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El Newcastle humilla 8-0 al Sheffield United por la Premier League

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El Newcastle humilla 8-0 al Sheffield United por la Premier League


El equipo dirigido por Eddie Howe no tuvo compasión y goleó 8-0 a un débil Sheffield United por la jornada 6 de la Premier League

El partido entre el Sheffield United y el Newcastle tuvo un aspecto sombrío desde el principio, pero después del partido y de recibir una paliza histórica, la situación se volvió aún más desalentadora, ya que el Sheffield United estuvo a un gol de igualar la mayor derrota en su historia, cuando el Manchester United venció al Ipswich 9-0 en 1995. La situación de Paul Heckingbottom al frente del equipo, que actualmente se encuentra en el último lugar de la tabla con solo un punto, está en serio riesgo.

El equipo dirigido por Eddie Howe venía mostrando una mejora gradual en su rendimiento, pero nadie esperaba lo que sucedió en Bramall Lane, donde las gradas se fueron vaciando a medida que los aficionados del Sheffield se cansaban de ver la pobre actuación de su equipo, que parece tener problemas en todas las áreas del campo.

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El Newcastle no tuvo rival en ningún momento del partido. El Sheffield fue superado de manera abrumadora, sin siquiera exigir la mejor versión de los «urracas», y el portero Nick Pope se convirtió en un espectador más. El Newcastle ya se fue al descanso con una cómoda ventaja en el marcador. Sean Longstaff abrió el marcador (21′), y luego, en dos jugadas de estrategia, Dan Burn (31′) y Sven Botman (35′) aumentaron la diferencia.

Si se esperaba alguna reacción por parte del Sheffield en el descanso, lo que ocurrió fue todo lo contrario. La segunda mitad del equipo fue vergonzosa, ya que pareció que a los jugadores no les importaba encajar gol tras gol, algunos de ellos como resultado de errores graves. El Newcastle aprovechó su superioridad con goles de Callum Wilson (56′), Anthony Gordon (61′), quien ingresó por el lesionado Harvey Barnes, Miguel Almirón (68′), Douglas Luiz (73′) e Alexander Isak (87′).

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Incluso podría haber sido peor para el Sheffield, ya que el Newcastle aprovechó la situación para aumentar su confianza después de un comienzo de temporada irregular. Sin embargo, esta derrota hunde aún más al Sheffield, que necesita encontrar una solución urgente si quiere tener alguna esperanza de mantenerse en la categoría.

 

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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