Lima Norte
Maternidad y paternidad responsables – Señal Alternativa
Nuestra carta fundamental establece que la política nacional de población tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y la maternidad responsables; reconoce el derecho de las familias a decidir; en tal sentido, el Estado asegura los programas de educación y la información adecuados y el acceso a los medios que no afecten la vida o la salud; es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos; los hijos tienen el deber de respetar y asistir a sus padres; todos los hijos tienen iguales derechos y deberes; está prohibida toda mención sobre el estado civil de los padres y sobre la naturaleza de la filiación en los registros civiles y en cualquier otro documento de identidad.
Este texto constitucional contiene conceptos que debemos desarrollar: Política Nacional de población, Paternidad y maternidad responsables (educación e información), Deberes y derechos de los padres (alimentación, educación y seguridad), Deberes de los hijos (respeto y asistencia), Igualdad de los hijos, Prohibición de toda referencia al estado civil de los padres y a la naturaleza de la filiación.
La Política Nacional de Población resulta siendo una antinomia dentro del texto constitucional, dado que por un lado consagra derechos y libertades fundamentales (ideales del liberalismo) y por el otro lado dispone la intervención del Estado en un ámbito eminentemente privado de la intimidad de los individuos (la procreación); el constituyente se guio por el mito de la planificación poblacional, una de las características de la modernidad o de la pretendida postmodernidad, razón por la cual consideró que el Estado debe intervenir para hacer efectiva esa planificación, consagrando a la llamada Política Nacional de Población; ésta consiste en una conducta positiva, predeterminada e intencional del Estado en relación con la población de un país, sea para aumentarla o reducirla; en algún momento estas políticas propiciaron el crecimiento demográfico; actualmente, se privilegia la tendencia antinatalista. El texto en mención, es objeto de desarrollo constitucional a través de normas de menor jerarquía que procuren especificar esta disposición constitucional, por ende, robusta y permanente.
Nuestro Tribunal Constitucional ha establecido que el derecho a la información sobre los distintos métodos anticonceptivos se constituye en el presupuesto básico para el ejercicio de los derechos reproductivos; que también es un auténtico principio constitucional que obliga al Estado a brindar la información necesaria para que tanto la paternidad y maternidad se desarrollen en condiciones de responsabilidad, obligando a que las personas asuman a conciencia las implicancias y la trascendencia de traer un hijo a la sociedad. En consecuencia, el derecho a la información sobre los métodos anticonceptivos constituye una forma de concretizar el principio de dignidad de la persona humana y forma parte de los elementos esenciales de una sociedad democrática, porque posibilita el ejercicio de los derechos sexuales de modo libre, consciente y responsable.
En 1989, el Reino Unido aprueba la Children Act (Ley de la Infancia), donde se acuña el término “responsabilidad parental”, recogido por la doctrina y las diversas legislaciones, y que está referido al conjunto de derechos y deberes del padre y/o la madre en cuanto a la persona y/o bienes de sus hijos menores de edad; la legislación internacional sobre la materia establece el equilibrio de responsabilidades entre los padres y el Estado, haciendo hincapié en el apoyo del Estado a los padres en el desempeño de sus responsabilidades; asimismo, precisa que los padres tienen la principal responsabilidad de asegurar el interés superior del niño como su “preocupación básica”; si los padres no pueden dar cumplimiento a sus responsabilidades, el Estado deberá intervenir para garantizar los derechos y necesidades del niño. En diversos países, el texto constitucional asigna derechos y deberes a los padres en relación con sus hijos; en el nuestro, es un derecho-deber de los padres el cuidado y la educación de los hijos, así como su alimentación y seguridad.
En la época prehispana, no había estigmatización de los hijos, cualquiera fuera su procedencia; durante la época colonial, bajo concepciones religiosas, se implantaron clasificaciones y distinciones a los hijos según su origen, lo que tenía repercusiones inclusive patrimoniales; ya en la república, con la codificación, se importaron modelos europeos que enfatizaron la distinción de los hijos nacidos al margen de la institución matrimonial. Con el devenir, hemos ido borrando de nuestras normas la distinción y clasificación, dejando en el olvido calificativos tan denigrantes como: natural, bastardo, adulterino, ilegítimo, incestuoso, nefario, sacrílego, máncer, etc. La norma constitucional es clara: no debe haber discriminación de ninguna clase, pues no puede marcarse la existencia de un menor o una persona desde su nacimiento.
