Nacional
Centro de Lima: Detienen a 8 personas implicadas en receptación de celulares robados

En el marco de la intensificación de la lucha contra la comercialización ilegal de celulares robados, la Policía Nacional del Perú (PNP) ejecutó un operativo en el centro comercial conocido como K’china Fashion Center, en el Cercado de Lima, logrando incautar más de 90 teléfonos móviles.
En esta intervención se detuvo a ocho personas implicadas, presuntamente, en el delito de receptación de equipos móviles robados.
Estos dispositivos fueron hallados en 20 puestos del mencionado lugar, ubicado en la cuadra 6 de la avenida Miguel Grau, los cuales funcionaban bajo la fachada de compra y venta de celulares y servicio técnico, pero donde también se ofrecía el cambio del IMEI y flasheo de estos equipos.
En total, los agentes de la Dirección de Seguridad del Estado de la PNP decomisaron 79 teléfonos móviles que no contaban con la documentación que sustentaban su procedencia legal, 13 celulares reportados como robados, tres laptops y tres tablets.
Los detenidos serán investigados por el presunto delito contra el patrimonio bajo la modalidad de receptación. Uno de ellos presentaba una orden de captura vigente por el delito de estafa y otras defraudaciones y era requerido por el Juzgado Penal Unipersonal de Junín.
Cabe indicar que el Poder Ejecutivo, a través de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República, promulgó, el pasado 18 de octubre, el decreto legislativo N° 1578, que modifica el Código Penal a efecto de endurecer las penas por el robo de celulares ?incluido laptop, tablets? y la cadena delictiva en torno a este delito. En el caso de la receptación, que comprende la comercialización, la exposición a la venta, desensamblar o usar un celular robado o sus partes, corresponde una pena de dos a cuatro años de prisión.
Es importante resaltar que el Ministerio del Interior (Mininter) ha puesto en marcha la campaña “Juntos Bloqueamos a la Delincuencia”, a fin de dar a conocer a la ciudadanía las nuevas penas por el robo de celulares, por el delito de receptación agravada (compra de celulares robados) y sanciones por clonación de terminales de telecomunicaciones y otras modalidades vinculadas al circuito delictivo en torno a esta ilícita actividad.
Nacional
DL 1589: Se sanciona hasta con 15 años de prisión para quien afecten las vías terrestres nacionales – Realidad.PE

