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Declaran infundados 10 expedientes sobre recursos de nulidad de mesas – Señal Alternativa

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El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundados en audiencia pública las apelaciones de 10 expedientes sobre recursos de nulidad de mesas de sufragio, que interpuso Fuerza Popular.

El titular del organismo electoral, Jorge Luis Salas Arenas, y los integrantes Jovián Sanjinez y Jorge Rodríguez, votaron a favor de declararlas infundadas, mientras que Luis Arce indicó que las cusas no se encontraban expeditas de fondo y solicitó un cotejo de las firmas con el padrón del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la lista de electores de las mesas observadas.

En ese sentido, se confirmó las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales (JEE) desde donde provenían los recursos de nulidad de mesas de sufragio.

Asimismo, en el caso de las pruebas periciales presentadas por Fuerza Popular, el pleno del JNE determinó que estas sean remitidas al Ministerio Público, con la finalidad de que esta institución inicie una investigación al respecto.

En su mayoría, el pleno declaró infundados los pedidos debido a que no se acreditó la presunta falsificación de firmas o suplantación de miembros de mesa, así como este supuesto proceso irregular favoreció a algún candidato en particular.

Al término de la audiencia pública, el titular del JNE manifestó que mañana desde las 9:30 horas continuarán viendo más expedientes sobre recursos de nulidad.

Debate

Durante el debate, el presidente del JNE, Jorge Luis Salas, afirmó que la Ley Orgánica de Elecciones se aplica tanto a una elección general como a una municipal y distrital, pues no existe una norma solo para el caso de un proceso donde se eligen al presidente, vicepresidentes y congresistas.

No hay pruebas de fraude

Asimismo, indicó que la declaratoria de nulidad por fraude debe estar acompañada de pruebas que confirmen con contundencia este hecho, de igual modo para el caso de las grafías o firmas discordantes, cuya determinación de la verdad o no, debe estar a cargo de un proceso por la vía judicial.

Los plazos para resolver son de tres días

«Además de la inconsistencia existen reglas para la validez (del pedido de nulidad), no existe una etapa probatoria, pues para tener la verdad tendríamos que convocar a las personas para que dejen sus trazas (firmas), pero eso no se puede hacer por los principios que he mencionado y porque tenemos tres días para resolver estas causas», añadió.

Elección diferente

Por su parte, el integrante del JNE, Luis Arce, precisó que era necesario buscar la verdad y que no todos los antecedentes presentados guardan relación con el caso de una elección diferente.

«Estamos frente a una elección general que trasciende nuestro territorio, si así estamos y este es el escenario, entonces porqué se rehúye a darle un tratamiento distinto a las cosas. Me resisto a creer que hay jueces reglamentaristas», sostuvo.

JNE no es competente para ver delitos

En cuanto a la denuncia por parte de Fuerza Popular, respecto a la supuesta falsedad de las firmas, explicó que el JNE no es competente para ver los delitos, sino que este tema corresponde a la justicia ordinaria, pero que eso «no significa renunciar a la búsqueda de la verdad de las infracciones electorales».

Fuente: Andina



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Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa

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Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.

Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.

El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.

En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %

El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.

En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.

Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución

Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:

La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.



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Lima Norte

Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa

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Durante proceso electoral 2026.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.

En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.

Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.

De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.

En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.

Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.

Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.

Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.

Fuente: Andina



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