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Gonzales Posada: Salas Arenas está más protegido que ministros, vocales y los fiscales supremos

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Gonzales Posada: Salas Arenas está más protegido que ministros, vocales y los fiscales supremos


Gonzales Posada critica que presidente del JNE invente historia de que lo quieren asesinar

El exministro de Relaciones Exteriores, Luis Gonzales Posada, criticó que el presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, haya inventado la historia de que lo quieren asesinar, para victimizarse y obtener un nivel de protección policial que triplica el de otros altos funcionarios.

“Salas Arenas está causando un daño tremendo al país al inventar la historia de que lo quieren asesinar. La «prueba» que exhibe es el video de una manifestación donde el señor Roger Ayachi, del grupo anticomunista «Los combatientes», grita a través de un megáfono que lo deben meter preso o matar. Es una bravuconada”, señaló.

Indicó que sobre este tema “el Ministerio Público inició una investigación y no ha tomado ninguna medida restrictiva contra Ayachi, porque los fiscales deben haber analizado que se trata de una fanfarronada. De haber algo cierto, un indicio si quiera, habría sido arrestado”.

“Todos los días amenazan a la presidente Dina Boluarte, gritándole «Dina, asesina», lo mismo que a los parlamentarios y a ninguno se le ocurre pedir protección a los organismos internacionales”, anotó.

En ese sentido refirió que “Salas Arenas explota mediáticamente este tema y pide protección a la OEA, a las Naciones Unidas y a todos los organismos humanitarios. Con ello ha logrado que el Estado le facilite 18 escoltas policiales, cinco camionetas y motos para su protección, según los medios de prensa. Un verdadero abuso si vemos cómo la ciudadanía padece la falta de efectivos frente a la inseguridad ciudadana”.

“Salas Arenas triplica la seguridad de vocales y fiscales supremos y de los ministros de Estado. Su narrativa se ha intensificado desde que el Tribunal Constitucional cuestionó su gestión al sostener que no debió impedir la inscripción del APRA”, dijo.

“Es decir, cometió una ilegalidad que abrió el camino a la presidencia de Pedro Castillo, que no debió ser inscrito porque solo contaba con un candidato a la vicepresidencia y no dos como exige la Constitución”, añadió.

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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