Lima Centro
CCL presenta 7 reglas básicas para el pago de gratificaciones por navidad – Agencia de Noticias Órbita
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) presentó 7 reglas básicas que deben de tener en cuenta los empleadores y trabajadores del régimen laboral privado, con respecto al pago de gratificaciones por Navidad, cuyo plazo vence el 15 de diciembre.
“Según la Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada (Ley N°27735), los trabajadores deben percibir en diciembre un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones, siempre que hayan laborado el semestre completo de julio a diciembre 2023”, sostuvo el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.
Además, los afiliados a EsSalud percibirán adicionalmente un monto equivalente al 9 % de la gratificación como bonificación extraordinaria, mientras que para los trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria será del 6,75 %.
Por tanto, para el pago de las gratificaciones, los trabajadores y los empleadores deben tener en cuenta las siguientes pautas:
¿Quiénes tienen derecho a la gratificación?
Los trabajadores subordinados de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial; pues, para percibir este beneficio no se requiere que el trabajador haya laborado la jornada mínima de 4 horas diarias.
Los trabajadores de las pequeñas empresas, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), percibirán medio sueldo de gratificación conforme a la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-PRODUCE. Asimismo, tienen derecho a medio sueldo de gratificación los trabajadores de la micro empresa que hayan sido contratados antes de que la microempresa se inscriba en el Remype.
¿Quiénes no tienen derecho a este beneficio?
No tienen derecho aquellos que, por convenio con la empresa, perciben “Remuneración anual integral”, por cuanto en este caso, la gratificación y la CTS ya están incluidas en la remuneración integral anual acordada con el empleador.
Los trabajadores de microempresas, contratados después que la microempresa se inscribió en el Remype, no tienen derecho a la gratificación de diciembre.
Los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa) no perciben la gratificación por cuanto no son trabajadores de planilla; pues, están regulados por el Código Civil como una locación de servicios.
¿Cuál es el requisito para percibir la gratificación?
El derecho a percibir este beneficio se obtiene siempre que el trabajador se encuentre efectivamente laborando durante la primera quincena de diciembre. Excepcionalmente, se considera tiempo efectivamente laborado los siguientes supuestos de suspensión de labores: (i) El descanso vacacional, (ii) la licencia con goce de remuneraciones, (iii) el descanso médico por incapacidad para el trabajo que genera el pago de subsidios, (iv) el descanso por accidente de trabajo que esté remunerado o pagado con subsidios y (v) aquellos considerados por ley expresa como laborados para todo efecto legal.
¿Cuáles son los conceptos no computables?
Para el pago de la gratificación no se consideran las utilidades, las gratificaciones extraordinarias, las asignaciones por movilidad, educación, viáticos y los demás conceptos “no remunerativos”, previstos en el Art. 19 de la Ley de CTS.
¿Cuál es la remuneración del comisionista?
Para el caso de comisionistas y destajeros el monto de la remuneración para el pago de su gratificación, se obtiene en base al promedio de comisiones percibidas en los 6 meses anteriores al 15 de diciembre de 2023.
¿La gratificación se paga por mes completo?
Sí, los trabajadores que hayan laborado durante todo el semestre (julio – diciembre) perciben un sueldo completo de gratificación. Para los que han laborado algunos meses, la gratificación será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado. Sin embargo, si en un mes el trabajador tuviera inasistencias injustificadas, por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir.
¿Cuándo se paga la gratificación trunca?
El derecho a la gratificación trunca se origina al momento del cese del trabajador, siempre que tenga cuando menos un mes completo de servicios. El monto de la gratificación trunca se determina de manera proporcional a los meses calendario laborados en el periodo desde julio 2023 a la fecha de cese.
La remuneración computable para el pago de la gratificación trunca es la vigente en el mes inmediato anterior al cese. La gratificación trunca se paga conjuntamente con los beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes de producido el cese.
MULTAS
La CCL informó además que si los empleadores no pagan o depositan hasta el 15 de diciembre la gratificación por Navidad serán sancionados con multas diferenciadas que van desde los S/ 544.5 hasta S/ 129 294, según el régimen laboral de la empresa, por considerarse una infracción grave.
Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D.S. 008-2020-TR. Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No Mype).
Para determinar el monto de la multa, además del tamaño de la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de S/4 950 para el año 2023.
