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Decreto de Urgencia fija medidas económicas para implementar unidades de flagrancia – Diario Nacional Realidad.PE
El Gobierno aprobó el Decreto de Urgencia 034-2023 que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para fortalecer e implementar las unidades de flagrancia delictiva y dicta otras medidas.
Dicho dispositivo es publicado esta noche en el boletín extraordinario de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El decreto tiene por objeto dictar medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera, para fortalecer e implementar las unidades de flagrancia delictiva, así como la contratación de personal, bienes y servicios en entidades del Gobierno Nacional, Poder Judicial y gobiernos locales.
Ello con la finalidad de ejecutar acciones urgentes e inmediatas en seguridad ciudadana y lucha contra el crimen organizado, a fin de garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales en un contexto de incremento de incidencia delictiva común y organizada.
Contexto que se presenta en los distritos de San Juan de Lurigancho y San Martin de Porres (Lima) y en los distritos de Sullana, Bellavista, Marcavelica, Salitral, Querecotillo, Ignacio Escudero y Miguel Checa (Sullana – Piura), declarados en estado de emergencia por el Decreto Supremo 105-2023-PCM.
Transferencia
En tal sentido, autoriza las transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de 111 millones 659,275 soles, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos locales.
Dicha transferencia permitirá la implementación inmediata de Brigadas Especiales Contra el Crimen Organizado a cargo de la Policía Nacional del Perú; la dotación de mayores recursos logísticos a los Departamentos de Investigación Criminal de San Juan de Lurigancho, San Martin de Porres y Sullana.
También, a las Comisarías de San Juan de Lurigancho, San Martin de Porres y Sullana, a la Oficina de Criminalística de Piura; a la Unidad Funcional de Criminalística de San Juan de Lurigancho; a la División de Policía Judicial y Requisitorias y a la Dirección de Operaciones Especiales a cargo de la Policía Nacional del Perú.
De igual modo, permitirá la contratación y dotación de nuevos defensores públicos y personal de apoyo judicial; la implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva; y la implementación de los servicios de patrullaje municipal y video vigilancia a cargo de los gobiernos locales de los distritos declarados en estado de emergencia.
Otras medidas
Además, autoriza la contratación de personal en entidades del Gobierno Nacional y gobiernos locales, estableciendo para ello medidas en materia de contrataciones del Estado.
Por último, dispone que hasta el 30 de enero de 2024, los ministerios del Interior y Justicia, así como el Poder Judicial, con fines de rendición de cuentas y transparencia de la información, remiten a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en forma mensual, un reporte de las intervenciones en torno al número de detenidos indicando el tipo de delito y si se encuentra bajo la Ley contra el Crimen Organizado.
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Elecciones 2026: Transparencia defiende la integridad institucional del proceso electoral –
La Asociación Civil Transparencia emitió un pronunciamiento institucional respecto al balotaje presidencial celebrado el pasado domingo 7 de junio, en el cual descartó la existencia de irregularidades que afecten la validez o la transparencia del proceso de sufragio en las mesas de votación instaladas en el territorio extranjero.
Tras culminar las labores de fiscalización ciudadana, el organismo independiente desestimó de manera categórica las acusaciones públicas de presuntas alteraciones en el procesamiento de actas y rechazó cualquier intencionalidad política orientada a desconocer los cómputos que emitan las entidades del sistema electoral nacional.
La labor de veeduría realizada por los equipos de la asociación civil abarcó el monitoreo directo de locales de votación en ciudades con alta densidad de electores peruanos residentes en el exterior. Los observadores electorales cubrieron de manera simultánea los centros de sufragio habilitados en las jurisdicciones de Buenos Aires, Santiago de Chile, Madrid, Barcelona, Milán, Berlín, Helsinki, Tokio, Miami, Nueva York y Newark.
De acuerdo con el reporte técnico del organismo, la recopilación de copias de actas de escrutinio en dichos puntos geográficos fue sometida a un cotejo directo con el sistema de procesamiento oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, constatándose la plena coincidencia de las cifras y la ausencia de anomalías estructuradas.
Exigencia de responsabilidad institucional a las organizaciones políticas
El comunicado de Transparencia enfatiza que el mantenimiento de la estabilidad institucional y la preservación del marco democrático demandan un comportamiento ético por parte de las candidaturas que disputaron el balotaje. El organismo exhortó a las fuerzas políticas participantes, personeros y líderes partidarios a conducirse bajo los principios de legalidad, sometiéndose a las directrices de los jurados electorales y aceptando la voluntad general expresada por la ciudadanía en las urnas.
Asimismo, la institución reiteró que la formulación de cuestionamientos al proceso debe canalizarse de forma estricta a través de los recursos legales vigentes, evitando narrativas de fraude que carezcan de sustento probatorio documental y que perjudiquen la confianza pública en el sistema democrático.
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Elecciones 2026: JEE rechaza nulidad de votación en el exterior planteada por Juntos por el Perú –
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró improcedente la solicitud de nulidad de oficio interpuesta por el personero legal del partido Juntos por el Perú, la cual pretendía invalidar los resultados de la totalidad de las mesas de sufragio instaladas en el exterior durante el balotaje presidencial del pasado 7 de junio.
El recurso partidario abarcaba los centros de votación administrados por las oficinas consulares peruanas en África, América del Norte, América Central y el Caribe, América del Sur, Asia y Medio Oriente, Europa y Oceanía. A través de la Resolución 09641-2026-JEE-LIC2/JNE, el tribunal electoral determinó que el pedido, ingresado formalmente el 22 de junio, excedió el plazo perentorio de tres días posteriores a los comicios fijado por la legislación vigente, el cual venció el 10 de junio.
Inobservancia de requisitos de procedibilidad y exhortación de conducta procesal
El órgano de justicia electoral fundamentó el rechazo del recurso no solo en su carácter extemporáneo, sino también en el incumplimiento de las condiciones formales estipuladas en el compendio normativo electoral, destacando entre ellas la omisión del pago de la tasa arancelaria correspondiente para este tipo de trámites de impugnación.
Adicionalmente, el colegiado incorporó un acápite en la resolución donde exhorta explícitamente al representante legal de Juntos por el Perú a ajustar su proceder a los principios de buena fe, celeridad y colaboración procesal. El llamado de atención busca prevenir la interposición de recursos inviables que dilaten las fases del cómputo oficial y entorpezcan la dinámica del calendario de sufragio.
Rechazo de impugnaciones ciudadanas particulares en sedes internacionales
En paralelo, las resoluciones dictadas por la jurisdicción electoral ratificaron la vigencia de los resultados internacionales al registrarse incidencias similares en otras instancias. Mediante la Resolución 09642-2026-JEE-LIC2/JNE, el JEE Lima Centro 1 declaró igualmente improcedente un petitorio formulado por una ciudadana particular que buscaba la anulación de diversas mesas de votación ubicadas en ciudades de Estados Unidos, Francia y España.
El tribunal desestimó el reclamo civil tras acreditarse que fue presentado fuera de los plazos establecidos por ley, adolecía del pago del derecho administrativo y carecía de legitimidad procesal activa, dado que las impugnaciones de esta naturaleza corresponden formalmente a las organizaciones políticas inscritas y no a electores individuales.
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