
Reza el escudo de Chile el siguiente lema: “Por la razón o la fuerza” y vaya si lo hemos sufrido nosotros con la Guerra del Pacífico, el Tratado de Ancón, la impúdica chilenización de Tacna y Arica, con la pérdida definitiva de nuestras hijas cautivas Arica y Tarapacá y otros largos etcéteras. De forma tal que los tropiezos institucionales de Chile no me disgustan, por el contrario, me son atractivos en la medida que lastren el desarrollo de nuestro vecino, especialmente cuando mantienen la fuerza aérea más moderna de Latinoamérica[1], ventaja estratégica que les permitiría golpear simultáneamente a Perú, Argentina y Bolivia.
Empero, sí me preocupa cuando los vaivenes socio-políticos chilenos pueden afectar directamente al Perú, por el efecto contagio. El pasado 25 de Octubre el 50.90% del electorado sureño que concurrió al plebiscito respaldó con un abrumador 78.27% la elaboración de una nueva Constitución que correrá a cargo de una Convención Constitucional, el equivalente a nuestra Asamblea Constituyente, la que será elegida el próximo 11 de Abril de 2021.
En medio de una amplia gama de argumentos, los alabarderos chilenos del cambio de Carta Política airearon la vieja muletilla que se trataba de la Constitución de Pinochet (1980), obviando convenidamente el recuerdo que la izquierda – en alianza con la DC – gobernó de corrido (1990-2010) con dicha Carta Magna y aprobaron hasta 26 leyes de modificación, la mayoría de ellas durante el gobierno de Lagos (2000-2006).
De inmediato aparecieron por aquí los voceros de la izquierda – “agendita” Mendoza incluida – desempolvando la idea del cambio de la Constitución Política de 1993, “casualmente” con la excusa que se trataba de la “Constitución de Fujimori”, con la clara intención de introducir el tema en la inminente campaña electoral. Sobre esto algunas precisiones necesarias.
Primero, es mentira que las Constituciones del Perú sean fruto de la convivencia democrática. En el siglo XX nuestras Cartas Políticas surgieron de una ruptura previa del orden constitucional y con la omnipresente sombra del dictador de turno en el debate constituyente, papel que le cupo a Sánchez Cerro con la Constitución de 1933, a Morales Bermúdez – y la constitucionalización de las reformas de Velasco Alvarado – con la Carta Magna de 1979 y al propio Fujimori en el caso de la Constitución actual.
Segundo, la actual Carta Magna fue aprobada por referéndum (1993), siendo que aun cuando existieron fundadas sospechas de manipulación en el resultado final, al restaurarse la democracia (2000) las fuerzas políticas de entonces, mayoritariamente anti fujimoristas, preservaron la Constitución – algo que no se recuerda – e introdujeron dos reformas trascendentales: el fin de reelección presidencial y el Capítulo XIII sobre Descentralización (2001).
Tercero, la circunstancia crucial que salvó a la Constitución de 1993 de su derogatoria fue la institucionalización del Acuerdo Nacional (2002) durante el gobierno de Toledo (2001-2006) a través del cual – dentro del marco constitucional – se aprobaron las originales 31 Políticas de Estado – ahora 35 – sobre las que se han diseñado y ejecutado las Políticas Públicas de los últimos 17 años.
El aporte del Acuerdo Nacional a la gobernabilidad del Perú ha sido crucial, por la incorporación a la gestión pública de políticas de fuerte contenido social, impulso a la inversión pública, preservación del orden democrático y de expansión productiva e impulso a la iniciativa privada. Lamentablemente, el brazo ejecutor de estas políticas, el aparato estatal, ha demostrado su ineficiencia y corrupción, casi echando por la borda el boom económico que comenzó en 2004 y se extendió hasta el 2016. Para graficarlo: el software era muy bueno, el hardware un desastre.