El Consejo de Ministros aprobó el Decreto Legislativo (DL) 1589 que modifica el Código Penal, para garantizar la seguridad y tranquilidad pública en el país, mediante medidas que agravan las penas para aquellas personas que bloqueen importantes vías de comunicación.
Dicho decreto fue publicado en una edición extraordinaria del boletín de normas legales de El Diario Oficial El Peruano, y modifica los artículos 283 y 315 del Código Penal.
En el artículo 283 se menciona que el que, sin crear una situación de peligro común, impide, estorba o entorpece el normal funcionamiento del transporte o de los servicios públicos de telecomunicaciones, de saneamiento, de electricidad, de gas, de hidrocarburos o de sus productos derivados será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y con cien a ciento ochenta días-multa.
Además, constituyen circunstancias agravantes los siguientes supuestos:
- Si en la ejecución de las conductas previstas en el primer párrafo el agente atenta contra la integridad física de las personas o causa grave daño a la propiedad pública o privada, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de ocho años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
- Si las conductas recaen, causando grave daño, sobre recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales para desarrollar y mantener las capacidades nacionales vinculadas a servicios públicos conforme a la ley de la materia, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de ocho años ni mayor de diez años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
“En todos los casos se aplica la pena de inhabilitación conforme a lo señalado en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 36 del Código Penal para los supuestos agravantes”, indica la norma.
Mientras que en el artículo 315, en cuanto a disturbios, se menciona que el que en una reunión tumultuaria, atenta contra la integridad física de las personas y/o mediante violencia causa grave daño a la propiedad pública o privada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de ocho años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
Será sancionado con la misma pena cuando los actos descritos en el primer párrafo se produzcan con ocasión de un espectáculo deportivo, o en el área de influencia deportiva.
En tal sentido, el decreto recalca que constituyen circunstancias agravantes los siguientes supuestos:
- Si en estos actos el agente utiliza indebidamente prendas o símbolos distintivos de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú, la pena privativa de la libertad será no menor de ocho ni mayor de diez años y con trecientos sesenta y cinco a quinientos días-multa.
- Si el atentado contra la integridad física de las personas causa lesiones graves, será reprimido con la pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de doce años y con trecientos sesenta y cinco a seiscientos días-multa.
- Si se afecta vías terrestres nacionales, departamentales, locales y fluviales; infraestructura portuaria; infraestructura, para la generación, transmisión y distribución de energía; infraestructura para la extracción, procesamiento, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos líquidos, gas natural, entre otros, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de diez ni mayor de quince años y con trecientos sesenta y cinco a mil días-multa.
- Si el atentado contra la integridad física de las personas causa la muerte, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de quince años y con trecientos sesenta y cinco a mil días-multa.
Asimismo, se incorporan los artículos 283-A y 315-B al Código Penal, aprobado por Decreto Legislativo N°635, en los siguientes términos:
Precisamente, el artículo 283-A, se refiere a la colaboración al delito de entorpecimiento del funcionamiento de servicios públicos.
En tal sentido, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor a cinco años, el que de manera voluntaria realiza los siguientes actos de colaboración favoreciendo la comisión del delito de Entorpecimiento al funcionamiento de servicios público:
a) Provee cualquier bien mueble, objeto o instrumento que, coadyuve o facilite las actividades ejecutivas de los agentes del delito de Entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos.
b) Aporta recursos financieros o económicos para la adquisición de bienes muebles que coadyuven o faciliten las actividades de los agentes del delito de Entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos”.
Mientras que el artículo 315-B, referente a la colaboración al delito de disturbios menciona que será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor a seis años, el que de manera voluntaria realiza los siguientes actos de colaboración favoreciendo la comisión del delito de disturbios:
a) Provee cualquier bien mueble, objeto o instrumento que, específicamente coadyuve o facilite las actividades de los agentes del delito de disturbios.
b) Aporta recursos financieros o económicos para la adquisición de bienes muebles que coadyuven o faciliten las actividades de los agentes del delito de disturbios.
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Nacional
Instalarán 200 cámaras para la lucha contra la delincuencia

La adquisición de unas 200 cámaras de videovigilancia para reforzar la lucha contra la delincuencia en el distrito de Carmen de la Legua-Reynoso, anunció el alcalde Edwards Infante López.
En la ceremonia central por el 59 aniversario de creación del pujante distrito chalaco, manifestó que se coordina con la Embajada de Corea, para la compra de estos modernos equipos.
“Estamos coordinando con la Embajada de Corea para la adquisición de cámaras de nuestro centro de monitoreo y luchar contra la delincuencia”, afirmó.
La autoridad edil sostuvo también que se ha reforzado el patrullaje integrado con más policías.
“Hemos contratado la prestación del servicio de 20 policías de franco para el patrullaje. Para el próximo año este número de efectivos se incrementará a 50”, indicó.
PUENTE EN FAUCETT
Durante su discurso, realizado en la Sesión Solemne en la Plaza Miguel Grau, Infante anunció que la construcción de un puente peatonal en la avenida Elmer Faucett será una realidad.
“Debo anunciar que con apoyo del municipio provincia del Callao se ha culminado el estudio técnico de este proyecto y próximamente se iniciarán las obras a cargo de la empresa municipal Finver. Después de 40 años esta obra será una realidad”, aseguró.
El burgomaestre anunció que se ha gestionado con la Embajada de la India, para el otorgamiento de becas a los alumnos del último año de educación secundaria del distrito.
Infante López recordó que su gestión trabaja por el bienestar y desarrollo de los niños, jóvenes y la unión de la familia.
En ese sentido, señaló la puesta en funcionamiento de la Academia Municipal de Inglés y la Academia Preuniversitaria Municipal, para apoyar en la formación de jóvenes carmelinos.
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