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Lima Norte

Dina Boluarte infringió normas del Reniec al postular con Perú Libre – La Noticia Renovada

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La primera vez que Dina Boluarte Zegarra postuló a un cargo público fue en 2018 con el entonces partido Perú Libertario, hoy llamado Perú Libre. Tentó la Alcaldía de Surquillo, pero no consiguió los votos. Su campaña la desplegó en las calles y en las redes sociales, donde hasta ahora se aprecian las fotos que se tomó con el logo de ese partido. Para ese año, Boluarte trabajaba en el Reniec como jefa de la Oficina de Surco bajo contrato CAS. En ese momento era funcionaria del sistema electoral y hacía vida política al mismo tiempo, una situación que, en esa época, era una causal de sanción segura.

El reglamento interno de trabajo del Reniec que regía en 2018 fue creado en 2003. En su artículo 77 señalaba una serie de prohibiciones que, de no acatarlas, se incurría en falta grave. El inciso r) señalaba expresamente que los trabajadores “no pueden ejercer actividades políticas y partidarias y actividades ajenas que constituyan conflicto de interés aun cuando se realice fuera del local institucional y horario de trabajo”.

Boluarte no estaba suscrita a ningún partido político, pero evidentemente hizo campaña proselitista. Sin embargo, para integrar la plancha presidencial de Pedro Castillo con Perú Libre, la candidata a vicepresidente sí se inscribió como militante de la organización política en setiembre del 2020, según registros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Ese reglamento del 2003 estuvo vigente hasta enero de este año. No obstante, y de acuerdo al historial de trabajo de Dina Boluarte que detalló el Reniec a Perú21, nunca se le abrió un solo procedimiento administrativo por esta razón pese a sus dos postulaciones. En su legajo aparecen otro tipo de sanciones, como llamados de atención y amonestaciones por otros asuntos.

El nuevo reglamento, aprobado por resolución jefatural el 21 de enero, no es tan severo y solo refiere una falta grave si el funcionario público hace proselitismo político “a través de sus funciones o mediante uso de infraestructura, bienes o recursos públicos”.

Renuncia o rescisión

El especialista en temas electorales José Tello explicó a este diario que Dina Boluarte “no debe continuar” en el Reniec y alegó que ella debe renunciar o la institución separarla de sus funciones.

“Siendo funcionario no puedes tener este tipo de conflictos, más aún cuando hay una base normativa; ni por haber pedido licencia laboral la señora Boluarte se le puede eximir de esas reglas internas, el Reniec debe tener una postura más clara”, expresó Tello.

Su colega José Naupari resaltó que este hecho es causal de falta grave, y ello podría derivar en la salida de Boluarte.

“Estamos hablando del plano ético, si la funcionaria está inscrita en un partido político siendo parte del sistema electoral, cuando este sistema debe ser neutral, ella debió haber renunciado; en todo caso, control interno del Reniec debió haber advertido este conflicto”.

Según el Reniec, Boluarte se encuentra de licencia sin goce de haber, tras la segunda vuelta, del 29 de junio al 22 de julio.

Tenga en cuenta

-Perú21 intentó comunicarse con Dina Boluarte para consultarle si consideró las normas internas del Reniec antes de postular, pero no contestó nuestras llamadas.

-El Reniec informó a este diario que, antes del 29 de junio, Boluarte ha pedido durante el proceso electoral tres veces licencias sin goce de haber: 12 de marzo al 10 de abril; del 19 de abril al 5 de junio, y del 7 de junio al 29 de junio.

Por: ALVARO REYES QUINTEROS



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Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa

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Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.

Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.

El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.

En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %

El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.

En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.

Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución

Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:

La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.



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Lima Norte

Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa

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Durante proceso electoral 2026.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.

En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.

Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.

De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.

En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.

Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.

Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.

Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.

Fuente: Andina



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