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Gratificación por Fiestas Patrias será un sueldo más 9% adicional – Diario Nacional Realidad.PE | Noticias relevantes del Perú

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Gratificación por Fiestas Patrias será un sueldo más 9% adicional – Diario Nacional Realidad.PE | Noticias relevantes del Perú


Conforme a la Ley de Gratificaciones 27735 y su reglamento (D.S. 005-2002-TR), los trabajadores de la actividad privada percibirán en julio un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones, además de una bonificación extraordinaria del 9% sobre dicha gratificación, ello conforme a la desgravación permanente de aportes a EsSalud que establece la ley 30334, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

“La gratificación y la bonificación extraordinaria del 9% deben de pagarse hasta el jueves 15 de julio del 2021, siempre que el trabajador haya laborado el semestre completo de enero a junio del 2021, además, ambos conceptos deben figurar en la planilla electrónica del presente mes”, manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Considerando que los trabajadores percibirán un sueldo de gratificaciones más la bonificación extraordinaria del 9% y que el trabajador dejará de aportar a la ONP/AFP, con ello se beneficiarán con un 22% aproximadamente.

Para el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria no será el 9% si no el 6.75% del monto de la gratificación de julio.

Para el pago de la gratificación se tomará en cuenta la remuneración que haya tenido el trabajador al 30 de junio de 2021.

En caso se dé un aumento de sueldo a partir del 1 de julio del 2021, dicho aumento no se tomará en cuenta para el pago de la próxima gratificación de julio.

En tanto, para los trabajadores que hayan laborado algunos meses y no el semestre completo (enero a junio), la gratificación será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado. Sin embargo, si en un mes el trabajador tuviera inasistencias injustificadas, por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir.

¿Quiénes perciben este beneficio?

Tienen derecho a percibir dicho beneficio los trabajadores subordinados de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial; pues, para percibir este beneficio no se requiere que el trabajador haya laborado la jornada mínima de 4 horas diarias.

Los trabajadores de las pequeñas empresas, contratados después que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), percibirán medio sueldo de gratificación conforme a la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-Produce.

Asimismo, tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la micro empresa que hayan sido contratados antes que la microempresa se inscriba en el REMYPE. También los trabajadores del hogar, conforme a la nueva Ley 31047 cuya gratificación por fiestas patrias equivale a un sueldo completo.

Los trabajadores del Régimen Laboral Agrario, conforme a la nueva Ley 31110, percibirán la próxima gratificación, siempre que dentro de los 5 días de iniciada las relaciones laborales hayan comunicado a sus empleadores que percibirán su gratificación semestral-igual que los demás trabajadores- y no conjuntamente con su remuneración diaria que la nueva ley agraria establece.

¿Quiénes no perciben gratificación?

No tienen derecho a este beneficio, los trabajadores que por convenio con la empresa perciben “Remuneración anual integral”, dado que, en este caso, la gratificación y la CTS, ya están incluidas en la remuneración integral anual acordada con el empleador.

Asimismo, no tienen derecho a la gratificación los trabajadores de microempresas que fueron contratados, después que la microempresa se inscribiera en el Remype. Igualmente, no tienen derecho a gratificación los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa), por cuanto no son trabajadores de planilla; pues, están regulados por el Código Civil – locación de servicios.

Casos concretos

Trabajo remoto: El tiempo laborado bajo la modalidad de trabajo remoto es computable para fines de la gratificación.

Licencia remunerada: El periodo de licencia remunerada compensable, dispuesta por el DU 029-2020 y modificatorias, debe considerarse como trabajado, sin perjuicio de la posterior compensación con vacaciones ya adquiridas o futuras o mediante horas extras convenidas con el empleador.

Reducción de remuneraciones: Para trabajadores que conforme a la Ley 9462, acordaron con su empleador la reducción de sus remuneraciones, las gratificaciones deben calcularse proporcionalmente, considerando los días y meses laborados con el sueldo anterior y los días y meses laborados con el nuevo sueldo. Cabe advertir que la Ley 9462 que permite acordar la reducción de remuneraciones, dispone que este acuerdo, no puede afectar el sueldo mínimo ni los derechos adquiridos por los trabajadores.

Suspensión perfecta de labores: Los meses y días que no se laboraron por suspensión perfecta de labores, autorizada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) conforme al DU 038-2020 y modificatorias, no se computan como periodo laborado para percibir las gratificaciones. En todo caso, la gratificación será proporcional, considerando los meses y días trabajados, excluyendo el periodo de la suspensión perfecta de labores.

Acuerdos de suspensión temporal del contrato de trabajo: Los empleadores y trabajadores que han acordado suspender temporalmente las labores, con cargo al reingreso posterior del trabajador, dicho periodo de suspensión de labores, no debe considerarse como trabajado para el pago de la gratificación. En todo caso, la gratificación se calculará proporcionalmente excluyendo el periodo de suspensión de labores –sin remuneración- establecido por ambas partes.