Actualidad
HOSTIGAMIENTO DISFRAZADO DE PERIODISMO EN PUEBLO LIBRE
¿Hasta dónde llega el límite entre la labor informativa y el acoso sistemático? Hoy exponemos una grave situación que afecta la tranquilidad de los trabajadores municipales en nuestro distrito.
Bajo el título “ACLARACIÓN PÚBLICA FRENTE A PUBLICACIONES FALSAS Y ACTOS DE HOSTIGAMIENTO”, el funcionario Pedro Morales Miranda ha alzado su voz para denunciar las agresiones y el asedio constante de Javier Yoplac, un personaje que, escudándose tras una cámara y un supuesto rol de comunicador, se dedica a perseguir y difamar a quienes gestionan el distrito.
Los hechos son claros y están grabados:
📍 El pasado viernes, durante su horario de refrigerio y en una conversación privada, los funcionarios fueron interceptados de manera prepotente.
📍 Pese a solicitarle reiteradamente que respete su espacio privado, Yoplac inició una persecución con celular en mano, invadiendo el espacio personal a escasos centímetros del rostro de Morales.
📍 No solo se trata de hostigamiento profesional; se reportan comentarios inapropiados y ofensivos contra las funcionarias presentes.
¿Información o Manipulación? 🎥 Los videos publicados por este personaje intentan proyectar una imagen de violencia que no existe. Lo que realmente se ve es la legítima defensa de ciudadanos que exigen respeto a su intimidad y honor, derechos que no se pierden por ser funcionario público.
Basta de impunidad. La libertad de expresión NO es una licencia para el acoso, la provocación ni la mentira. Como vecinos, merecemos canales de información serios, no espectáculos de odio que buscan desestabilizar la gestión con ataques personales.
⚠️ DATO CLAVE: Pedro Morales cuenta con una trayectoria impecable y ha anunciado que no permitirá que se vulnere su integridad ni la de sus colegas. El caso podría llegar a instancias judiciales.
¡Basta de hostigamiento en Pueblo Libre! El respeto es la base de nuestra democracia.
FUENTE: PEDRO MORALES
Actualidad
La FIL se muda de Jesús María
Por: EDWIN CAVELLO LIMAS
La Feria Internacional del Libro de Lima ya no volverá al parque Próceres de Jesús María. No hubo incendio, ni clausura sanitaria, ni rebelión vecinal. Hubo algo más eficaz: una factura. Doscientos mil soles. Esa habría sido la cifra que la Municipalidad de Jesús María —con el alcalde Jesús Gálvez a la cabeza— puso sobre la mesa para permitir que los libros siguieran ocupando, por unas semanas al año, un parque público. La Cámara Peruana del Libro no aceptó. Y se acabó la historia. O mejor dicho: se reveló la verdadera.
Porque no se trata de logística ni de orden urbano. Se trata de prioridades. La FIL se va porque no quiso pagar un peaje municipal que huele más a castigo que a alquiler. Y se va, además, a un lugar donde el mercado —ese villano habitual del discurso cultural— resulta más razonable: el Jockey Plaza. Allí, dicen desde la CPL, el espacio cuesta menos. Ironías de Lima: un centro comercial resulta más accesible que un parque público.
La escena es grotesca. Mientras los libros hacen maletas, en el distrito varios vecinos miran con incredulidad la decisión municipal. No porque sean románticos de la literatura, sino porque entienden algo elemental: la Feria Internacional del Libro de Lima convoca a miles de personas, mueve economía local, pone al distrito en el mapa cultural. Pero el alcalde Gálvez —a quien en el barrio llaman «Mayimbú», con más sorna que cariño— parece tener otros gustos. Para conciertos chicha en el Campo de Marte o la Concha Acústica, permisos hay. Para presentaciones de libros, no tanto.
Este 2026, además, el país invitado de honor es Ecuador. La programación deberá rearmarse, adaptarse a pasillos comerciales. La cultura, como siempre, se acomoda. Las autoridades, en cambio, se atrincheran en su escritorio. Desde el año pasado, la Municipalidad de Jesús María y la Cámara Peruana del Libro venían negociando la permanencia de la feria en Próceres. Hubo reuniones, idas y vueltas, discursos amables. Hasta que apareció la cifra final. Y con ella, la ruptura.
Que no se engañe nadie: la FIL no se va por capricho ni por falta de público. Se va porque no habría aceptado pagar 200 mil soles por usar un parque que, en teoría, es de todos. Jesús María se queda sin feria y Lima pierde un espacio público para el libro.
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