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Congreso: ¿Qué es la Comisión Permanente y cuál es su función? – Diario Nacional Realidad.PE

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Congreso: ¿Qué es la Comisión Permanente y cuál es su función? – Diario Nacional Realidad.PE


Uno de los órganos que conforman el Congreso de la República es la Comisión Permanente. Conoce más sobre este grupo, quiénes la conforman y cuáles son las funciones que ejerce.

¿Qué es la Comisión Permanente?

De acuerdo con el Reglamento del Congreso, la Comisión Permanente es un órgano parlamentario que tiene un régimen de organización especial. Ejerce sus tareas durante el funcionamiento ordinario de dicho poder del Estado, durante su receso e inclusive en el interregno parlamentario.

Esta se instala a más tardar dentro de los quince días útiles posteriores a la instalación del primer período ordinario de sesiones.

¿Cómo está conformada la Comisión Permanente?

Está encabezada por el presidente del Congreso y la integran no menos de veinte parlamentarios elegidos por el pleno, guardando la proporcionalidad de los representantes de cada bancada. Además, los vicepresidentes del Congreso son, a su vez, vicepresidentes de la Comisión Permanente.

¿Cómo se elige a los integrantes de la Comisión Permanente?

El presidente del Congreso somete a consideración del pleno la nómina de parlamentarios propuestos para conformar la Comisión Permanente y lo hace, a más tardar, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la instalación del primer período anual de sesiones. En tanto, la elección se realiza dentro de los cinco días hábiles posteriores.

En el siguiente enlace podrás encontrar la relación de miembros de la Comisión Permanente para el presente periodo.

¿Qué pasa con la Comisión Permanente si se disuelve el Congreso?

El artículo 45 del Reglamento del Congreso señala que si el presidente de la república, en aplicación de la atribución que le concede el artículo 134 de la Constitución, disuelve el Congreso, dicha decisión no alcanzará a la Comisión Permanente.

“Disuelto el Congreso, se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser disuelta”, señala también el artículo 134 de la Constitución Política.

¿Cuáles son las funciones de la Comisión Permanente?

De acuerdo con el artículo 101 de la Constitución Política, la Comisión Permanente tiene entre sus principales funciones:

  • Designar al contralor general, a propuesta del presidente de la república.
  • Ratificar la designación del presidente del Banco Central de Reserva y del superintendente de Banca y Seguros.
  • Aprobar los créditos suplementarios y las transferencias y habilitaciones del presupuesto durante el receso parlamentario.
  • Ejercitar la delegación de facultades legislativas que el Congreso le otorgue. En ese sentido, se señala que a la Comisión Permanente no se le pueden delegar materias relativas a reforma constitucional, aprobación de tratados internacionales, leyes orgánicas, ni a Ley de Presupuesto y Cuenta General de la República.
  • Las demás que le asigna la Constitución y las que le señala el Reglamento del Congreso.

Por otro lado, el artículo 99 de la Carta Magna señala que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso por infracción constitucional, así como por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones, al presidente de la república, a los congresistas y ministros de Estado.

Además, a los miembros del Tribunal Constitucional, Junta Nacional de Justicia, vocales de la Corte Suprema, fiscales supremos, defensor del pueblo y al contralor general. Además, puede hacerlo hasta cinco años después de que dichas autoridades hayan cesado en sus funciones.

¿Qué funciones desarrolla la Comisión Permanente con relación a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales?

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso es el órgano encargado de calificar la admisibilidad y procedencia de las denuncias constitucionales presentadas, así como realizar la investigación en los procesos de acusación constitucional.

En ese sentido, el Reglamento del Congreso señala que la Comisión Permanente es la que se encarga de designar al presidente y los miembros de la Subcomisión.

Además, dicho grupo de trabajo presenta a la Comisión Permanente sus informes de calificación y este último aprueba el plazo de investigación para la presentación de su informe final.

Si la Subcomisión aprueba un informe final que concluye en acusación, la Comisión Permanente nombrará una subcomisión acusadora, conformada por miembros de la SAC, la cual se encargará de sustentar el informe final y presentar acusación ante el pleno del Congreso.

Cabe señalar que la aprobación de una acusación constitucional en el pleno requiere el voto a favor de la mitad más uno del número de congresistas, pero en este caso no pueden votar los miembros de la Comisión Permanente.

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Tensión en el CAL: ¿Una juramentación al borde de la nulidad?

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Tensión en el CAL: ¿Una juramentación al borde de la nulidad?

La próxima investidura de Delia Espinoza como decana del Colegio de Abogados de Lima para el periodo 2026-2028 se encuentra bajo la sombra de la ilegalidad. Lo que debería ser un acto de unidad institucional se ha transformado en un choque de poderes, luego de que el Comité Electoral advirtiera que la juramentación ante la Asamblea General —y no ante su propio órgano— contraviene el reglamento electoral vigente.

El riesgo de una «gestión fantasma»

La insistencia de Espinoza en ignorar las advertencias del Comité Electoral abre una caja de Pandora jurídica. Si el acto se realiza fuera del marco que el órgano electoral considera legal, las consecuencias podrían ser devastadoras para el gremio:

  • Nulidad del Acto: El Comité Electoral tiene la facultad de declarar nulo el acto de juramentación, lo que dejaría a la decana sin el reconocimiento oficial para ejercer sus funciones.
  • Impedimento de Registro: Una juramentación cuestionada dificultaría la inscripción de los poderes de la nueva junta directiva ante la SUNARP, bloqueando el acceso a las cuentas bancarias del Colegio y paralizando la administración de los aportes de los agremiados.
  • Acefalía Institucional: En la práctica, el CAL podría quedar en un limbo donde la junta saliente no tiene mandato y la entrante no tiene legitimidad, lo que generaría un vacío de poder sin precedentes.

