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Lima Centro

¿Cómo retirar hasta el 95.5% de mis fondos de la AFP? – Agencia de Noticias Órbita

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El retiro de hasta el 95,5% de los fondos de las AFP es una decisión muy importante para los afiliados, teniendo en consideración su situación económica y proyectándose al futuro. Por ello, aquellas personas que están evaluando realizar este trámite, es necesario que cumplan, en primer término, los siguientes requisitos:

• Ser afiliado y tener 65 años o más

• Ser afiliado titular y acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) o a otro tipo de jubilación anticipada.

• Ser pensionista por jubilación bajo una de las siguientes modalidades: Retiro programado y renta temporal con renta vitalicia diferida en la etapa temporal.

En cualquiera de esas opciones, es importante que cuentes con saldo en tu fondo. Como es una decisión muy importante, y si eres afiliado de Profuturo AFP, te mostramos los 3 pasos que debes seguir para realizar el trámite, el cual puedes hacerlo de forma online, e incluso la evaluación de acceso al REJA también es digital.

Paso N° 1:

Si cumples con los requisitos y accedes a este retiro, deberás confirmar tu información y realizar una simulación de cuánto será tu pensión en base a las opciones de retiro que existen. Aquí podrás saber cuánto recibirás de pensión, si retiras una parte de tu fondo o no retiras y te jubilas con el total de tu fondo.

Es importante que recuerdes que en esta primera parte aún no realizas la elección, es solo para evaluar tus posibles retiros y para que tomes la decisión que más te convenga. Para ello, Profuturo AFP te brinda una asesoría integral de todo este proceso.

Paso N° 2

Luego de 7 días útiles, recién podrás realizar el siguiente paso donde tendrás las siguientes alternativas:

• Recibir una pensión de jubilación

• Retirar hasta el 95.5% de tu fondo disponible

• Una combinación de ambos. Es decir, retirar un porcentaje de tu fondo y recibir una pensión con el saldo que resta.

No es obligatorio que realices este proceso después de los 7 días útiles. Puedes tomarte el tiempo que necesites y tu fondo seguirá intacto.

Paso N° 3

Como último paso, se realiza el pago de acuerdo a la elección que realizaste:

• Si escogiste recibir una pensión, podrás continuar con el proceso regular de jubilación; para lo cual, deberás ingresar a la agencia virtual de Profuturo e iniciar la solicitud del trámite.

• En el caso de retirar hasta el 95.5% de tu fondo disponible, recibirás tu pago en tres días útiles a partir de tu elección.

• Si optas por una combinación de ambos, el pago será de acuerdo a los plazos que aplica para retiro y para pensión, según corresponda, una vez se culmine el proceso de jubilación.

Recuerda que, si aún no has tomado una decisión puedes disponer de parte del fondo. Si decides retirar solo una parte de tu fondo o el total, estos serían los bancos habilitados para el proceso: BCP, BBVA, Scotiabank e Interbank.

En caso de fallecimiento, ¿qué pasaría con tu fondo si solo decides retirar un porcentaje?

En caso de tu fallecimiento, tus beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia reducida después del retiro, y podrán solicitar el reembolso por gasto de sepelio. Sin embargo, no podrás acceder a una pensión mínima.

Lo que debes tener en cuenta si decides realizar el retiro total del 95.5% de tu fondo

• El 4.5% restante será destinado a EsSalud para que puedas contar con una cobertura médica. Puedes registrar a tus derechohabientes en EsSalud, luego de haber realizado tu elección.

• En caso de tu fallecimiento, y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, tus beneficiarios (cónyuge o concubino, hijos menores de 18 años de edad o hijos mayores inválidos) no podrán acceder a una pensión de sobrevivencia ni tendrán derecho a una cobertura que brinda EsSalud. Tampoco podrás acceder a una pensión mínima y tus familiares no podrán solicitar el reembolso por gasto de sepelio.