Trabajadores afectados con el covid-19: Los días de descanso médico de trabajadores infectados con el covid-19, se consideran como días trabajados para el pago de la gratificación.

Multas por no pagar las gratificaciones: Las multas que puede aplicar la Sunafil por no pagar oportunamente las gratificaciones son: En la micro empresa la multa mínima es 484 soles y la máxima 1,980 soles, en la pequeña empresa la multa mínima es 1,980 soles y la máxima 19,800 soles, en la mediana y gran empresa, la multa mínima es 6,908 soles y la máxima 114,928 soles.



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Sector textil no se recuperaría hasta el 2028 y pesca industrial podría no tener segunda temporada este año

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Sector textil no se recuperaría hasta el 2028 y pesca industrial podría no tener segunda temporada este año

El agro para exportación —paltas, uvas, arándanos— seguiría cayendo hasta fines de 2026, mientras el Gobierno evalúa declarar en emergencia al sector textil ante el impacto de El Niño.

El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi) emitió esta semana una alerta amarilla por lluvias de ligera a moderada intensidad en Piura, Tumbes, Cajamarca y La Libertad, adelantando un escenario que hasta hace poco se esperaba recién desde noviembre. El ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Marco Vinelli, confirmó que las precipitaciones previstas para diciembre se estarían adelantando desde la frontera con Ecuador, mientras que el presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), Julio Velarde, ya había advertido que el impacto de El Niño en el PBI podría ser mayor al calculado: 0.7 puntos porcentuales en 2026 y 0.9 en 2027.

Entre enero y julio, el sector agropecuario cayó 0.7% y la pesca se desplomó 32.6%, según el BCRP; en manufactura, el rubro más golpeado fue la confección de prendas de vestir, con una caída de 14.1%. Para el gerente de estudios económicos del Instituto Peruano de Economía (IPE), Martín Valencia, el sector agrícola para consumo interno recién comenzaría a recuperarse en 2028, mientras que la producción de frutas para exportación —como uva, palta, mango y arándano— seguiría cayendo hasta el cuarto trimestre de 2026 y no se normalizaría antes de mediados de 2028.

En pesca, el investigador de la Universidad Nacional Agraria La Molina (UNALM) Luis Icochea señaló que, aunque los cardúmenes de anchoveta se ubican cerca de la costa, la profundidad a la que se encuentran —más de 100 metros— dificulta su captura, por lo que existe el riesgo de que no haya una segunda temporada de pesca industrial este año; recién se normalizaría entre mayo y junio de 2027. En el sector textil, el director institucional de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), Antonio Castillo, dijo que el gremio se reunirá la próxima semana con el Ministerio de la Producción para definir los alcances de una eventual declaratoria de emergencia, aunque Valencia, del IPE, estima que la recuperación del sector no llegaría hasta 2028.

Fuente: Gestión

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Puerto del Callao y PortMiami firman acuerdo de “puertos hermanos” con respaldo de EE.UU.

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Puerto del Callao y PortMiami firman acuerdo de “puertos hermanos” con respaldo de EE.UU.

El embajador estadounidense Bernie Navarro destacó el proyecto de US$1500 millones para la Base Naval del Callao y anunció que Washington también apoyará el desarrollo de cruceros en el terminal.

El puerto del Callao y PortMiami, en Estados Unidos, firmaron un acuerdo para declararse “puertos hermanos”, en una ceremonia en la que participaron el embajador estadounidense en el Perú, Bernie Navarro, y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Ángelo Tangherlini. “El Puerto del Callao es muy importante para Estados Unidos; el Callao es el motor económico del Perú y Estados Unidos quiere ser parte de ese crecimiento en todos sus pasos, y eso se representa en lo que hacemos por la modernización del puerto”, declaró Navarro.

El embajador precisó que su país estará presente en el futuro del primer terminal portuario del país, trabajando de cerca con la Marina de Guerra del Perú, y que parte del recinto se destinará a la recepción de cruceros. “Celebramos los significativos avances que el Perú hace en el fortalecimiento y modernización de su estructura marítima y naval; y un claro reflejo es el proyecto estratégico de 1500 millones de dólares para la ejecución de la fase 1 y 2 de la Base Naval del Callao”, refirió, e indicó que la iniciativa cuenta con el respaldo del Cuerpo de Ingenieros de Estados Unidos.

Navarro enmarcó el acuerdo en la prioridad que la administración del presidente Donald Trump ha dado a la capacidad marítima de su país, y remarcó que Estados Unidos busca ser el principal socio de Perú para el desarrollo de estas actividades portuarias y turísticas. El Puerto del Callao, contiguo a distritos de Lima Norte como Puente Piedra, concentra la mayor parte del movimiento de carga marítima del país.

Fuente: Agencia Andina

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