Un pulso de interpretaciones

Mientras Delia Espinoza se apoya en la jerarquía del Estatuto del CAL para justificar su postura, el Comité Electoral insiste en que las reglas de juego para el proceso de asunción están supeditadas al reglamento específico de la elección. Esta interpretación no es menor: un error en la forma del juramento no es un simple error protocolar, es un vicio que puede invalidar cada resolución, contrato o nombramiento que firme la decana a partir del 6 de abril.

Exhortación al rigor

Ante este escenario, diversas voces dentro del gremio exigen que la exfiscal actúe con la prudencia jurídica que su cargo amerita. Realizar una juramentación bajo cuestionamiento de nulidad no solo debilita su autoridad desde el primer día, sino que expone a la institución a una serie de procesos judiciales (acciones de amparo o impugnaciones) que podrían durar todo su mandato.

La ceremonia programada para este lunes frente a la Asamblea General es, ahora mismo, un salto al vacío legal que pone en juego la estabilidad del colegio profesional más importante del país.

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Raúl Canelo advierte sobre el peligroso retorno de «Los Cuellos Blancos» al sistema judicial peruano

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Raúl Canelo advierte sobre el peligroso retorno de «Los Cuellos Blancos» al sistema judicial peruano

El candidato al Senado resaltó la urgente necesidad de combatir la corrupción institucionalizada mediante la derogatoria de las «leyes procrimen» y la aplicación de sanciones drásticas.

El reconocido jurista Raúl Canelo Rabanal, candidato al Senado con el número 3 por el partido Libertad Popular, encendió las alarmas al advertir sobre la rearticulación de «Los Cuellos Blancos» en el sistema de justicia peruano, una situación irregular que amenaza gravemente la institucionalidad del país.

«Han regresado a la Corte. Todo este grupo mafioso se ha reagrupado y, avalados por resoluciones, leyes a medida y recientes fallos del Tribunal Constitucional (TC), han retomado el control», sostuvo de manera categórica.

Cabe recordar que «Los Cuellos Blancos del Puerto» fue una organización criminal conformada por jueces, fiscales, políticos y empresarios que operaba desde el Callao. El caso, destapado tras la difusión de audios comprometedores, reveló una profunda red de tráfico de influencias agravado y corrupción.


Un pésimo ejemplo y la crisis institucional

Canelo cuestionó el severo deterioro de las instituciones encargadas de administrar justicia y de interpretar la Constitución. En esa línea, criticó la politización en la elección de los magistrados del TC, del Defensor del Pueblo y de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

«¿Qué ejemplo estamos dando al país? Tenemos el desastre perfecto: destituciones irregulares en la Fiscalía, ataques sistemáticos al Poder Judicial y un TC que emite fallos complacientes a favor del actual gobierno», precisó el abogado.

«Tienen prontuarios, no currículums»

Con cuatro décadas de trayectoria profesional, el doctor Canelo fustigó duramente a las agrupaciones políticas que incluyen a personas con antecedentes penales en sus listas congresales.

«Hay partidos que escogen a sus candidatos en los penales; tienen prontuarios, no currículums. Fuerza Popular tiene decenas de procesados, y el partido de Acuña otro tanto. Si el Perú se organiza con estas agrupaciones, ¿qué nos espera a futuro? Tenemos que trabajar para eliminar esto de raíz, y nosotros tenemos los planes para hacerlo», sentenció el futuro senador.

Derogatoria del paquete «procrimen»

Frente a este preocupante panorama, Canelo recordó que, durante su gestión como Decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), presentó en octubre de 2025 el Proyecto de Ley N° 12158/2025/CAL. Esta iniciativa tiene como finalidad derogar el paquete normativo aprobado por el actual Congreso, el cual debilitó la persecución del crimen organizado y limitó las capacidades operativas del sistema de justicia.

«Las ‘leyes procrimen’ se tienen que eliminar de plano. Además, debemos ser muy drásticos con las leyes anticorrupción, que hoy resultan demasiado leves», agregó el ilustre jurista y catedrático universitario.

Libertad Popular y el respaldo fonavista

Finalmente, destacó que Libertad Popular, partido liderado por el candidato presidencial Rafael Belaúnde Llosa, representa la opción más limpia y sólida para los comicios generales del próximo domingo 12 de abril, donde se elegirá al presidente y al nuevo Congreso Bicameral (130 diputados y 60 senadores).

«Aquí no tenemos a gente vinculada a los grupos de poder que hoy controlan el Congreso. No somos corruptos ni sinvergüenzas, ni pertenecemos a este pacto mafioso que tanto daño nos hace. Nosotros contamos con una trayectoria democrática comprobada, liderada por Rafael Belaúnde», afirmó.

Como cierre, Canelo anunció que el movimiento de fonavistas se sumará al respaldo de Libertad Popular, recordando que él asumió la defensa legal de este grupo desde los inicios de su justo reclamo para la devolución de sus aportes al ex Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

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