Pasos para realizar el trámite de manera digital

  1. Ingresa a la web www.profuturo.com.pe y seleccionas la opción 95.5% y REJA.
  2. Haces clic en “Inicia tu trámite aquí”
  3. Se te derivará a la plataforma de evaluación de acceso, donde deberás completar la información solicitada.
  4. Es importante que tengas tu clave web. En caso no la tengas, puedes generarla ingresado a “Generador de clave web”.

Si eliges retirar solamente una parte de tu fondo, ¿podrás retirar más dinero en adelante?

Sí, ese proceso se conoce como retiro post 95.5%. Con ese trámite podrás retirar una parte o el total de lo que quede del 95.5% de tu fondo. Puedes realizarlo virtualmente desde la plataforma de Fondos Profuturo.

¿Debes seguir aportando después de retirar el 95.5% de tu dinero?

No es necesario que sigas aportando, pero sí debes comunicárselo a tu empleador y entregarle una copia del formato de opción de retiro y/o pensión que escogiste. Este formato se te enviará a tu correo electrónico luego de finalizar el paso N°2.

¿Qué pasa si tu empleador sigue aportando? ¿Puedes retirar ese dinero?

Sí, se puede retirar mediante el trámite post 95.5% que Profuturo AFP tiene habilitado desde la misma plataforma que realizaste tu elección.

¿Puedes tramitar tu bono de reconocimiento después de haber solicitado el retiro del 95.5% de tu fondo?

Sí puedes solicitarlo. El monto que ingrese a tu cuenta, luego de haberte entregado tus aportes, se sujetará a tu decisión de retiro y también estará afecto al 4.5% de EsSalud. Esta solicitud también podrás realizarla desde la plataforma Fondos Profuturo.

Recuerda que, si transfieres el dinero de tu fondo a una cuenta de ahorro, este dinero pierde su condición de inembargable al ser retirado de la AFP.

Si necesitas mayor información acerca de este tema, Profuturo ha puesto a tu disposición tutoriales de cómo realizar el trámite. Los encontrarás en las redes sociales de la AFP, en el canal de YouTube o en la web principal ingresando a www.profuturo.com.pe.



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Pueblo Libre Lidera Debate: Alcaldesa Mónica Tello Cuestiona Viabilidad de Armas No Letales para Serenos

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En el marco de la I Sesión Territorial de la Mancomunidad Municipal Lima Centro sobre el Estado de Emergencia 2025, la alcaldesa de Pueblo Libre, Mónica Tello, junto a su par de Surquillo, Cintia Loayza, pusieron el foco en los desafíos logísticos y presupuestarios para equipar a los serenos con armas no letales. Ambas autoridades calificaron la medida como «limitante e inviable» debido a la falta de presupuesto, vacíos legales y el riesgo inherente para el personal municipal.

La reunión, presidida por el alcalde de Miraflores y presidente de la Mancomunidad, Canales, sirvió para evaluar los resultados de la declaratoria de emergencia en la lucha contra la criminalidad.

Resultados Positivos, Pero con Necesidades

El alcalde Canales destacó que la declaratoria de emergencia «ha dado resultados» y respaldó la labor de la Policía Nacional. «Hay una acción mucho más comprometida de la Policía Nacional y demás autoridades para reducir la delincuencia,» indicó tras la sesión, que contó con la presencia de altas autoridades del Ministerio Público, Poder Judicial, PNP, Osiptel, ATU y Migraciones.

Por su parte, el comandante general de la PNP, general Óscar Arriola Delgado, presentó cifras contundentes, avalando el éxito de la norma:

  • 70% de detenidos.
  • 60% de incautación de armas.
  • Más de 12 mil cartuchos de doble capacidad destructiva.
  • Más de 100 toneladas de pirotécnicos decomisados.

«Por supuesto que estas normas han tenido resultados, objetivamente hemos tenido resultados en base a los números,» sostuvo Arriola.