Escribe: Willy Ramírez Chávarry – abogado y periodista
Actualidad
Así arranca la carrera electoral 2026: Sorpresivos empates y liderazgos absolutos en el primer termómetro de Lima
Un reciente estudio digital revela que distritos claves como La Victoria, Jesús María y Villa María del Triunfo inician el año sin un favorito claro, mientras que en Lima Norte se consolidan las preferencias más altas de la capital.
A menos de un año de las elecciones municipales, el mapa político de Lima Metropolitana y el Callao comienza a dibujarse. La plataforma Pulso Municipal ha publicado los resultados de su medición de cierre de año (diciembre 2025), dejando una primera radiografía que combina certezas en los conos con incertidumbre total en la «Lima Moderna» y comercial.
🔴 La noticia del mes: Tres distritos en «Empate Técnico»
Lo que más ha llamado la atención del análisis de datos es la paridad matemática en tres jurisdicciones de alto perfil, donde la polarización es absoluta:
- El sur está dividido: En Villa María del Triunfo (VMT), el escenario es inédito. Los candidatos David Morales y Joel Ludeña han cerrado el mes empatados exactamente con el 25.7% de intención de voto cada uno. La exalcaldesa Silvia Barrera les sigue a menos de un punto (24.8%), configurando un escenario de «tres tercios» muy difícil de pronosticar.
- Incertidumbre en Gamarra: En La Victoria, distrito económico por excelencia, tampoco hay humo blanco. Yanina Abanto y Mesias Gonzales comparten la punta con 22.8%, seguidos de cerca por Jesús Samaniego (20.3%), lo que anticipa una campaña de alta intensidad.
- Clase media polarizada: En Jesús María, tradicional bastión electoral, Luiz Carlos y Enrique Ocrospoma igualan fuerzas con un 23% de respaldo cada uno, dejando el escenario abierto para enero.
🟢 Las «Plazas Fuertes»: ¿Candidatos inalcanzables?
Mientras algunos distritos pelean voto a voto, otros parecen tener un norte claro. Lima Norte se consolida como la zona con los liderazgos más fuertes de la capital según el estudio digital:
- En Comas, Jean Paul registra la aprobación más alta de todo el sondeo, con un contundente 44.1%, superando por diez puntos a su rival más cercano.
- Puente Piedra muestra una tendencia similar, donde Juan Carlos se impone con un 40%, consolidando una base electoral sólida desde el arranque.
- En Carabayllo, Ladi Espinoza domina la escena con un 35.9%, sacando una ventaja considerable sobre el resto del pelotón.
Por otro lado, en Lima Sur, Chorrillos tiene nombre propio por el momento: Henry Herrera lidera cómodamente con 40.4%, una de las cifras más altas registradas en la zona balnearia.
⚖️ El gigante SJL y el Callao
En San Juan de Lurigancho, el distrito con mayor peso electoral del país, la situación es de «final de fotografía». Américo Zegarra (22.9%) y Juan Navarro (22.7%) están separados por apenas décimas, en lo que promete ser la batalla electoral más costosa y reñida de la capital.
Finalmente, en el Callao, aunque Cesar Gastón lidera la provincia (25.2%), el distrito de Ventanilla arde: Omar Marcos (32.2%) y Jesús Ciccia (31.3%) protagonizan una lucha cerrada por el control del distrito chalaco.
El Dato: Este sondeo corresponde al cierre de votaciones del 31 de diciembre de 2025. La plataforma Pulso Municipal ha anunciado que las encuestas se mantienen activas para medir la evolución en tiempo real durante enero.
👉 Fuente y resultados completos: www.pulsomunicipal.com
Lima Norte
Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa
Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.
Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.
El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.
En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %
El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.
En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.
Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución
Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:
La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.
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