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Cofopri ha registrado un total de 577 títulos correspondientes a colegios y espacios destinados al sector de Educación
En colaboración con el Minedu, se oficializa la formalización de 170 colegios prioritarios ubicados en Lima, Cañete, Huaura, Huaral y el Callao
El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri), dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ha registrado un total de 577 títulos de afectación en uso destinados a colegios, centros educativos y áreas del sector Educación, desde el año 2022 hasta la fecha actual del 2023.
La noticia fue compartida por el gerente general de Cofopri, Víctor Crisólogo Galván, quien detalló que entre enero y octubre del presente año se han inscrito 211 títulos de afectación en uso a favor del Ministerio de Educación (Minedu), y se encuentran en proceso de inscripción otros 8 títulos. Durante el 2022, se registraron 366 títulos en favor del sector.
Crisólogo Galván mencionó que, mediante un convenio con el Ministerio de Educación para la titulación de 170 colegios prioritarios, Cofopri ha completado los trabajos de levantamiento topográfico y planos perimétricos de 50 colegios ubicados en Lima, Huaura y Huaral. Se espera que para diciembre, se concluya el levantamiento topográfico georreferenciado y la elaboración de planos perimetrales de 120 colegios adicionales.
Con esta información técnica en manos del Minedu, corresponderá a este último inscribir los títulos ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.
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Procedimiento de titulación de instituciones educativas
Crisólogo Galván detalló que dentro de los procedimientos de formalización que Cofopri lleva a cabo en asentamientos humanos y centros poblados establecidos antes del 31 de diciembre de 2015, se incluye la regularización de lotes destinados a colegios, centros educativos y áreas designadas para el sector Educación en las zonas donde opera, asegurando su inscripción a nombre del Minedu.
«En nuestro ámbito de competencia, promovemos la formalización de la propiedad a favor del Ministerio de Educación, dentro de nuestros procesos en las áreas donde realizamos la formalización de acuerdo con el marco legal vigente», subrayó.
Adicionalmente, destacó que en colaboración con el Minedu se busca acelerar la formalización de los planteles educativos. En este contexto, mencionó que en 2019 se brindó información técnica para la titulación de 177 instituciones educativas en Áncash, Piura y Lima, así como 98 establecimientos educativos en las regiones afectadas por el Fenómeno El Niño costero en 2017.
Proyectos de inversión pública
Es imperativo disponer de los títulos de propiedad adecuados para iniciar proyectos de inversión pública en los colegios.
«Es esencial considerar que esto conlleva una inversión financiera que debe respaldarse legalmente. Por lo tanto, para llevar a cabo proyectos de inversión en los centros educativos, es fundamental que estén regularizados correctamente», subrayó.
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Elecciones 2026: Transparencia defiende la integridad institucional del proceso electoral –
La Asociación Civil Transparencia emitió un pronunciamiento institucional respecto al balotaje presidencial celebrado el pasado domingo 7 de junio, en el cual descartó la existencia de irregularidades que afecten la validez o la transparencia del proceso de sufragio en las mesas de votación instaladas en el territorio extranjero.
Tras culminar las labores de fiscalización ciudadana, el organismo independiente desestimó de manera categórica las acusaciones públicas de presuntas alteraciones en el procesamiento de actas y rechazó cualquier intencionalidad política orientada a desconocer los cómputos que emitan las entidades del sistema electoral nacional.
La labor de veeduría realizada por los equipos de la asociación civil abarcó el monitoreo directo de locales de votación en ciudades con alta densidad de electores peruanos residentes en el exterior. Los observadores electorales cubrieron de manera simultánea los centros de sufragio habilitados en las jurisdicciones de Buenos Aires, Santiago de Chile, Madrid, Barcelona, Milán, Berlín, Helsinki, Tokio, Miami, Nueva York y Newark.
De acuerdo con el reporte técnico del organismo, la recopilación de copias de actas de escrutinio en dichos puntos geográficos fue sometida a un cotejo directo con el sistema de procesamiento oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, constatándose la plena coincidencia de las cifras y la ausencia de anomalías estructuradas.
Exigencia de responsabilidad institucional a las organizaciones políticas
El comunicado de Transparencia enfatiza que el mantenimiento de la estabilidad institucional y la preservación del marco democrático demandan un comportamiento ético por parte de las candidaturas que disputaron el balotaje. El organismo exhortó a las fuerzas políticas participantes, personeros y líderes partidarios a conducirse bajo los principios de legalidad, sometiéndose a las directrices de los jurados electorales y aceptando la voluntad general expresada por la ciudadanía en las urnas.
Asimismo, la institución reiteró que la formulación de cuestionamientos al proceso debe canalizarse de forma estricta a través de los recursos legales vigentes, evitando narrativas de fraude que carezcan de sustento probatorio documental y que perjudiquen la confianza pública en el sistema democrático.
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Elecciones 2026: JEE rechaza nulidad de votación en el exterior planteada por Juntos por el Perú –
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró improcedente la solicitud de nulidad de oficio interpuesta por el personero legal del partido Juntos por el Perú, la cual pretendía invalidar los resultados de la totalidad de las mesas de sufragio instaladas en el exterior durante el balotaje presidencial del pasado 7 de junio.
El recurso partidario abarcaba los centros de votación administrados por las oficinas consulares peruanas en África, América del Norte, América Central y el Caribe, América del Sur, Asia y Medio Oriente, Europa y Oceanía. A través de la Resolución 09641-2026-JEE-LIC2/JNE, el tribunal electoral determinó que el pedido, ingresado formalmente el 22 de junio, excedió el plazo perentorio de tres días posteriores a los comicios fijado por la legislación vigente, el cual venció el 10 de junio.
Inobservancia de requisitos de procedibilidad y exhortación de conducta procesal
El órgano de justicia electoral fundamentó el rechazo del recurso no solo en su carácter extemporáneo, sino también en el incumplimiento de las condiciones formales estipuladas en el compendio normativo electoral, destacando entre ellas la omisión del pago de la tasa arancelaria correspondiente para este tipo de trámites de impugnación.
Adicionalmente, el colegiado incorporó un acápite en la resolución donde exhorta explícitamente al representante legal de Juntos por el Perú a ajustar su proceder a los principios de buena fe, celeridad y colaboración procesal. El llamado de atención busca prevenir la interposición de recursos inviables que dilaten las fases del cómputo oficial y entorpezcan la dinámica del calendario de sufragio.
Rechazo de impugnaciones ciudadanas particulares en sedes internacionales
En paralelo, las resoluciones dictadas por la jurisdicción electoral ratificaron la vigencia de los resultados internacionales al registrarse incidencias similares en otras instancias. Mediante la Resolución 09642-2026-JEE-LIC2/JNE, el JEE Lima Centro 1 declaró igualmente improcedente un petitorio formulado por una ciudadana particular que buscaba la anulación de diversas mesas de votación ubicadas en ciudades de Estados Unidos, Francia y España.
El tribunal desestimó el reclamo civil tras acreditarse que fue presentado fuera de los plazos establecidos por ley, adolecía del pago del derecho administrativo y carecía de legitimidad procesal activa, dado que las impugnaciones de esta naturaleza corresponden formalmente a las organizaciones políticas inscritas y no a electores individuales.
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