Acciones Complementarias de la Justicia

En otros acuerdos clave, el Fiscal Superior Titular Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Jorge Chávez Cotrina, anunció la creación de fiscalías de bandas para Lima, Callao, Chiclayo y Sullana. Mientras se implementan, las 16 fiscalías de crimen organizado asumirán las investigaciones de extorsión.

La presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, Miluska Cano López, enfatizó el compromiso judicial: «Los jueces están involucrados en buscar cambios normativos y mejores manuales operativos para lograr resultados.»

Finalmente, representantes de Osiptel hicieron un llamado a los municipios a asumir un rol más activo en la fiscalización de la venta ambulatoria de chips de telefonía móvil, buscando reducir su uso delictivo.

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Munis en la mira: Serenos podrán patrullar con pistolas eléctricas

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Alcaldesas de Surquillo y Pueblo Libre opinan que implementación de nueva norma requiere mayor presupuesto y modificar Ley Orgánica de Municipalidades

El reciente Decreto Supremo N.º 015-2025-IN, aprobado por el Ministerio del Interior (Mininter), ha abierto un nuevo capítulo en la seguridad ciudadana: por primera vez, los agentes de los servicios de serenazgo municipal podrán portar pistolas eléctricas o de electrochoque, además de cámaras corporales, grilletes y aerosoles de pimienta.

Si bien la norma pretende “la modernización y profesionalización del serenazgo municipal” y la necesidad de fortalecer su coordinación con la Policía Nacional del Perú (PNP) ante el avance de la delincuencia, también plantea tantas interrogantes como promesas.

La norma exige dotar de armas eléctricas a un cuerpo cuya función tradicional ha sido preventiva, que porten cámaras corporales activas que registren sus intervenciones con el fin de garantizar transparencia y respeto a los derechos humanos, pero ¿están los municipios preparados para asumir la supervisión, el entrenamiento y su implementación?

Para la alcaldesa de Surquillo, Cinthia Loayza, el decreto crea vacíos, contradicciones normativas y riesgo de inconstitucionalidad, ya que asigna funciones que no están previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades. «Se tendría que modificar la Ley Orgánica de Municipalidades si se quiere otorgar nuevas funciones al serenazgo. De lo contrario, se está violando el marco legal», indicó.

Reconoció que la intención de la norma es válida ante el aumento de la criminalidad, pero pidió al Ejecutivo revisar el contenido del decreto y evitar imponer normas que generen conflictos de aplicación.

Falta de presupuesto
En cuanto al presupuesto, la alcaldesa surquillana subrayó que el Ministerio de Economía y Finanzas no ha emitido un dispositivo que autorice o asigne recursos específicos a las municipalidades para cumplir con la adquisición de pistolas eléctricas, cámaras corporales u otros implementos mencionados en el reglamento.

Además, señaló que la norma fue excluida de la Evaluación de Impacto Regulatorio (EIR), lo cual a su juicio refleja una falta de rigor técnico. «Tenemos programaciones multianuales definidas. No se puede exigir de un día para otro nuevas obligaciones sin asignar presupuesto ni evaluar los efectos», dijo.

Un sereno no es un policía
En la misma línea, la alcaldesa de Pueblo Libre, Mónica Tello, respaldó la intención de la norma, pero advirtió que su aplicación debe ser gradual y acompañada de un presupuesto específico para las municipalidades.

Dijo que los municipios, con el nuevo dispositivo, enfrentará un reto para el cual no están plenamente preparados ni financiados. Mencionó que muchas municipalidades dependen casi exclusivamente de lo que pagan los vecinos mediante arbitrios.

«Algunas municipalidades podrán comprar estos implementos, pero muchas otras no. No todas tienen los mismos recursos. La ley está bien, pero debe venir con presupuesto», enfatizó.
“Estamos asumiendo una función que no nos corresponde directamente. Un sereno no es un policía y no está preparado para eso”, añadió.

Por : Marco Cáceres A.

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