¿Nuestra Constitución está escrita en piedra?, evidentemente que no, existen algunas reformas macro que deben discutirse. Por ejemplo, el retorno a la bicameralidad, la unificación del Sistema Electoral, la autonomía presupuestal plena del Poder Judicial y del Ministerio Público, la elección universal de los magistrados del TC, entre las más importantes. El resto de los temas importantes – aparato estatal honesto y proactivo, reactivación económica, mejores coberturas sociales, pensiones justas, servicios públicos y sociales eficientes – son de orden legal y reglamentario, perfectamente consensuables entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo electos el próximo Abril. Claro, sino se repite la tragicomedia PPK-Keiko-Vizcarra-Covid19 que ha paralizado al país desde 2016.
No dejemos que las necesidades electorales de políticos inescrupulosos pongan el debate constitucional dentro de la campaña electoral. La reforma de la Constitución del Perú – de ser el caso – es un tema demasiado importante para entregarlo a la demagogia de ciertos candidatos… es, por el contrario, motivo de reflexión y concertación.
[1] Cuarentiséis (46) F-16, cazabombardero multirol versus los 17 operativos del Perú (Mirage2000 y MiG29) según el Global Firepower 2020.
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Minem plantea reducir a días la aprobación de permisos para pequeños proyectos de exploración minera
La propuesta crea la Declaración Jurada Ambiental (DJA) para proyectos de hasta 10 plataformas con impactos ambientales no significativos, y está en consulta pública por 15 días.
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) propuso crear un nuevo mecanismo para agilizar la certificación ambiental de determinados proyectos de exploración minera. A través de una Resolución Ministerial publicada el 29 de setiembre en el diario oficial El Peruano, el sector dispuso la publicación de un proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera.
El objetivo es crear la Declaración Jurada Ambiental para Exploración Minera (DJA), un nuevo instrumento de gestión ambiental complementario al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), dirigido a proyectos que contemplen entre una y 10 plataformas —los puntos habilitados para realizar perforaciones y determinar las características geológicas y mineralógicas de un posible yacimiento— y cuyos impactos ambientales sean considerados no significativos. A diferencia de otros instrumentos que requieren una evaluación previa de la autoridad, la certificación mediante la DJA estaría sujeta a aprobación automática.
El Minem abrió un plazo de 15 días calendario para recibir comentarios y aportes de entidades públicas, empresas y ciudadanía. La medida apunta a la etapa de exploración, previa a la explotación, en la que las empresas realizan perforaciones y estudios para determinar si un área tiene suficientes recursos minerales; una reducción de los tiempos de tramitación podría permitir que avancen más rápido los proyectos pequeños, aunque la propuesta no elimina la certificación ambiental ni se aplicaría automáticamente a cualquier proyecto minero.
Fuente: RPP
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Promesas electorales: candidatos deben ofrecer lo que realmente pueden cumplir
Armando Medina advierte que alcaldes y consejeros no pueden asumir funciones que corresponden a otros niveles de gobierno y pide revisar las competencias antes de votar.
De cara a las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre, el elector debe revisar si las promesas corresponden a las competencias del cargo. El analista político y catedrático universitario, Armando Medina, cuestionó los ofrecimientos que atribuyen a alcaldes funciones de otros niveles. “Muchos candidatos hacen alusión, pues, como que van a crear la Policía, que van a crear colegios, que van a crear hospitales. Eso no corresponde a los gobiernos municipales”, señaló.
Sobre seguridad, precisó que un alcalde puede reforzar cámaras y serenazgo, pero no disponer de efectivos policiales. “Las facultades de la represión y el control policial les competen a otras instancias”, afirmó. En cambio, destacó servicios municipales como agua, saneamiento y residuos sólidos. “Los candidatos a las alcaldías deben tener un plan claro” sobre estos servicios. También recordó que los consejeros regionales fiscalizan y no gestionan obras públicas directamente.
Fuente: Lima Conecta
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