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Contraloría advirtió de irregularidades en proyectos del MVCS en Piura – Diario Nacional Realidad.PE

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Contraloría advirtió de irregularidades en proyectos del MVCS en Piura – Diario Nacional Realidad.PE


Las irregularidades denunciadas en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), actualmente investigadas por el Ministerio Público, fueron materia de alertas efectuadas por la Contraloría General de la República, recalcó esta institución.

Estas derivaron de informes de control recurrente que en su momento fueron notificados a quien encabezaba la referida cartera ministerial, a fin de que adopte las acciones correctivas correspondientes. La actual ministra del sector, Hania Pérez de Cuellar, denunció ante la fiscalía las irregularidades de la gestión anterior.

Entre los casos detectados por la Contraloría está el de la adjudicación del proyecto de ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado en asentamientos humanos de los distritos de Piura y Castilla, y el mejoramiento del agua potable en Sullana, Querocotillo, Salitral y Marcavelica de la provincia de Sullana, ambas en Piura.

En los dos casos se observaron inconsistencias en la evaluación y calificación de los postores para ejecución de la obra. Así, los procesos de selección no estaban acordes a los principios que rigen las contrataciones del Estado, se indicó.

Otros casos

En cuanto al mejoramiento del sistema aguas servidas de Sullana y Bellavista, también en Piura, la Contraloría efectúa desde 2021 servicios de control concurrente. Hasta el momento emitió 13 informes de control, referenciando situaciones adversas en la ejecución del proyecto.

Entre ellas se indicó que el expediente técnico presenta deficiencias, que no hay un certificado de factibilidad de servicio de agua potable para la planta de tratamiento de aguas residuales y que se constató una demora en el reinicio de la construcción del tanque de cloración en dicha planta.

Y sobre los casos de presunta corrupción en proyectos de inversión en el citado ministerio, la Contraloría invocó a las diversas entidades públicas a adoptar las acciones correctivas oportunas, tras ser notificadas de ello en los informes de control.

Estos informes y otros se encuentran publicados en el Buscador de Informes de Control de la Contraloría General, y en el portal institucional de esta entidad.

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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